Conceptos de factores de producción
Enviado por onoria • 15 de Enero de 2014 • 1.967 Palabras (8 Páginas) • 304 Visitas
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Conceptos de factores de producción: Los factores de la producción son los elementos o recursos que requiere la cadena económica productiva, la cual mantiene el funcionamiento adecuando del circuito social y económico de un lugar. Dicho de otra manera, los factores productivos son los medios necesarios para el proceso de producción.
Tanto las empresas, como los individuos particulares, que se hallan en condición de productores, requieren de factores productivos para la obtención de sus bienes o servicios. Además, la oferta y la demanda de estos factores, regula el precio de los mismos.
Existen tres factores de la producción: el factor naturaleza, el factor trabajo, y el factor capital.
1. El factor naturaleza está constituido por las fuentes naturales, que proporcionan la materia prima, la cual inicia la cadena productiva. Dentro de este factor se encuentran por ejemplo: las tierras empleadas para la agricultura y la ganadería, la flora y la fauna, los yacimientos, los bosques, la energía proveniente de la naturaleza (ej.: energía hidroeléctrica, energía eólica).
2. El factor trabajo se compone del esfuerzo o las capacidades humanas (del trabajador), que pueden ser tanto físicas como intelectuales; en ambos casos, aplicadas a la materia prima. El factor trabajo beneficia tanto a los grandes y pequeños productores, como al trabajador en sí mismo, pues al vender su esfuerzo, recibe un salario que le sirve para mantenerse económicamente. De esta manera, el beneficio es recíproco, entre los empresarios y los empleados de éstos (no obstante los empresarios reciben por lo general mayores ganancias).
3. El factor capital es aquel en donde se encuentran los elementos o medios económicos, como la infraestructura, las maquinarias, el dinero, y demás medios de producción; que se aplican a los factores anteriores (naturaleza y trabajo). Este factor posibilita el giro comercial de una empresa.
Concepto de tiempo estándar: El tiempo estándar es el considerado como base para calcular la producción por ciclo, hora, o turno de alguna máquina o una persona y en este se deben considerar todos los tiempos que afecten al ciclo de producción como experiencia y fatiga del operador, cambios de materiales, acciones del operador como tomar agua, ir al baño etc.
Este tiempo es tomado por una persona especialista y debe de dividir el proceso productivo en el número de subprocesos posibles a fin de tomar el tiempo de cada uno de ellos y así finalmente determinar el tiempo ciclo estándar. Una vez determinado se debe hablar con el operador y se le informara que este será su estándar de producción.
Materia prima, mano de obra y carga fabril: MATERIA PRIMA
Se conoce como materia prima a la materia extraída de la naturaleza y que se transforma para elaborar materiales que más tarde se convertirán en bienes de consumo.
También podríamos definir como materia prima a todos aquellos elementos físicos susceptibles de almacenamiento. Contablemente se ubicará dentro del rubor de bienes de cambio y su naturaleza podrá variar según el elemento a producir pero es el único elemento del costo de fabricación nítidamente variable.
MANO DE OBRA Se conoce como el esfuerzo físico y mental que se pone al servicio de la fabricación de un bien. El concepto también se utiliza para nombrar al costo de este trabajo (es decir, el precio que se le paga al trabajador por sus recursos).
La mano de obra puede clasificarse en directa o indirecta.
• Mano de obra directa: es la mano de obra consumida en las áreas que tienen una relación directa con la producción o la prestación de algún servicio. Es la generada por los obreros y operarios calificados de la empresa.
• Mano de obra indirecta: es la mano de obra consumida en las áreas administrativas de la empresa que sirven de apoyo a la producción y al comercio.
CARGA FABRIL Son todos los costos en que necesita incurrir un centro para el logro de sus fines; costos que, salvo casos de excepción, son de asignación indirecta, por lo tanto precisa de bases de distribución.
De los tres elementos del Costo de Producción, el más complejo es la Carga Fabril, dado que incluye todos los costos indirectos indispensables para las operaciones de una industria.
HORAS MAQUINAS: Los costos en los equipos y maquinarias corresponden a todos aquellos que se requieren para poseerlos y operarlos, incluye en estos, además del costo por la adquisición, los costos por los intereses del capital invertido, mantenimiento y reparaciones, seguros, impuestos, almacenaje y también los gastos de combustibles, lubricantes, filtros, llantas y el costo de la mano de obra o manejo del operador.
Además los costos de los equipos en cada partida, tienen la condición de ser Directos, es decirse cuantifican y aplican a cada unidad de dicha partida.
HORAS EXTRAS: Tienen la consideración de horas extraordinarias aquellas horas de trabajo que se realizan sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo. Así lo establece el artículo 35 del ada hora extraordinaria se abonará con el incremento que se fije en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso el incremento será inferior al setenta y cinco por ciento sobre el salario que correspondería a cada hora ordinaria.
Según el Estatuto, el número de horas extraordinarias no podrá ser superior a dos al día, quince al mes y cien al año, salvo excepción marcada en la propia norma. El Gobierno podrá suprimir o reducir el número máximo de horas extraordinarias por tiempo determinado, con carácter general o para ciertas ramas de actividad o ámbitos territoriales, para incrementar las oportunidades de colocación de los trabajadores en paro forzoso.
La prestación de trabajo en horas extraordinarias será voluntaria, salvo que su realización se haya pactado en convenio colectivo o contrato de trabajo, dentro de los límites del apartado dos de este artículo. Además, la realización de horas extraordinarias se registrará día a día y se totalizarán semanalmente, entregando copia del resumen semanal al trabajador en el parte correspondiente.
Se prohíbe la realización de horas extraordinarias en eI período nocturno, salvo en casos y actividades especiales debidamente justificadas y expresamente autorizados por el Ministerio de Trabajo.
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