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¿ por qué se exige al estado hacer realidad la ley 70?


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2015  •  Apuntes  •  789 Palabras (4 Páginas)  •  134 Visitas

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  1. ¿ por qué se exige al estado hacer realidad la ley 70?

Se le exige al estado que se haga realidad esta ley  debido a que en la constitución de 1991 se le dio in reconocimiento a las culturas negras que han venido ocupando tierras baldías en las zonas ribereñas de los ríos de la cuenca del pacifico con un propósito de adjudicarle legalmente la propiedad de la tierra de esta  comunidades, pero estas han sido falsas promesas por que han sido abandonados y golpeados por la violencia de los grupos al margen de la ley, el derecho a la vida    han sido violados, a pesar de actuar  de manera diferente, mas sin embargo estos pueblos no pierden la fe y le piden al estado emendar las heridas del corazón antes de pedir perdón se sigue luchando con el cinismo renovando a pesar de muestra invisibilidad sociedad colombiana

  1.  ¿Cuáles  y explique las normas  de la ley 70 como reglamentación de la misma?

Capitulo III reconocimiento del derecho a la propiedad colectiva

Art 4 El estado adjudicara a las comunidades negras, comprenden las tierras baldías de las zonas rurales ribereñas del cauca y pacífico y aquellas y aquellas ubicadas en las áreas llamadas (tierras negras)

Capitulo IV uso de la tierra  y protección de los recursos naturales y del ambiente

Art 19

Las prácticas tradicionales que se ejercen sobre las aguas las playas o las riveras los frutos segundarios  de los bosques o sobre la fauna y flora terrestre y acuática para fines alimenticios o la utilización de recursos naturales renovables para la construcción o reparación de viviendas, cercaos, canoas y otros elementos domesticos para uso de los integrantes de las respectivas comunidad negra se consideran usos por la ley y por consecuencia no requiere permiso  Art 20,21, 22, 23,24,25

Capítulo VI recursos mineros

Art 26 El ministerio de minas y energía de oficio a petición de las comunidades negras de que trata esta ley podrá señalar y eliminar en las áreas adjudicarles a ellos a zonas mineras de comunidades negras en las cuales la exploración de la explotación de los recursos naturales no renovables debería realizarse bajo condiciones técnicas especiales sobre protección  y participación a tales comunidades negras con el fin de preservar sus especiales característica

Culturales y economías  sin perjuicio de los de los derechos adquiridos o constituidos a favor de terceros Art 27, 28, 29, 30, 31

Capítulo VI   mecanismos para la protección y desarrollo de los derechos y la identidad cultural

 Art 32 el estado colombiano reconoce y garantiza  a las comunidades negras el derecho a un proceso educativo acorde con sus necesidades y aspiraciones etnoculturales

Art 33, 34, 35, 36, 37,38,39, 40, 41, 42, 43,44, 45,46.

Capitulo VII planeación y fomento del desarrollo social y económico

Art 47 el estado adopta medidas para garantizar a  las comunidades  negras de que trata esta ley el derecho a desarrollarse económicamente y socialmente atendiendo los elementos de su cultura  autónoma

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