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Vario etica


Enviado por   •  31 de Marzo de 2022  •  Apuntes  •  1.359 Palabras (6 Páginas)  •  42 Visitas

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6. Resumen ejecutivo.

En el punto 3 expusimos la regulación vigente en materia fiscal en nuestro ordenamiento. Pese a que la evasión fiscal es un hecho tipificado en nuestro Código Penal no es ajeno ver algún ejemplo en la realidad. Actores, empresarios, músicos, futbolistas, deportistas e inclusos políticos se han visto envueltos en estos delitos.

Es sorprendente que del propio poder ejecutivo, legislativo y en definitiva aquellas personas que toman decisiones que afectan a la vida de la sociedad cometan estos delitos. El propio legislador incumpliendo la ley previamente, un hecho éticamente reprochable. Pero, ¿cómo puede sentirse el ciudadano tras ver una lista donde figuran políticos incluso el Rey Emérito acogidos a una amnistía fiscal? Pues seguramente decepcionados con los diferentes legisladores que han estado y siguen estando que deberían de velar por el cumplimiento de la legalidad, el sostenimiento del sistema y de garantizar el presente y el futuro a todas las familias de este país.

La evasión fiscal no ha surgido en el ámbito del deporte a través del fútbol. En 2009, el Tribunal Supremo desestima el recurso en la STS 11/1/2009 8294/2003, contra la sentencia de la Audiencia Nacional de 2003 que condena a la tenista Arantxa Sánchez Vicario a pagar 3,5 millones de € a Hacienda. La tenista no abonó en concepto de IRPF las rentas obtenidas entre 1989 a 1993 por tener fijada su residencia en Andorra en detrimento de España. La legislación española determina que debes de residir al menos 183 días en otro territorio para tener fijada su residencia en el extranjero. Este hecho nunca pudo demostrarlo y fue condenada en 2003 por la Audiencia Nacional. Este caso muestra las debilidades de un sistema judicial lento en cuanto a plazos y demasiado complicado por los sistemas de apelación y de recursos que garantizan el derecho a un procedimiento judicial justo.

Un caso parecido al de Sánchez Vicario fue el del empresario y ex piloto de motociclismo Sito Pons. Entre los ejercicios 2010 y 2014, Sito Pons defraudó mas de 2,4 millones de €. Estableció su residencia en Mónaco hasta 2013, y a partir de ese año en el Reino Unido. Esto provocó que tuviera una presión fiscal menor que la que tendría que soportar en España. Pons nunca pudo demostrar que hubiera vivido al menos más de 183 días fuera del territorio nacional .

Los casos de Sito Pons y de Sánchez Vicario provocó el pistoletazo de salida al fraude fiscal entre los deportistas en nuestro país. Pese a que la justicia ha demostrado que se persigue el fraude fiscal los deportistas siguen cayendo en el error.

El Real Decreto 687/2005 de 10 de Junio, más conocido como la Ley Beckham, supuso un gran avance en materia fiscal al deportista en España. Este hecho provocó que los extranjero fijaran su residencia en nuestro país y quisieran desarrollarse profesionalmente en nuestro territorio. Grandes deportistas como Beckham llegaron  a nuestra competición atraídos por un régimen fiscal beneficios. Pero este decreto solo quedó sujeto para los deportistas unos años. Pasaron de ser unos privilegiados por el sistema a ser un trabajador más con sus obligaciones fiscales. Unas obligaciones muy superiores a las que se pondría encontrar hoy en día en Italia.  Un ejemplo lo podemos encontrar en las figuras de Messi y de Ronaldo. Abandonaron nuestro país tras ser condenados por la justicia española por fraude. Vemos que la presión fiscal y la obligación de sostener el estado de bienestar no pueden llevarlo a cabo por la cuantía de sus rentas. Xabi Alonso, Diego Costa, Piqué, Iker Casillas, Luka Modric o Falcao han sido ejemplos de jugadores que cometieron este delito. No debemos de extrapolar este hecho a la totalidad de la industria del fútbol, pero si vemos que ha sido y es una práctica habitual por futbolistas. Pese a tener un sistema beneficioso para ellos, pudiendo tributar a través del impuesto de sociedades un 15 % de sus ingresos, resultan ser ellos los perjudicados. Los deportistas defienden que por tener unos sueldos tan altos no deben de tributar a un tipo como el estipulado, casi el 50 % si ingresan más de 300.000  al año.

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