Teoriade La Pena Y Su Fin
Enviado por andyharry • 19 de Enero de 2012 • 2.970 Palabras (12 Páginas) • 423 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio de Educación Superior
Universidad Bolivariana de Venezuela
6º Semestre II Trayecto de Estudios Jurídicos
Aldea “12 de Febrero”
El Vigía, Estado Mérida
Teoría de la pena y su fin.
Integrantes:
Andy Semeco
Darwin Flores
Alberto Rondón
Introducción:
El principal medio de que dispone el Estado como reacción frente al delito es la pena en el sentido de "restricción de derechos del responsable". El orden jurídico prevé además las denominadas "medidas de seguridad" destinadas a paliar situaciones respecto de las cuales el uso de las penas no resulta plausible.
Las teorías absolutas de la pena son aquellas que sostienen que la pena halla su justificación en sí misma, sin que pueda ser considerada como un medio para fines ulteriores. "Absoluta" porque en ésta teoría el sentido de la pena es independiente de su efecto social, se "suelta" de él.
De manera que el sistema de reacciones penales se integra con dos clases de instrumentos; penas y medidas de seguridad. Desde la antigüedad se discuten acerca del fin de la pena fundamentalmente tres concepciones que en sus más variadas combinaciones continúan hoy caracterizando la discusión, así, para explicar estos remedios incluidos en la legislación penal se ofrecen estas diversas teorías que parten de puntos de vista retributivos o preventivos, puros o mixtos que se encargan de fundamentar de diverso modo y de explicar los presupuestos que condicionan el ejercicio del "ius puniendi" y la finalidad perseguida por el Estado con la incriminación penal.
Teoría De La Pena
Principal medio de que dispone el Estado como reacción frente al delito es la pena en el sentido de "restricción de derechos del responsable". El orden jurídico prevé además las denominadas "medidas de seguridad" destinadas a paliar situaciones respecto de las cuales el uso de las penas no resulta plausible. De manera que el sistema de reacciones penales se integra con dos clases de instrumentos; penas y medidas de seguridad. Desde la antigüedad se discuten acerca del fin de la pena fundamentalmente tres concepciones que en sus más variadas combinaciones continúan hoy caracterizando la discusión, así, para explicar estos remedios incluidos en la legislación penal se ofrecen estas diversas teorías que parten de puntos de vista retributivos o preventivos, puros o mixtos que se encargan de fundamentar de diverso modo y de explicar los presupuestos que condicionan el ejercicio del "ius puniendi" y la finalidad perseguida por el Estado con la incriminación penal.
Teorías Absolutas.
Estas teorías suponen que la pena se impone exclusivamente porque el delincuente ha cometido un delito, la esencia de la pena es pura compensación, concebida como reparación o retribución. Recogen la idea de que los posibles efectos alcanzados por la imposición de la pena no tiene trascendencia alguna, lo importante es la afirmación del Derecho mediante la retribución de la pena por el mal causado.
Las teorías absolutistas parten de que la pena es un mal, un mal que se impone al delincuente por el culpable incumplimiento de derecho. El mal de la pena compensa en virtud de una merma del derecho (del autor), la usurpación del derecho (ajeno) propia del delito. Como dice Mapelli Caffarena "Toda pena es pues, por esencia retribución".
La idea de retribución, nos lleva a pensar en la famosa Ley del Talión cual tiene fundamento religioso, obliga a que el daño sea reparado según su intensidad sanciona con relación con el tipo de delito cometido debido al significado que tiene para la comunidad, promoviendo simbolizar la sanción que se identifiquen con el daño producido, de esta manera la similitud de la venganza es para que el trasgresor padezca cual y como lo hizo, aplicándosele, como dice la sentencia bíblica "ojo por ojo diente por diente".
La idea de retribución exige que al mal del delito siga la aflicción de la pena, para el restablecimiento del orden jurídico violado y que se realice una abstracta idea de justicia. De ahí que para las teorías absolutas la pena se un fin en si misma un puro acto de justicia y no el medio para alcanzar otro fin.
Teorías absolutas de la pena:
Son aquellas que sostienen que la pena halla su justificación en sí misma, sin que pueda ser considerada como un medio para fines ulteriores. "Absoluta" porque en ésta teoría el sentido de la pena es independiente de su efecto social, se "suelta" de él. El primer punto de vista es:
La teoría de la justa retribución:
Desarrollada por Kant, para quien al pena "debe ser" aun cuando el estado y la sociedad ya no existan, y Hegel cuya fundamentación de la pena pública, fue la base que permitió la sistematización de la teoría del delito, (elaborada a partir de la teoría de las normas de Binding) concibe al delito como al negación del derecho, y a la pena, como al negación de la negación, como anulación del delito, como restablecimiento del derecho, entiende que al superación del delito es el castigo. En coincidencia con Kant, tampoco Hegel reconoce finalidades de prevención, como el mejoramiento y la intimidación, como fines de la pena. Esta construcción gravitó decisivamente en relación a la ulterior evolución del Derecho penal y, debido a que no existen aun alternativas consolidadas, actualmente conservan relativa vigencia. En al jurisprudencia la teoría de la retribución ha tenido un importante papel hasta hace poco tiempo.
Esta concepción recibe su característica de "absoluta" debido a que ve el sentido de la pena no en la prosecución de alguna finalidad social útil, sino que sostiene que dicho sentido radica en que la culpabilidad del autor sea compensada mediante la imposición de un mal penal, o sea que agota todo el fin de la pena en la retribución misma, explicada por Kant como un imperativo categórico emergente de la idea de justicia y fundamentada dialécticamente por Hegel como la negación de la negación del Derecho. Así, niega una concepción del castigo que se fundamente en razones de utilidad social que ilícitamente convierta al hombre en un "medio" instrumental en beneficio de la sociedad ya que tanto para Binding como para todos los defensores de la teoría de la retribución, las concepciones preventivas resultan incompatibles con la dignidad
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