Tribunal Fiscal de la Federación
Enviado por BLCHC • 16 de Enero de 2020 • Documentos de Investigación • 1.485 Palabras (6 Páginas) • 258 Visitas
El Tribunal Fiscal de la Federación, es un organismo que ha estado funcionando por casi cuarenta años dentro de nuestro sistema jurídico y desde entonces ha tenido muchas transformaciones en cuanto a su estructura.
El primero de enero de 1937, entró en vigor la Ley de Justicia Fiscal y de esta forma iniciaron las actividades del Tribunal Fiscal de la Federación. El cual se encargaba de dictar sus fallos en representación del Ejecutivo de la Unión, pero este resultaba ser independiente de la Secretaría de hacienda y de cualquier otra autoridad administrativa.
La Ley de Justicia Fiscal decretaba que el Tribunal debia estar integrado por quince magistrados que actuarían en Pleno y en cinco Salas; las cuales estaban formadas por tres magistrados cada una. La competencia que les asignó el Legislador era en materia estrictamente fiscal, conociendo de las controversias que se suscitaban de actos o resoluciones emitidas por autoridades fiscales.
Tendría un presidente el cual duraría un año en su cargo y este podía ser reelecto y presidiría la sala de la cual formara parte.
Cada sala tenia un presidente el cual estaría un año en su cargo y podía ser reelecto.
Los magistrados del Tribunal Fiscal eran nombrados por el Presidente de la Republica, a propuesta de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público con la ratificación del Senado los cuales estarían seis años en su cargo y no podían ser removidos, solo podrían ser removidos en los casos en que pueden serlo constitucionalmente los funcionarios del Poder Judicial de la Federación.
Para ser Magistrado del Tribunal Fiscal de la Federación, se requería ser ciudadano mexicano por nacimiento, mayor de veinticinco años, de notaria buena conducta
Un año después de haber entrado en vigor la Ley de Justicia Fiscal, fue derogada por el Código Fiscal de la Federación de 1938, conservando igual competencia para el Tribunal, misma que a través de leyes especiales se fue ampliando. Así en el año de 1942 la Ley de Depuración de Créditos otorga competencia para conocer de esta materia a cargo del Gobierno Federal.
De igual manera, la competencia del Tribunal también se amplía al conocer sobre la legalidad de los requerimientos de pago realizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; exigir fianzas otorgadas a favor del Gobierno Federal; conocer las controversias que surgían por las resoluciones emitidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social; sobre las resoluciones fiscales emitidas por el Departamento del Distrito Federal; respecto a las aportaciones que los patrones están obligados a efectuar para el establecimiento de las Escuelas Artículo 123; de controversias en materia de pensiones militares; de las controversias que surjan por las aportaciones que deben hacer los patrones conforme a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; respecto a la interpretación de contratos de obra pública; sobre resoluciones que fincan responsabilidades en contra de funcionarios o empleados de la Federación o del Departamento del Distrito Federal; en materia de multas por infracciones a las leyes federales o del Distrito Federal; y, en materia de pensiones civiles con cargo al Erario Federal o al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado.
Para el año de 1946, se crean dos Salas más, que aumenta el número de magistrados a veintiuno.
En el año de 1967 se expide una nueva Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, en la que se previeron los aspectos orgánicos del propio Tribunal, incrementándose a veintidós magistrados, integrando las siete Salas que ya existían, más el Presidente que no integraría Sala, asimismo se establecían las normas relativas a la competencia que tenían asignada, conservando el Código las correspondientes al procedimiento. Se introduce el concepto de Organismos Fiscales Autónomos y se otorga al Tribunal facultades para conocer de los juicios de lesividad.
A esta Ley la sustituye una nueva que se expide con el mismo nombre en el año de 1978 y en la que se prevé la Regionalización del Tribunal, creándose las Salas Regionales y la Sala Superior, precisándose la competencia de ambas la diferencia era fundamentalmente respecto a la cuantía del asunto; asimismo se prevé el recurso de revisión, con el que se otorga a la Sala Superior facultades para revisar las sentencias dictadas por las Salas Regionales.
Es en 1983 cuando se expide un nuevo Código Fiscal, conservando básicamente las normas procesales en los mismos términos. Posteriormente se incluyen en este ordenamiento las disposiciones relativas a la queja, para lograr el adecuado cumplimiento de las sentencias.
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