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La Política Europea de Seguridad y Defensa


Enviado por   •  31 de Octubre de 2013  •  Ensayo  •  2.155 Palabras (9 Páginas)  •  255 Visitas

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Paso al euro

5. La introducción, el 1 de enero de 2002, de los billetes y monedas en euros representa el punto culminante de un proceso histórico de una importancia decisiva para la construcción europea. Se han adoptado todas las medidas necesarias para que la introducción física del euro sea un éxito, lo que debería facilitar su utilización en los mercados financieros internacionales. La zona euro constituirá en adelante un polo de estabilidad para los países participantes, protegiéndolos de la especulación y de las turbulencias financieras. Esta zona reforzará el mercado interior y contribuirá al mantenimiento de indicadores fundamentales sanos, favorecedores de un crecimiento duradero. Por otra parte el euro contribuirá a aproximar entre sí a los ciudadanos de la Unión, dando una expresión concreta y visible al proyecto europeo. A este respecto, el Consejo Europeo se felicita por la adopción reciente por el Consejo y el Parlamento Europeo de un reglamento encaminado a reducir sustancialmente el coste de los pagos transfronterizos en euros.

La Política Europea de Seguridad y Defensa

6. El Consejo Europeo ha adoptado la declaración de operatividad de la Política Europea de Seguridad y Defensa que figura en el Anexo II, así como el informe de la Presidencia. Gracias al desarrollo continuado de la PESD, al fortalecimiento de sus capacidades, tanto civiles como militares, así como a la creación en su seno de estructuras apropiadas, y tras las Conferencias sobre las Capacidades militares y de policía celebradas en Bruselas el 19 de noviembre de 2001, la Unión será a partir de ahora capaz de llevar a cabo operaciones de gestión de crisis. La Unión está decidida a ultimar rápidamente los acuerdos con la OTAN. Estos reforzarán las capacidades de la Unión Europea para conducir operaciones de gestión de crisis que cubran el conjunto de las misiones de Petersberg. Asimismo, la aplicación de los acuerdos de Niza con los socios reforzará los medios de la Unión para llevar a cabo operaciones de gestión de crisis. El desarrollo de los medios y capacidades a su disposición permitirá a la Unión asumir progresivamente operaciones cada vez más complejas.

Ampliación

7. El documento de la Comisión titulado "Éxito de la ampliación", los informes periódicos y las asociaciones para la adhesión revisadas constituyen un marco sólido para el éxito del proceso de adhesión, que es ya irreversible. El Consejo Europeo de Berlín estableció el marco financiero que hace posible una ampliación.

8. Durante los últimos meses se han logrado avances considerables en las negociaciones y se han recuperado ciertos retrasos. La Unión Europea está decidida a llevar a buen término las negociaciones de adhesión para finales de 2002 con los países candidatos que estén preparados, a fin de que éstos puedan participar en calidad de miembros en las elecciones al Parlamento Europeo de 2004. Las candidaturas se seguirán juzgando por sus propios méritos, conforme al principio de diferenciación. El Consejo Europeo muestra su acuerdo con el informe de la Comisión que estima que si se mantiene el ritmo actual de las negociaciones y de las reformas en los países candidatos, Chipre, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia, la República Checa y la República Eslovaca podrían estar preparadas. Valora los esfuerzos realizados por Bulgaria y Rumanía y anima a ambos países a proseguir en esta vía. A fin de dar un apoyo específico a estos países, es necesario disponer de un marco preciso que incluya un calendario y una hoja de ruta ajustados, con el objetivo de abrir las negociaciones con estos países sobre todos los capítulos en 2002.

9. Los países candidatos deben proseguir enérgicamente sus esfuerzos, en particular para elevar sus capacidades administrativas y judiciales al nivel requerido. La Comisión presentará al Consejo Europeo de Sevilla en junio de 2002 un informe sobre la aplicación del plan de acción para el fortalecimiento de las instituciones.

10. La hoja de ruta establecida por el Consejo Europeo de Niza sigue siendo plenamente aplicable. La Comisión presentará desde principios de 2002 posiciones comunes sobre los capítulos agricultura, política regional y cuestiones presupuestarias, basadas en el acervo actual y en los principios decididos en Berlín. Los trabajos de redacción de los tratados de adhesión se iniciarán en la primera mitad de 2002.

11. El Consejo Europeo se congratula de los recientes encuentros entre los responsables de las comunidades grecochipriota y turcochipriota y les anima a continuar sus trabajos con vistas a una solución global bajo los auspicios de las Naciones Unidas, de conformidad con las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

12. Turquía ha realizado avances en relación con el respeto de los criterios políticos fijados para la adhesión, en particular mediante la modificación reciente de su constitución. La perspectiva de la apertura de negociaciones de adhesión con Turquía se ha hecho así más cercana. Se anima a Turquía a continuar avanzando en la vía del respeto de los criterios tanto económicos como políticos, especialmente en lo que respecta a los derechos humanos. La estrategia de preadhesión para Turquía deberá marcar una nueva etapa en el análisis de su estado de preparación con vistas a una adaptación al acervo.

II. ACCIONES DE LA UNIÓN TRAS LOS ATENTADOS DEL 11 DE SEPTIEMBRE EN ESTADOS UNIDOS

Actuación de la Unión en Afganistán

13. El Consejo Europeo se congratula de la firma en Bonn, el 5 de diciembre pasado, del acuerdo por el que se definen las modalidades provisionales aplicables en Afganistán a la espera del restablecimiento de instituciones estatales permanentes. Hace un llamamiento a todos los grupos afganos para que apliquen dicho acuerdo.

14. El Consejo Europeo se ha comprometido a participar en los esfuerzos de la comunidad internacional para restaurar la estabilidad de Afganistán sobre la base de los resultados de la Conferencia de Bonn y de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. En este contexto anima al despliegue de una fuerza internacional de seguridad que, sobre la base de una resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, tendría el mandato de contribuir a la seguridad de las administraciones afganas e internacionales instaladas en Kabul y en sus alrededores, así como al establecimiento y entrenamiento de las nuevas fuerzas de seguridad y de las fuerzas armadas afganas. Los Estados miembros de la Unión están examinando su contribución a esta fuerza. La participación de

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