“Tratado de libre comercio entre Estados Unidos Mexicanos y el Reino de Bután”
Enviado por Yuliana Cristell Ramirez • 23 de Enero de 2018 • Ensayo • 779 Palabras (4 Páginas) • 262 Visitas
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Alumno:
José Amir Díaz Jiménez
Trabajo:
“Tratado de libre comercio entre Estados Unidos Mexicanos y el Reino de Bután”
Materia:
Derecho Internacional
Carrera:
Comercio Internacional y Aduanas
Grado/Grupo:
VI A
Profesor:
Mtro. Juan Manuel Rodríguez Sánchez
Fecha:
08 de Noviembre del 2017
Acuerdo entre el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el reino de Bután para la promoción y protección de las inversiones
Deseando la cooperación económica para el beneficio mutuo de ambas Partes Contratantes, han acordado lo siguiente:
Capítulo 1. Disposiciones Generales
Artículo 1
Definiciones
Para los efectos correspondientes al presente acuerdo, el término:
1.- “Partes contratantes” es el inversionista contendiente y la Parte Contratante contendiente;
2.- “Empresa” cualquier identidad constituida moralmente conforme a la legislación de una parte contratante tenga o no fines de lucro, ya sea de propiedad privada o gubernamental.
3.- “CIADI” es el centro internacional de arreglo de diferencias relativas a inversiones
4.- “Inversión” serán todos los activos que se establezcan y adquiera por un inversionista de una parte contratante de conformidad con la legislación vigente de la otra parte contratante en donde se realice la inversión.
Artículo 2
Admisión de las inversiones
Cada parte contratante admitirá las inversiones de inversionistas de la otra parte contratante de conformidad con su legislación y reglamento aplicable.
Artículo 3
Trato Nacional
Cada parte contratante otorgara a los inversionistas de la otra parte contratante un trato favorable igual al ofrecido por la contraparte en similitud con lo que se le ofrece.
Artículo 4
Compensación por pérdidas
Los inversionistas de cualquier nación involucrada en el tratado que sufran alguna pérdida ya sea por algún conflicto armado, una emergencia nacional o cualquier otra índole se le apoyara en la restitución, compensación favorable para sus inversionistas.
Artículo 5
Transferencias
Cada inversionista contratante de ambas naciones permitirá que todas transferencias relacionadas con una inversión en cualquiera de las partes se lleven a cabo sin ninguna complicación o demora para su realización.
Artículo 6
Consentimiento de los Estados contratantes
Consentimiento al sometimiento de una reclamación a arbitraje por parte de un inversionista contendiente cumplirán con los requisitos señalados en el capítulo II del Convenio del CIADI.
Artículo 7
Derecho Aplicable
Un tribunal establecido de conformidad con esta sección decidirá las resoluciones sometidas a consideración, de acuerdo a lo establecido en el tratado y aplicable al Derecho Internacional.
Artículo 8
Consultas y Negociaciones
Ambos Estados implicados en el tratado podrán solicitar alguna consulta si así lo desea sobre la interpretación o aplicación del presente acuerdo. Teniendo en cuenta que el otro Estado tendrá que aceptar dicha solicitud.
El presente acuerdo entrará en vigor treinta días después de la última notificación haya sido comunicada a través de la vía diplomática.
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