CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJADOR MEXICANO EN EL EXTRANJERO
Enviado por oscartecua • 9 de Enero de 2012 • 1.367 Palabras (6 Páginas) • 3.692 Visitas
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJADOR MEXICANO EN EL EXTRANJERO
Siendo las ocho de la mañana con treinta minutos, del día cuatro de Noviembre del año dos mil once, en la Ciudad de México, Distrito Federal en el domicilio ubicado en Avenida Juárez número 1500 de la colonia 5 de Mayo; se celebra un Contrato Individual de Trabajo, por una parte el Señor John Smith, dueño de la granja “PETRA FARM”, y por la otra parte el Señor Juan Pérez Solís los cuales en lo sucesivo se denominaran “Patrón” y “Trabajador” respectivamente, quienes manifiestan lo siguiente:
D E C L A R A C I O N E S
A).- Declara “El Patrón”
1.- Haber nacido el día catorce de Octubre del año mil novecientos setenta y nueve, tener treinta y dos años de edad, estado civil casado, de nacionalidad canadiense, de sexo masculino, quien para efectos de este contrato señala como domicilio dentro de la República Mexicana el ubicado en el número 550 de la calle Hidalgo Sur, Colonia Roma, Delegación Cuauhtémoc en México, Distrito Federal.
2.- Ser dueño de la granja “PETRA FARM”, dedicarse a la PRODUCCION Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS AGRICOLAS, señalando como domicilio de la negociación y particular el ubicado en MAPLE TREE ROAD # 100, en la ciudad de ONTARIO, CANADA; P.C. 92705; y desea utilizar los servicios de “El Trabajador” para prestar sus servicios en la cosecha, selección y empaque de fresa.
3.- Este contrato está regulado por las Dependencias del Poder Ejecutivo que participan en el Programa de Trabajadores Agrícolas Temporales México-Canadá (PTAT); las cuales son la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Secretaría de Relaciones Exteriores, Secretaría de Gobernación, Secretaría de Salud y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
B).-Declara “El Trabajador”
1.- Haber nacido el día ocho de Julio del año mil novecientos ochenta y ocho, tener veintitrés años de edad, estado civil casado, de nacionalidad mexicana, de sexo masculino, con domicilio ubicado en el número 930 de la calle 5 Sur, Colonia Centro de Tehuacán, Puebla.
2.-Tener los conocimientos y experiencia necesarios como campesino para prestar sus servicios a “El Patrón” en la cosecha, selección y empaque de fresa.
Ambas partes convienen en otorgar las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- El Patrón contrata al Trabajador por un tiempo determinado de seis meses a partir del siete de Noviembre del dos mil once al siete de Mayo del año dos mil doce, “El Trabajador” se obliga a prestar sus servicios personales subordinados a “El Patrón” en relación con las siguientes actividades:
- Cosechar, seleccionar y empaquetar la fresa.
- Aplicación de fertilizantes y abono correspondiente.
-vigilar que no haya ninguna plaga u hongo que afecte la cosecha de la fresa, de ser así, aplicar los fungicidas o plaguicidas adecuados.
SEGUNDA.- “El Trabajador” deberá desempeñar sus servicios en el domicilio de la empresa, mencionado con antelación en la declaración dos de “El Patrón”; la duración de la jornada será de lunes a sábado de las ocho horas a las diecisiete horas, contará con un descanso para reposar y tomar sus alimentos de las doce horas a la trece horas, ó tomándolas como mejor convenga al Trabajador, siendo esta la duración máxima de la jornada.
TERCERA.- Las partes convienen que por sus servicios a El Patrón, durante la vigencia del presente contrato, “El Trabajador” percibirá un salario por hora, por la cantidad de C$7 (SIETE DÓLARES CANADIENSES °°/100) mismos que serán cubiertos al terminar la jornada diaria en el domicilio de la empresa mencionado con antelación en la declaración dos de “El Patrón”.
CUARTA.- “El Trabajador” se obliga a asistir a las capacitaciones que otorgue “El Patrón” para su mejor desempeño, conforme a los planes y programas que establece la empresa, “El Trabajador” gozará con un día de descanso que será el día domingo de cada semana, El Trabajador gozará de tres días de vacaciones, percibirá un aguinaldo de cinco días de trabajo C$21 (VENTIUN DÓLARES CANADIENSES °°/100) o la parte proporcional que le corresponda, y tendrá derecho a una despensa por puntualidad cada mes.
QUINTA.- Las partes se someterán a las siguientes especificaciones:
...