La muerte instantánea por accidente de trabajo
Enviado por feernandaa • 13 de Agosto de 2012 • Informe • 310 Palabras (2 Páginas) • 482 Visitas
Cuando la muerte es instantánea, en el mismo momento del accidente o luego de cierto tiempo, pero como consecuencia del accidente. Esto se ve con mucha mayor claridad en el caso de la enfermedad profesional.
La muerte instantánea por accidente de trabajo genera una renta a favor de los derechohabientes del trabajador.
Los beneficiarios son: el cónyuge sobreviviente, la concubina o concubino, los menores de 18 años, los mayores de esa edad discapacitados y en algunas situaciones, los ascendientes.
El cónyuge sobreviviente no divorciado o separado de hecho. Tiene derecho a una renta vitalicia igual al 50% del salario o remuneración anual, a condición de que el matrimonio se haya celebrado con anterioridad a la fecha del siniestro o si fue celebrado posteriormente que tenga una duración de más de un año.
Si es el único con derecho a percibir la renta de manera permanente, el porcentaje se eleva a las 2/3 partes del salario o remuneración anual.
Concubina o concubino que demuestren tener más de un año a la fecha de fallecimiento tienen los mismos derechos que los cónyuges.
Menores de 1 8años y hasta esa edad y mayores de 18 discapacitados que vivan a expensas del trabajador, sea cual fuere el lazo jurídico que los uniere.
La renta a la que tiene derecho es de porcentaje variable
- Si concurren con el cónyuge o concubinos sobrevivientes:
- 20% del salario anual si no hay más que uno; 35 por ciento si hay dos; 45% si hay tres; 55% si hay cuatro o mas.
- Si no concurren con el cónyuge o concubino sobreviviente: 50% del salario anual dentro del límite fijado con carácter general.
- Los ascendientes que vivieron a expensas del siniestrado. Solo tienen derecho en caso de que no exista cónyuge o concubino sobreviviente.
Además de esto la familia tiene derecho a recibir del lugar donde la persona laboraba la pensión del 100% porque es laboral, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, etc.
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