CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
Enviado por CATALAN62 • 19 de Agosto de 2011 • 1.046 Palabras (5 Páginas) • 2.302 Visitas
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIÓN, S.A DE C. V., REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LICENCIADO HERNÁN MUÑOZ MUÑOZ, GERENTE DE RECURSOS HUMANOS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL PATRÓN Y POR LA OTRA LA C. JÉSSICA DORALÍ ALCÁNTARA VELÁZQUEZ Y A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA TRABAJADORA, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES:
A) Declara LA TRABAJADORA:
1.- Haber nacido el día __ de ___ de ____ tener 28 años de edad, de nacionalidad mexicana, con domicilio ubicado en Av. San Juan número 10 Colonia Lagos Municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
2.- Tener los conocimientos y experiencia necesarios para prestar sus servicios al PATRÓN en el puesto de RECEPCIONISTA.
B) Declara EL PATRÓN:
1.- Ser una Sociedad Mercantil Mexicana, constituida conforme a las leyes del País.
2.- Tener su domicilio en Calle Floresta número 189 Colonia Clavería, Código Postal 11345, Delegación Azcapotzalco, México, Distrito Federal.
3.- Tener por Objeto Social el de Ventas.
4.- Desear utilizar los servicios de LA TRABAJADORA, para desempeñar el puesto de RECEPCIONISTA y los demás que sean similares a dicha actividad.
C L Á U S U L A S.
PRIMERA.- Este Contrato se celebra por tiempo indefinido y en términos de los artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo, partir del 15 de febrero de 1997.
SEGUNDA.- La TRABAJADORA se obliga a prestar sus servicios personales subordinados a EL PATRÓN consistentes en el puesto de RECEPCIONISTA, desempeñándolos bajo la dirección y dependencia de EL PATRÓN y en general todos aquellos que estén relacionados con esa actividad como son de manera enunciativa y no limitativa.
TERCERA.- Los servicios contratados en los términos del presente contrato conforme a la cláusula que antecede los desempeñará LA TRABAJADORA, en el D. F., pero EL PATRÓN podrá en cualquier momento fijar a LA TRABAJADORA otro lugar de trabajo dentro del Valle de México.
CUARTA.- Por sus servicios a EL PATRÓN, durante la vigencia del presente contrato, LA TRABAJADORA percibirá un salario mensual por la cantidad de $8,500, (ocho mil quinientos pesos 00/100 M.N.), con las deducciones de ley correspondientes, en el que queda comprendido el pago correspondiente a séptimos días y días de descanso obligatorio que establece la Ley Federal del Trabajo o en que pueda convenir a EL PATRÓN, mismo que será cubierto los días 1° y 16 de cada mes o el día próximo hábil en caso de ser sábado o domingo; en el domicilio de la empresa. Así como al pago de 15 días de aguinaldo anual y demás prestaciones señaladas en la Ley Federal del Trabajo.
QUINTA.- Las partes convienen en que los servicios de LA TRABAJADORA son de carácter estrictamente confidencial, por lo que el puesto para el que será contratada se considerará de confianza para todos los efectos legales.
SEXTA.- La duración de la Jornada de Trabajo será de lunes a viernes, de las 09:00 a las 18:00 horas. Con un descanso para reposar y tomar sus alimentos de las 14:00 a las 15:00 horas; tomándolas como mejor convenga a LA TRABAJADORA. Asimismo, Laborará Tiempo Extraordinario de 9 horas semanales, conforme a la Ley Federal del Trabajo.
SÉPTIMA.- Para efectos del Seguro Social, EL PATRÓN
...