Contrato Individual Del Trabajo
Enviado por Davote • 12 de Octubre de 2012 • 1.357 Palabras (6 Páginas) • 424 Visitas
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE DIST. DE BOLSAS Y EMPAQUE, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LICENCIADO DAVID OLVERA BARRÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL PATRON Y POR LA OTRA AL C. HECTOR PUEBLA HERNANDEZ Y A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL TRABAJADOR AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
A) Declara EL TRABAJADOR:
1.- Haber nacido el día 30 de MAYO de 1979 tener 33 años de edad, de nacionalidad MEXICANA con domicilio ubicado en ALFONSO PONCE #86 COL. FUNDADORES
2.- Tener los conocimientos y experiencia necesarios para prestar sus servicios al EL PATRON en el puesto de VENTAS.
B) Declara EL PATRÓN:
1.- Ser una Sociedad Mercantil Mexicana, constituida conforme a las leyes del País.
2.- Tener su domicilio en AV. DE LA FUENTE # 2073
3.- Tener por Objeto Social el de DISTRIBUCION.
4.- Desear utilizar los servicios de EL TRABAJADOR, para desempeñar el puesto de AGENTE DE VENTAS y los demás que sean similares a dicha actividad.
C L A U S U L A S
PRIMERA.- Este Contrato se celebra por tiempo indefinido y en términos de los artículos 20 y 21 de la Ley federal del Trabajo
SEGUNDA.- El TRABAJADOR se obliga aprestar sus servicios personales subordinados a EL PATRON consistentes en el puesto de AGENTE DE VENTAS, desempeñándolos bajo la dirección y dependencia de EL PATRON y en general todos aquellos que estén relacionados con esa actividad como son de manera enunciativa y no limitativa: visitar a los clientes, mantenerse al tanto del material que necesiten, revisar la orden de compra, mantenerse al tanto de las existencias en bodega, entregar a tiempo el material ordenado ; sin perjuicio de cualesquiera otros que éste le encomiende, debiendo desempeñar sus servicios en el domicilio de la empresa o en cualquier otro que esta le indique.
TERCERA.- Los servicios contratados en los términos del presente contrato conforme a la cláusula que antecede los desempeñara EL TRABAJADOR, en Querétaro, pero EL PATRON podrá en cualquier momento fijar al TRABAJADOR otro lugar de trabajo dentro del Estado de Querétaro.
CUARTA.- Por sus servicios a EL PATRON, durante la vigencia del presente contrato, EL TRABAJADOR percibirá un salario mensual por la cantidad de $5,830.00, con las deducciones correspondientes por la cantidad de $ 483.00 por concepto de SAR. Y $ 895.00 por concepto de cuota al I.M.S.S., resultando un NETO A PAGAR de $4,452.00 (Cuatro mil cuatrocientos cincuenta y dos pesos 00/100 M. N.), en el que queda comprendido el pago correspondiente a séptimos días y días de descanso obligatorio que establece la Ley Federal del Trabajo o en que pueda convenir a EL PATRON, mismo que será cubierto los días 1° y 16 de cada mes o el día próximo hábil en caso de ser sábado o domingo; en el domicilio de la empresa.
QUINTA.- Las partes convienen en que los servicios de EL TRABAJADOR son de carácter estrictamente confidencial, por lo que el puesto para el que será contratado se considerará de confianza para todos los efectos legales.
SEXTA.- La duración de la Jornada de Trabajo será de lunes a viernes, de las 9:00 horas. a las 18:00 horas. Con un descanso para reposar y tomar sus alimentos de las 2:00 a las 3:00 horas; tomándolas como mejor convenga al TRABAJADOR. Siendo esta la duración máxima de la jornada y quedando estrictamente prohibido el trabajar horas extras sino con
...