Biografia
Enviado por jhonnrobert • 24 de Octubre de 2011 • 427 Palabras (2 Páginas) • 452 Visitas
cierre de minas, adoptan las características de estos últimos. En este sentido, todo activo
presenta tres características básicas: liquidez, rentabilidad y riesgo. La liquidez es la facilidad
que tiene un activo para convertirse rápidamente en efectivo sin incurrir en costes adicionales,
así los activos más líquidos serían las cuentas de depósitos en efectivo y los menos líquidos
serían los activos físicos (bienes inmuebles por ejemplo); la rentabilidad es la capacidad que
tiene un activo para generar un flujo de ingresos futuros. Así el valor de un activo en garantía
vendría dado ser el valor actual del flujo de ingresos descontado a la tasa de descuento del
emisor de la garantía y el riesgo es la diferencia entre el valor esperado y el valor efectivo
realizado de un activo en el mercado, alternativamente se puede definir como la diferencia
entre la rentabilidad esperada y la real.
Existen varios métodos para incluir el riesgo en la valuación de activos, pero el más utilizado es
el ajuste (castigo) de la tasa de descuento. De esta forma un activo considerado más riesgos o
será más costoso de garantizar o tendrá pagos de primas elevadas (en caso de estar
garantizada por pólizas de caución). En este sentido el art. 55 del D.S. Nº 033-2005-EM
“Reglamento de Cierre de Minas” (RCM) especifica tres tipos de instrumentos de garantía:
Fianzas Bancarias (Carta Fianza, Cartas de Crédito y/o instrumentos equivalentes), Pólizas de
Caución y otros Seguros (Pólizas de Seguro tradicionales), sin beneficio de exclusión y
Fideicomiso en Garantía el cual puede recaer sobre los siguientes activos: recursos en efectivo
(depósitos), administración de flujo (warrants sobre insumos ó comodities), valores Negociables
(activos financieros excepto los emitidos por el titular) y bienes muebles e Inmuebles (distintos
a la concesión minera sujeta a cierre).
Adicionalmente, el art. 55 también incluye la figura de la “Fianza Solidaria de Tercero”, la cual
permite delegar la responsabilidad de conformar garantías a un tercero, quien deberá suscribir
una garantía del tipo a), b) y/o c) con una entidad del sistema financiero, en representación del
titular de la obligación.
De acuerdo al Art. 51 del Reglamento de Cierre de Minas, el monto anual de la garantía resulta
de dividir el monto de la garantía – luego de las actualizaciones y liquidaciones - entre el
número de años de la vida útil que le restan a la unidad minera. El cronograma valorizado que
sirve de fuente al cálculo de las garantías ha sido elaborado considerando dólares constantes
del 2008.
El presupuesto de cierre se muestra en la siguiente tabla:
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