Teoria De La Pena De Muerte
Enviado por rajonrondo • 4 de Febrero de 2013 • 782 Palabras (4 Páginas) • 699 Visitas
. Teoría de la pena de muerte.
Es la privación de un bien jurídico que el poder público, a través de sus instituciones impone a un individuo que ha cometido una acción perturbadora del orden jurídico.
Al principio de la historia la pena fue el impulso de la defensa o de la venganza, es decir, la consecuencia de que un ataque injusto.
Actualmente la pena de muerte ha pasado a ser un medio con el que cuenta el Estado para preservar la estabilidad social.
El concepto de pena ha tenido varias definiciones. Para Raúl Carrancá y Trujillo, es "un tratamiento que el Estado impone a un sujeto que ha cometido una acción antisocial o que representa una peligrosidad social, pudiendo ser o no ser un mal para el sujeto", para el famoso jurista Carrara, citado por el mismo Raúl Carrancá, la …"pena es de todas suertes un mal que se inflinge al delincuente, es un castigo; y como tal, atiende a la moralidad del acto; al igual que el delito, la pena es el resultado de dos fuerzas: la física y la moral, ambas subjetivas y objetivas…"
Para Edmundo Mezger, la pena en sentido general, dentro de la que se incluye la pena de muerte …"es una privación de bienes jurídicos que recaen sobre el autor del ilícito, con arreglo al acto culpable; imposición de un mal adecuado al acto".
Para Franz Von Lizt, "es el mal que el juez inflinge al delincuente a causa de un delito, para expresar la reprobación social respecto al actor y al autor".
Fernando CastellanosTena dice que "es castigo legalemente impuesto por el Estado al delincuente, para conservar el orden juridico"; para Constancio Bernardo Quiroz, citado por Castellanos Tena, la pena es "la reacción social jurídicamente organizada contra el delito".
Para Ignacio Villalobos, es "un castigo impuesto por el poder publico, al delincuente, con base en la ley, para mantener el orden juridico".
De lo anterior podemos establecer que Edmundo Mezger, Von Lizt, Ignacio Villalobos, asi como Castellanos Tena, estaban de acuerdo en que la pena es un castigo, un deterioro o mal contra el delincuente. Para estos autores el castigo tiene varias causas inmediatas; para Castellanos Tena y Mezger, es la misma ley para mantener con ello el mismo orden juridico establecido, para el último la pena se impone como una retribución y es consecuencia del acto, adecuada al mismo; para Von Lizt, esta se aplica en base a la reprobación social del acto.
Constancia Bernoldo Quiroz no considera a la pena como un mal, sino que lo enfoca como dialéctica, pues la considera como la antitesis de la conducta y el delito, lo cual debe ser legal.
Raul Carranca y Trujillo, no consideran a la pena como un castigo, sino como una medida de readaptacion. De todo lo anterior se puede concluir que los autores mencionados consideran a la pena como dos direccionales: como un castigo y
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