ANÁLISIS DEONTOLÓGICO DE LA PROFESIÓN DOCENTE
Enviado por angel_33 • 11 de Junio de 2013 • 697 Palabras (3 Páginas) • 782 Visitas
CONSTITUCIÓN NACIONAL, LEY ORGANICA DE EDUCACIÓN, REGLAMENTO DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DOCENTE, CÓDIGO DE ETICA:
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Capítulo VI de los Derechos Culturales y Educativos
Artículo 102. La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social consustanciados con los valores de la identidad nacional, y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana de acuerdo con los principios contenidos de esta Constitución y en la ley.
Como lo establece la Carta Magna, la educación es un derecho de todos, además debe ser gratuita y obligatoria, y es el estado quien debe brindar las condiciones necesarias, fundamentales y de participación con el fin de desarrollar el potencial de todos los seres humanos de nuestra nación.
Artículo 103. Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. La educación es obligatoria en todos sus niveles, desde el maternal hasta el nivel medio diversificado. La impartida en las instituciones del Estado es gratuita hasta el pregrado universitario. A tal fin, el Estado realizará una inversión prioritaria, de conformidad con las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas. El Estado creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados para asegurar el acceso, permanencia y culminación en el sistema educativo. La ley garantizará igual atención a las personas con necesidades especiales o con discapacidad y a quienes se encuentren privados de su libertad o carezcan de condiciones básicas para su incorporación y permanencia en el sistema educativo. Las contribuciones de los particulares a proyectos y programas educativos públicos a nivel medio y universitario serán reconocidas como desgravámenes al impuesto sobre la renta según la ley respectiva.
Esta educación tiene que ser de completa y calidad, sin importar raza, color, religión, sexo, todos deben tener las mismas oportunidades de recibir esta educación, y para ello el estado debe proveer las condiciones como de infraestructura,
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