Salud Ocupacional
Enviado por jeimmyadela • 24 de Agosto de 2013 • 1.402 Palabras (6 Páginas) • 226 Visitas
AGENTE (MEDICINA)
En epidemiología los agentes son un conjunto de factores que se denominan factores etiológicos o factores causales, que están presentes en el medio ambiente y que pueden provocar enfermedades al huésped.
Agentes, factores etiológicos, factores causales[editar • editar fuente]
Dentro de la etiología de una enfermedad nos encontramos con:
• Elementos nutritivos: Excesos, deficiencias.
• Agentes químicos: tóxicos químicos, alérgenos, drogas, medicamentos.
• Agentes físicos: Radiaciones ionizantes, accidentes de trabajo, de tráfico.
• Agentes infecciosos: Bacterias, virus, parásitos y hongos, nematodos, viroides, micoplasmas, plantas superiores o parasitas. Son los factores más directamente relacionados con las enfermedades (enfermedades infecciosas), donde la causa y el efecto es más evidente.
Agente Causal: es cualquier sustancia viva o inanimada, o fuerza muchas veces intangible, cuya presencia o ausencia es la causa inmediata o próxima a una enfermedad en particular.son un conjunto de factores que están presentes en el medio ambiente y que pueden provocar enfermedades al huésped. Y se dividen en agente biológico, agente físico, efecto mecánico de objetos o instrumentos, radiación, y agentes químicos.
PELIGRO
Es una situación que se caracteriza por la "viabilidad de ocurrencia de un incidente potencialmente dañino", es decir, un suceso apto para crear daño sobre bienes jurídicos protegidos. El peligro es "real" cuando existe aquí y ahora, y es "potencial" cuando el peligro ahora no existe, pero sabemos que puede existir a corto, medio, o largo plazo, dependiendo de la naturaleza de las causas que crean peligro.
Con frecuencia se confunde el “peligro” con un “agente dañino”. Por ejemplo, habitualmente se habla de "sustancias peligrosas", pero las sustancias no son "peligrosas" sino "dañinas". El peligro no reside en las sustancias, sino en la forma insegura en que se transportan, almacenan, procesan, utilizan, etc. sustancias dañinas. El peligro hace "probable" un incidente antecedente, mientras que el riesgo hace "posible" el daño consecuente del incidente
FACTOR DE RIESGO
Se entiende bajo esta denominación la existencia de elementos, fenómenos, ambiente y acciones humanas que encierran una capacidad potencial de producir lesiones o daños materiales, y cuya probabilidad de ocurrencia depende de la eliminación y/o control del elemento agresivo.
RIESGO
Es la probabilidad de que un objeto, material, sustancia o fenómeno pueda, potencialmente desencadenar alguna perturbación en la salud o integridad física de la persona, como también en los materiales y equipos
RIESGO PROFESIONAL
Son riesgos profesionales el accidente que se produce como consecuencia directa del trabajo o labor desempeñada y la enfermedad que haya sido catalogada como profesional por el gobierno nacional.
CONCEPCIÓN LEGAL DE:
Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte.
Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo. Las legislaciones de cada país podrán definir lo que se considere accidente de trabajo respecto al que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa. Decisión 584 de la CAN (Comunidad Andina de Naciones).
• INCIDENTE DE TRABAJO
Suceso acontecido en el curso del trabajo o en relación con éste, que tuvo el potencial de ser un accidente, en
el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daños a la propiedad y/o
pérdida en los procesos. Artículo 3 de la Resolución 1401 de 2007.
• ENFERMEDAD PROFESIONAL
1. Se entiende por enfermedad profesional todo estado patológico que sobrevenga como consecuencia obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, bien sea determinado por agentes físicos, químicos o biológicos.
2. Las enfermedades endémicas y epidémicas de la región sólo se consideran como profesionales cuando se adquieren por los encargados de combatirlas por razón de su oficio. (Artículo 200 del Código Sustantivo de Trabajo).
• ENFERMEDAD PROFESIONAL
Según el artículo 116 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (de ahora en adelante TRLGSS):
Para que se produzca una Enfermedad Profesional, de acuerdo a esta definición, deben darse los siguientes elementos:
Debe tratarse de trabajo por cuenta
...