KElsen Teoria Pura Del Derecho
Enviado por lemus1993 • 30 de Septiembre de 2012 • 1.397 Palabras (6 Páginas) • 4.129 Visitas
Capitulo VII
Hans Kelsen: el positivismo jurídico y su ética
1. Orígenes y contexto histórico de la Teoría Pura del Derecho
Hans KELSEN nació en Praga en el año 1881 y falleció en Estados Unidos en 1973.
Sus padres se radicaron en Viena donde formo sus estudios hasta ser abogado.
En 1930, con el surgimiento del nacionalsocialismo abandona Viena y se establece un tiempo en Alemania y luego en Suiza
Ante la Segunda Guerra Mundial opta por radicarse en EEUU
Hans Kelsen forma parte del Círculo de Viena el cual es importante porque hace a la búsqueda de la objetividad del conocimiento, la verificación empírica y la preocupación por la determinación del objeto de conocimiento.
Kelsen hizo ciencia del derecho positivo estableciendo cual era su único objeto de estudio.
En 1911 escribió su trabajo Problemas Capitales de la Teoría del Estado, donde expone la diferencia entre las ciencias causales explicativas, que se manejan con el principio del ser y las leyes normativas, que se manejan con el princio del deber, concluye que el deber es un principio lógico que constituye el objeto de conocimiento de la ciencia jurídica
2. Los temas de La Teoría Pura del Derecho
La obra más importante, escrita en el año 1934, cuando Kelsen estaba en Ginebra (Suiza).
La obra abarca cuatro partes:
La primera es una introducción a la problemática científica del derecho
La segunda un análisis de la norma jurídica
La tercera análisis del ordenamiento jurídico en su conjunto (nomodinámica)
La cuarta parte es una investigación de análisis y síntesis para disolver los dualismos en la ciencia jurídica
KELSEN se ocupa en deslindar el objeto de la ciencia jurídica, y por eso acude a dos etapas de purificación: una lógica y otra etapa axiológica. Consiste en distinguir a las ciencias de la naturaleza de las ciencias normativas.
La naturaleza utiliza el principio de causalidad (causa a efecto) “dado A es B” es decir, dado una causa, se producirá su efecto.
Las ciencias normativas: utilizan el principio de imputación “dado A debe ser B”, (antecedente y consecuente) o dicho de otra forma dado este antecedente corresponde a imputar este consecuente
Por esto dice que las ciencias de la naturaleza se manejan con el principio de necesidad y las ciencias normativas con el principio de libertad. A la que llama “purificación lógica” porque distingue dos sistemas lógicos distintos: el ser y el del deber.
Propone una segunda etapa metodologica de purificación que le va a permitir diferenciar al derecho de todas las demás disciplinas normativas. Sostiene que el derecho no se refiere a valores, mientras que la política la religión, la ética y la economía si lo hacen. El derecho debe estudiar la estructura lógica de la norma positiva, el problema de la justicia debe ser tratado por la política jurídica. Esta segunda purificación la llamo “purificación axiológica”
Kelsen desarrolla la segunda parte de la Teoría Pura del Derecho como nomoestatica donde se dedica a analizar la estructura de esa norma jurídica, que el enuncia como “dado A, debe ser B” en donde “A” es un hecho ilícito y el “deber ser” un nexo lógico y “B” es la sanción. El punto de partida para definir los elementos de la norma es la sanción, porque sin sanción no hay hecho ilícito. Según la teoría kelseniana no existen las cosas malas en si, son malas porque están prohibidas, porque están sancionadas.
Señala otros dos elementos que son la obligación y la responsabilidad que se encuentran en la norma secundaria, que no es realmente una norma sino lo que nos indica a nosotros cual es la conducta que debemos seguir si pretendemos evitar la sanción.
La tercera parte de la Teoría Pura del Derecho es el análisis del ordenamiento jurídico o nomodinámica. Kelsen explica que las normas jurídicas a las que le dedicó tanto tiempo, no se encuentran en el derecho en forma solitaria, sino relacionadas sistemáticamente entre sí, conformando un ordenamiento jurídico, que es un sistema integrado por dos o más normas, que responden a los principios de unidad, jerarquía, completitud, coherencia e independencia del sistema. De estas características hay dos esenciales: la unidad y la jerarquía, las otras tres son características deseables
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