AGENDA DE DESARROLLO NACIONAL
Enviado por omarcurioso • 30 de Junio de 2011 • 6.351 Palabras (26 Páginas) • 1.476 Visitas
2.4.1. Variable Independiente
2.4.1.1. Planificación
Al diseñar un ambiente para el desempeño eficaz de las personas que trabajan en grupos, la tarea más importante de un administrador es asegurarse de que todos comprendan los propósitos y objetivos del grupo y sus métodos para lograrlo.
Para Alexander Lescot J. (2001:66) la planeación es la más básica de todas las funciones administrativas, permite salvar la brecha que nos separa del sitio adonde queremos ir, hace posible que ocurran cosas que de lo contrario no hubieran sucedido.
Para la Dirección o Management, la planificación es un proceso de preparación de decisiones referentes al futuro del sistema a dirigir con lo que se condicionan-posibilitan futuras decisiones. Este proceso se basa en un pronóstico, previamente elaborado según métodos específicos (Prospectiva) y se articula, basándose en competencias especializadas, según las áreas de actividad del sistema; por ejemplo: planificación financiera, planificación de personal, planificación de la producción de bienes o servicios, planificación del mantenimiento de instalaciones etc.
2.4.1.2. Plan Nacional de Desarrollo
El Plan Nacional de Desarrollo (PND) tiene su origen en la Constitución de la Republica del Ecuador (2008), el articulo 280, estableciendo al PND como el instrumento al que se sujetarán las políticas, programas y proyectos públicos; la programación y ejecución del presupuesto del Estado; y la inversión y la asignación de los recursos públicos; y coordinar las competencias exclusivas entre el Estado central y los gobiernos autónomos descentralizados.
El PND es el instrumento rector que expresa las políticas, objetivos, estrategias y lineamientos generales en materia económica, social y política del país, concebidos de manera integral y coherente para orientar la conducción del quehacer público, social y privado.
Desarrollo Local
ILPES-CEPAL-ONU (Octubre 1998): “Manual de Desarrollo Local”. El desarrollo local tiene lugar sobre la base de recursos físicos, financieros, humanos, técnicos y socioculturales. La gestión de ese desarrollo implicando a diversos actores subraya la necesidad de la participación ciudadana, la capacitación, la cooperación, el liderazgo, la responsabilidad social empresarial y el reforzamiento de la identidad local.
En esta perspectiva, se puede definir el desarrollo económico local como el proceso de transformación de la economía y de la sociedad local, orientado a superar las dificultades y retos existentes, que busca mejorar las condiciones de vida de su población mediante una acción decidida y concertada entre los diferentes agentes socioeconómicos locales, públicos y privados, para el aprovechamiento más eficiente y sustentable de los recursos endógenos existentes, mediante el fomento de las capacidades de emprendimiento empresarial local y la creación de un entorno innovador en el territorio. En este enfoque también se considera la importancia del capital social y los enlaces de cooperación con agentes externos para capturar recursos humanos, técnicos y monetarios, entre otros, que contribuyan a la estrategia local de desarrollo.
Descentralización y desconcentración
La Revista Judicial (derechoecuador.com), precisa las diferencias entre la desconcentración y la descentralización.
En la primera hay transferencia de competencia que se lleva a cabo mediante un simple desplazamiento territorial de funciones, que siguen siendo ejercidas por la administración central, promedio de funcionarios suyos dentro de una entidad territorial. La desconcentración es pues una técnica para descongestionar la administración central.
Por el contrario, en la descentralización opera un traslado de facultades de una entidad territorial a otra en forma tal que la administración central se desprende de esa facultad para otorgársela orgánica y funcionalmente a otra entidad territorial que la ejercerá autónomamente por medio de autoridades elegidas por ésta.
La desconcentración y la descentralización tienen un rasgo común y es que en ambos casos se trata de una transferencia de poderes, facultades o funciones.
Pero se diferencian en la forma como opera esa traslación. En la primera, el traslado se realiza entre una entidad superior y un subalterno, en tanto que en la segunda, la transferencia opera entre entidades territoriales autónomas y es muy poco frecuente dentro de una misma entidad territorial. La desconcentración tiene, pues, un aspecto jerárquico y por eso la doctrina la califica como una "descentralización jerárquica". Otra característica común de ambas modalidades es que requieren autorización legal.
Caracteres específicos en la desconcentración:
• Se confieren competencias a órganos administrativos subordinados
• Existe un control jerárquico sobre la actividad desconcentrada
• No se necesita la creación de un organismo nuevo
• La función desconcentrada se ejerce en nombre de la entidad que desconcentra
• Requiere autorización legal
Es de advertir que la desconcentración puede ser territorial o simplemente jerárquica. La primera tiene lugar cuando la desconcentración se realiza mediante el desplazamiento de un funcionario subalterno a otra localidad de la misma entidad territorial, en tanto que en la jerárquica no se da ese desplazamiento.
Caracteres específicos en la descentralización:
• La transferencia opera entre entidades territoriales autónomas con personería jurídica.
• El poder descentralizado se ejerce sin sujeción jerárquica por autoridades propias del ente en cuyo favor se hizo la descentralización.
• Existe solo un control de tutela, no jerárquico.
• Conlleva transferencia de recursos
• Requiere autorización legal.
Con la descentralización, la participación ciudadana se plantea como la estrategia para garantizar la más alta correspondencia entre la oferta de bienes y servicios públicos y las demandas sociales, y una mayor capacidad de respuesta y de transparencia de parte de los gestores públicos en el propósito de atender de manera efectiva un objetivo mayor de política consistente en generar condiciones de desarrollo más equitativas y sostenibles que permitan profundizar la gobernabilidad democrática.
Sistema nacional de competencias
El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD); en el artículo 108 determina al sistema nacional de competencias como el conjunto de instituciones, planes, políticas, programas y actividades relacionados con el ejercicio de las competencias que corresponden a cada nivel de gobierno guardando
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