TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO III DE LAS FALTAS
Enviado por ElizaNeiraGarcia • 22 de Noviembre de 2016 • Síntesis • 318 Palabras (2 Páginas) • 183 Visitas
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO III
DE LAS FALTAS
Artículo 8. Los procesos disciplinarios tienen como finalidad sancionar las faltas cometidas por los profesionales de la ingeniería al incumplir las normas y obligaciones morales y éticas, a los cuales se encuentran obligados de acuerdo al presente Reglamento.
Artículo 11. Son faltas contra el ejercicio de la actividad profesional:
- Ejercer labores propias de ingeniería sin estar colegiado en el Colegio de Ingenieros del Perú.
- Ejercer labores propias de la ingeniería sin encontrarse habilitado en su respectivo Consejo Departamental.
- Desempeñar cargos o realizar actividades inherentes a la ingeniería ya sea en entidades públicas, privadas o independientes sin contar con el respectivo certificado de habilidad otorgado por el Colegio de Ingenieros del Perú.
Comentario:
El artículo 8 me pareció muy interesante pues habla sobre las faltas en las que podemos incurrir como ingenieros, incluso antes de ser titulados: también consideré el artículo 11 pues dentro de las faltas me llamó la atención las faltas contra el ejercicio de la actividad profesional. Es muy interesante conocer esto pues muchos de nosotros estando aún en la universidad y siendo bachilleres incluso, desempeñamos labores propias de la carrera, es importante saber que para temas legales no debemos de figurar como ingenieros aún, pues esto es una falta y podríamos recibir sanciones.
Hace algún tiempo escuché sobre un caso donde un bachiller de Ingeniería había firmado un contrato figurando como ingeniero. El trabajo que se realizaba entro en problemas judiciales por temas “X”, y por el contrato firmado el bachiller se vio inmiscuido. Cuando se dio el problema, el bachiller ya había sacado su título, pero aun así el contrato había sido firmado mucho tiempo atrás. El colegio de Ingenieros ante estos problemas protege al ingeniero, pero en este caso el profesional había incurrido en falta contra el código deontológico. El Ingeniero llegó a cumplir pena de cárcel y lamentablemente el Colegio no pudo dar el respaldo al ingeniero.
Isaí Obed Ventura Piñan
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