Trabajo de investigación: El Aborto: ¿Necesario o Innecesario?
Enviado por Estefania Adames • 6 de Diciembre de 2018 • Trabajo • 4.528 Palabras (19 Páginas) • 318 Visitas
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Universidad Autónoma de Santo Domingo
(UASD)
Escuela de Sociología
Nombre:
Estefania Adames 100263882
Asignatura:
Int. A La Sociología General - SOC 1100
Profesora:
Teresa Amelia Domínguez Pelletier
Sección: 14
Trabajo de investigación:
El Aborto: ¿Necesario o Innecesario?
Miércoles 28 de Noviembre del 2018
Introducción
La República Dominicana es uno de sólo 6 países en el mundo donde el aborto no se permite ni siquiera para salvar la vida de la mujer, este es uno de los principales argumentos que se levantan al momento de hablar del aborto en el ámbito social.
El tema del aborto en la República Dominicana está presente en los debates, sobre todo desde un abordaje legal vinculado a los derechos sexuales y reproductivos de la mujer, en una sociedad tradicionalmente permeada por tabúes sobre el tema de la sexualidad.
Su conocimiento se hace cada vez más necesario, sobre todo por el vínculo identificado entre el aborto, su clandestinidad, la mortalidad materna y la maternidad adolescente.
El país cuenta con el marco legislativo y político adecuado para prevenir el embarazo en adolescentes, sin embargo, la falta de programas de educación y servicios de salud sexual y reproductiva son un obstáculo para reducir la alta tasa que se presenta a nivel nacional. Los sectores ultraconservadores del país, liderados por la iglesia católica, lograron la aprobación en enero del 2010 de un artículo constitucional que establece el derecho a la vida desde el momento de la fecundación.
Por lo que en esta pequeña investigación podremos ver cuáles son los indicios y argumentos que quieren dar lugar a la polémica de aceptar o descartar el aborto en nuestro pais o tenerlo como una forma de vida y no de muerte.
El Aborto: ¿Necesario o Innecesario?
Las prácticas y los conceptos vinculados al aborto, constituyen un tema de gran interés y debate. Los estudios de género y en las ciencias sociales aportan la historia y las definiciones de estos conceptos que van muy de la mano. El tema del aborto, en general, provoca importantes controversias debido a que involucra aspectos relacionados con los derechos humanos, sexuales y reproductivos de las mujeres, con las leyes y políticas, con los valores éticos, morales y religiosos y con las condiciones socioeconómicas de las mujeres, así como también ideas que predominan en el contexto cultural, relacionadas con la feminidad y la maternidad.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) define el aborto inseguro o en condiciones de riesgo como “un procedimiento para finalizar un embarazo no deseado realizado por personas que carecen de la capacidad necesaria o en un entorno sin un estándar medico mínimo, o ambos”. A esta definición el Fondo de Población de las Naciones Unidas agrega en su informe sobre Estado de la Población Mundial de 2013, que “casi todos los abortos en condiciones de riesgo (el 98 por ciento) se realizan en países en desarrollo, donde el aborto suele ser ilegal. Incluso donde el aborto es legal, a las adolescentes les puede resultar difícil acceder a los servicios.
Durante los últimos años, las leyes relacionadas con el aborto se han aprobado en muchos países, por ejemplo, en España, donde se ha hecho para combatir los índices elevados de abortos ilegales, con sus dificultades consecuentes, y como declaración del derecho que tiene las mujeres de gobernar su reproducción. En cambio en la República Dominicana se han lanzado algunas estadistas donde se coloca a nuestro pais en el quinto lugar en embarazos de niñas y adolescentes entre los países de América Latina y el Caribe, de igual modo las estadísticas oficiales sitúan el aborto inducido como la cuarta causa de MM, atribuyéndole un 13% del total de los casos, si bien en su Análisis de la Situación del Aborto Inseguro (2009), la Sociedad Dominicana de Ginecología y Obstetricia estima la cifra real en 20%. Las condiciones de ilegalidad en que se practica el aborto no permiten establecer estos porcentajes con certeza, como tampoco precisar el número de abortos que se inducen anualmente en el país. Desde el punto de vista legal, en la República Dominicana se está actualmente en una lucha hacia la transición de la ilegalidad total a la aprobación de una Ley que permita.
Por otro lado, con relación al conocimiento sobre el tema para sustentar los debates, en la República Dominicana hace alrededor de 40 años ya se reconocía públicamente el aborto como un problema de salud pública, aunque su abordaje no se daba de manera sistemática de forma que hubiera datos públicos relevantes. El estudio llevado a cabo en esa ocasión (UNPHU, 1975) plantea que “el aborto inducido, en condiciones clandestinas, sin cumplimiento de las reglas mínimas de asepsia clínica, y aun peor por personas no capacitadas y por las propias mujeres es un problema en la República Dominicana”. Entre otras investigaciones llevadas a cabo en la República Dominicana, vinculadas al tema del aborto, se puede mencionar un estudio apoyado por el Instituto de Sexualidad Humana de la UASD, llevado a cabo en el año 2004 entre estudiantes de dicha universidad. Éste fue focalizado en prácticas sexuales entre los estudiantes universitarios y entre sus hallazgos se encontró que el 56% de las mujeres eran sexualmente activas, el 95% de los estudiantes consideraba necesario y un deber la educación sexual de los niños, más de la mitad de los estudiantes reportó haber participado en un curso de educación sexual, el 34% de los hombres y el 23% de las mujeres reportó haber usado condón en su primera relación sexual, entro otras características relevantes del comportamiento sexual de los estudiantes universitarios.
El aborto es penalizado por las leyes dominicanas desde 1884, año de la promulgación del Código Penal Dominicano. Es definido como crimen contra la vida por nuestra normativa penal, considerando acertadamente el legislador francés, el cual le sirvió de inspiración al dominicano, que la vida del embrión o feto era un bien jurídico que debía ser protegido por las leyes.
El Art. 317: Código Penal de 1948
El que por medio de alimentos, brebajes, medicamentos, sondeos, tratamientos o de otro modo cualquiera, causare o cooperare directamente a causar el aborto de una mujer embarazada, aun cuando ésta consienta en él, será castigado con la pena de reclusión. La misma pena se impondrá a la mujer que causare un aborto o que consintiere en hacer uso de las substancias que con ese objeto se le indiquen o administren o en someterse a los medios abortivos, siempre que el aborto se haya efectuado. Se impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años a las personas que hayan puesto en relación o comunicación una mujer embarazada con otra persona para que le produzca el aborto, siempre que el aborto se haya efectuado, aun cuando no hayan cooperado directamente al aborto. Los médicos, cirujanos, parteras, enfermeras, farmacéuticos y otros profesionales médicos, que, abusando de su profesión, causaren el aborto o cooperaren a él, incurrirán en la pena de cinco a veinte años de trabajos públicos, si el aborto se efectuare.
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