CONTRATO TRABAJADOR DE CONFIANZA
Enviado por Alonso Laynes • 26 de Febrero de 2017 • Informe • 1.384 Palabras (6 Páginas) • 1.728 Visitas
CONTRATO TRABAJADOR DE CONFIANZA
Conste por el presente documento, que se suscribe por triplicado con igual tenor y valor, un contrato temporal de trabajo sujeto a modalidad por necesidades del mercado, que al amparo del TUO del D. Leg. Nº 728 (D.S. Nº 003-97-TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral), celebran de una parte BLACK SHEEP PERU S.A.C., con RUC N° 20519478511, con domicilio en Ave. Santa Cruz N° 621, Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento de Lima, debidamente representada por su apoderado, señor Yashaq Enrique Landa Del Castillo identificado con DNI N°10219239 cuyos poderes de representación constan inscritos en la ficha registral N° 12153666 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, a quien en adelante se le denominará el EMPLEADOR y de la otra, don Alonso Laynes Gomero identificado con DNI Nº 43690450 domiciliado en, Lima, a quien en adelante se le llamará el TRABAJADOR, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: El EMPLEADOR es una persona jurídica cuyo objeto social es la representación de marcas deportivas y comercialización de prendas de vestir y otros, que requiere de los servicios del TRABAJADOR en forma temporal.
SEGUNDO: El presente contrato temporal de trabajo sujeto a modalidad por necesidades del mercado, en acuerdo con el Art. 58º del TUO del Decreto Legislativo Nº 728, tiene por objeto atender el incremento coyuntural de la producción y comercialización, originado por un aumento sustancial e imprevisible de la demanda en el mercado de nuestros productos deportivos y prendas de vestir, aun cuando ello forma parte de la actividad normal de la empresa, la cual hasta la fecha no puede ser satisfecha con personal permanente.
TERCERO: En razón de las causas objetivas señaladas en la cláusula anterior, la EMPRESA contrata a plazo fijo bajo la modalidad indicada, los servicios del TRABAJADOR para que realice las labores de Contador General debiendo someterse al cumplimiento estricto de la labor para la cual ha sido contratado, bajo las directivas que emanen de sus jefes o instructores.
CUARTO: El plazo de vigencia del presente contrato es de 1 año, iniciándose la relación laboral el día 02 de enero de 2017.
QUINTO: Considerando las labores y servicios que el TRABAJADOR realizará en su cargo de
Tesorero , que corresponden a las actividades que realiza un trabajador de confianza según lo establecido en el artículo 43º del TUO del D. Leg. Nº 728 – Ley de Productividad y competitividad Laboral, aprobado mediante D.S. Nº 001-96-TR, por el que su puesto es calificado de confianza consignándose en la planilla y boletas de pago tal calificación.
SEXTO: Si el EMPLEADOR resolviera injustificadamente el contrato, deberá abonar al TRABAJADOR las remuneraciones dejadas de percibir hasta el vencimiento del contrato.
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