Aspectos Bioéticos Y Legales De La Enfermería
Enviado por pndejaptera • 17 de Diciembre de 2013 • Ensayo • 2.635 Palabras (11 Páginas) • 1.318 Visitas
ASPECTOS BIOÉTICOS Y LEGALES DE LA ENFERMERÍA
ACTIVIDADES DE APLICACIÓN
1. ¿Por qué la Constitución es la ley fundamental del Estado?
La Constitución es la ley fundamental del Estado, porque:
* está por encima de las demás leyes. El resto de la legislación debe basarse sobre ella y ninguna norma puede ir en contra de lo que establece,
* constituye una garantía para las personas contra los abusos de los gobernantes, ya que establece límites precisos a la acción de los gobiernos, impidiéndoles violar las libertades y los derechos de los habitantes,
* defiende los derechos de las personas.
2. PODERES y FUNCIONES
La Constitución Nacional prevé la distribución de las funciones de cada uno de los poderes.
El PODER EJECUTIVO. En nuestro país es ejercido por un ciudadano al que se denomina Presidente de la Nación Argentina. Es el jefe supremo de la Nación, jefe de gobierno y máximo responsable de la administración general del país.
El PODER LEGISLATIVO. Es el encargado de sancionar las leyes obligatorias para todos los habitantes de la Argentina. Está compuesto por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores.
El PODER JUDICIAL. Es el encargado de administrar justicia. Es ejercido por una Corte Suprema de Justicia y por tribunales inferiores.
3. ETAPAS PARA LA FORMACIÓN DE LAS LEYES.
1. Etapa iniciativa. Los proyectos de ley pueden ser elaborados por los miembros del Congreso, por el Poder Ejecutivo y, en ciertos casos contemplados por la Constitución, por los mismos ciudadanos. Las leyes pueden originarse, en general, en cualquiera de las Cámaras. A la Cámara de la cual parte la iniciativa la ley le llama cámara de origen.
2. Etapa de sanción. Si el proyecto de ley es aprobado en la cámara de origen, pasa a la otra, llamada en este caso cámara revisora, para su discusión.
Si ésta también lo aprueba, la ley es sancionada y enviada al Poder Ejecutivo para su examen. Si el proyecto de ley es desechado en su totalidad por una de las cámaras, no puede volver a ser tratado durante las sesiones parlamentarias de ese año. Un proyecto de ley puede ser corregido por una de las cámaras; en ese caso debe ser enviado nuevamente a la otra para su aprobación o rechazo.
3. Etapa de promulgación y divulgación. Una vez sancionada, la ley es enviada al Poder Ejecutivo para su promulgación. La ley promulgada debe darse a conocer al pueblo a través de su publicación en un periódico que se llama Boletín Oficial.
4. Etapa de entrada en vigencia. La ley promulgada se transforma en obligatoria para todos los habitantes a partir de los diez días de su publicación. El Poder Ejecutivo puede rechazar total o parcialmente una ley sancionada, es decir que puede ejercer el derecho de veto.
LEYES DEL EJERCICIO DE LA ENFERMERÍA
ACTIVIDADES DE APLICACIÓN
1.- La ley del ejercicio fue iniciada, ¿en la Cámara de Diputados o en la Cámara de Senadores?
La ley de ejercicio de la enfermería fue iniciada en la Cámara de Diputados.
2.- ¿Qué grupos de enfermería habían trabajado en la confección del proyecto original de enfermería?
Trabajaron en la confección del proyecto original, un grupo de profesionales, que nucleados en torno a docentes de la Escuela de Enfermería de la Universidad de Buenos Aires, la Asociación de Enfermeros de la Capital Federal y la Federación Argentina de Enfermería.
3.- ¿Por qué tuvo que intervenir la secretaria de salud de la nación con respecto al proyecto de la ley de enfermería que ya tenía media sanción en el proyecto?
Por orden de la Presidencia, en noviembre de 1990 la Secretaría de Salud de la Nación tuvo que hacerse cargo del conflicto desatado y los duros enfrentamientos entre varios grupos de enfermeros y los grupos profesionales que habían elaborado el proyecto de ley.
4.- ¿Cuáles fueron las causas principales que generaron el conflicto?
Las causas principales que generaron conflicto fueron: A) las escuelas terciarias aseguraban que la ley las condenaba a la desaparición, B) los gremios no estaban de acuerdo por no haber sido consultados y C) los enfermeros terciarios y auxiliares protestaban porque deberían certificar sus títulos ante la Universidad de Buenos Aires.
5.- ¿Qué profesional de enfermería coordino las actividades de la comisión creada en la secretaria de salud de la Nación en 1990? ¿Cuál era el objetivo y que instituciones participaron en la comisión?
La Comisión creada en la Secretaría de Salud de la Nación en 1990 fue coordinada por el Enfermero Profesional Rubén Gasco. El objetivo de dicha Comisión era la elaboración de un nuevo proyecto y participaron de ella en todos los sectores, tanto las instituciones que habían elaborado el primer proyecto como también los representantes gremiales y los de las escuelas terciarias.
6.- ¿Cuál fue el resultado del trabajo producido por la Comisión?
El resultado del trabajo producido por la Comisión fue la elaboración de un proyecto consensuado en la mayoría de sus puntos, que se transformó en la Ley de Enfermería.
7.- ¿Cuándo fue sancionada la ley de ejercicio de enfermería?
La Ley del Ejercicio de Enfermería (Ley Nacional 24.004) fue sancionada el 26 de septiembre de 1991 y publicada en el Boletín Oficial el 23de octubre de 1991.
8.- ¿Cuál fue el organismo del estado nacional encargado de la reglamentación de la ley 24.004?
La reglamentación de la ley, que correspondía al Ejecutivo, fue encomendada a la Dirección Nacional de Control del Ejercicio Profesional de la Secretaría de Salud.
9.- ¿Quién coordino la Comisión Nacional de reglamentación de la ley del ejercicio de la enfermería?
La Comisión Nacional de Reglamentación de la ley de ejercicio de la enfermería fue coordinada por el Enfermero Profesional señor Rubén Gasco, quien “había piloteado con éxito” el conflicto anterior.
10.- ¿Cuándo fue sancionada la reglamentación de la ley del ejercicio de la enfermería?
La reglamentación de la Ley 24.004 fue sancionada el 9 de diciembre de 1993.
11.- Sancionada la ley 298, ¿Cuál sería actualmente el ámbito de aplicación de la ley 24.004?
En noviembre de 1999 en la ciudad Autónoma de Buenos Aires se dicto la Ley Nº 298 (Ley de Ejercicio de la Enfermería) por ello la Ley Nº 24.004 se aplica solo en el ámbito nacional. Lo que significa que puede aplicarse en Hospitales Nacionales aunque su asentamiento sea la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o cualquier provincia argentina, como también
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