Sector De Trabajo
Enviado por kariniitha123 • 14 de Agosto de 2014 • 1.291 Palabras (6 Páginas) • 181 Visitas
Con la puesta en vigencia de las planillas electrónicas, desde el pasado 1 de enero, un moderno sistema digital en que los empleadores del sector privado registrarán en forma obligatoria toda la información laboral y de seguridad social de su personal, se modernizan la gestión pública en material laboral y tributaria en el país.
Estos formatos electrónicos que reemplazarán a las tradicionales planillas las utilizarán únicamente las empresas que tengan más de tres trabajadores, o una persona contratada por locación de servicios, o un empleado afiliado al Sistema Nacional de Pensiones (SNP).
Los empleadores, en consecuencia, deberán registrar cada mes calendario en las planillas electrónicas información sobre: el número de trabajadores contratados, las personas que están bajo modalidades formativas, los contratados bajo locación de servicios.
También el monto de sus remuneraciones, retribuciones, modalidades de contrato, entre otros, precisa un informe del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Más de la mitad de la información laboral se ingresará por única vez, con la ventaja de que ahora se llenará un solo documento electrónico que equivale a cinco documentos que antes de su implementación se solicitaba. Inclusive, en el peor de los casos podían ser tres PDT y dos libros laborales.
Sanciones
El sector Trabajo precisa que aquellos empleadores que incurran en un error involuntario o infracciones leves al introducir la información del personal en el nuevo formato digital, no serán sancionados durante los primeros seis meses de implementarse las planillas electrónicas.
Sin embargo, si omiten información acerca del número de personal con dolo o ánimo de evasión, se aplicará una sanción económica.
Toda esta información acerca
Con la puesta en vigencia de las planillas electrónicas, desde el pasado 1 de enero, un moderno sistema digital en que los empleadores del sector privado registrarán en forma obligatoria toda la información laboral y de seguridad social de su personal, se modernizan la gestión pública en material laboral y tributaria en el país.
Estos formatos electrónicos que reemplazarán a las tradicionales planillas las utilizarán únicamente las empresas que tengan más de tres trabajadores, o una persona contratada por locación de servicios, o un empleado afiliado al Sistema Nacional de Pensiones (SNP).
Los empleadores, en consecuencia, deberán registrar cada mes calendario en las planillas electrónicas información sobre: el número de trabajadores contratados, las personas que están bajo modalidades formativas, los contratados bajo locación de servicios.
También el monto de sus remuneraciones, retribuciones, modalidades de contrato, entre otros, precisa un informe del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Más de la mitad de la información laboral se ingresará por única vez, con la ventaja de que ahora se llenará un solo documento electrónico que equivale a cinco documentos que antes de su implementación se solicitaba. Inclusive, en el peor de los casos podían ser tres PDT y dos libros laborales.
Sanciones
El sector Trabajo precisa que aquellos empleadores que incurran en un error involuntario o infracciones leves al introducir la información del personal en el nuevo formato digital, no serán sancionados durante los primeros seis meses de implementarse las planillas electrónicas.
Sin embargo, si omiten información acerca del número de personal con dolo o ánimo de evasión, se aplicará una sanción económica.
Toda esta información acerca
Con la puesta en vigencia de las planillas electrónicas, desde el pasado 1 de enero, un moderno sistema digital en que los empleadores del sector privado registrarán en forma obligatoria toda la información laboral y de seguridad social de su personal, se modernizan la gestión pública en material laboral y tributaria en el país.
Estos formatos electrónicos que reemplazarán a las tradicionales planillas las utilizarán únicamente las empresas que tengan más de tres trabajadores, o una persona contratada por locación de servicios, o un empleado afiliado al Sistema Nacional de Pensiones (SNP).
Los empleadores, en consecuencia, deberán registrar cada mes calendario en las planillas electrónicas información sobre: el número de trabajadores contratados, las personas que están bajo modalidades formativas, los contratados bajo locación de servicios.
También el monto de sus remuneraciones,
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