Accidente de trabajo, enfermedad ocupacional y riesgos laborales
Enviado por maguna • 1 de Marzo de 2022 • Tarea • 826 Palabras (4 Páginas) • 212 Visitas
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República Bolivariana de Venezuela
Universidad Central de Venezuela
Facultad de Odontología
Optativa: Higiene y Seguridad
Jamilet B. Peña M. C.I. 27.309.059 2do año, sección 01
Trabajo individual: Accidente de trabajo, enfermedad ocupacional y riesgos laborales
En la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo leer el artículo 69 y 70:
- Explicar con sus propias palabras cada artículo.
Artículo 69: se entiende por Accidente de Trabajo es cualquier evento que cause una lesión funcional o corporal, ya sea temporal o permanente, inmediata o posterior al evento, pudiendo causar la muerte o no, producida en el trabajador/trabajadora y que es ocasionada por una acción ocurrida en el lugar de trabajo. También se consideran accidentes de trabajo: Si la lesión interna es producida por un esfuerzo violento o causada por agentes físicos, mecánicos, químicos, biológicos, psicosociales. Si ocurre algún accidente por acto de salvamiento en relación al trabajo. Si el trabajador/ra sufre un accidente cuando se encuentre desempeñando su trabajo en organizaciones sindicales, así como en los trayectos o recorridos desde y hacia su centro de trabajo (recorrido habitual) o (recorrido por ejercer funciones dependiendo de su cargo) y sufra de algún accidente.
Artículo 70: Se define la Enfermedad Ocupacional como los estados patológicos que son adquiridos o agravados debido al trabajo o por la exposición al medio en el que el trabajador o trabajadora se encuentra al momento de trabajar, debido a la acción de agentes físicos y mecánicos, condiciones disergonómicas, meteorológicas, agentes químicos, biológicos, factores psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos enzimáticos o bioquímicos, trastornos funcionales o desequilibrio mental, temporales o permanentes. Se creerá como carácter ocupacional aquellos estados patológicos incluidos en la lista de enfermedades ocupacionales establecida en las normas técnicas de la presente Ley.
- Diferencia entre accidente de trabajo y enfermedad ocupacional.
Tenemos que el accidente de trabajo es un suceso que causa una lesión en el trabajador o trabajadora y esta se produce en manera inmediata en un momento puntual, en cambio, la enfermedad ocupacional son los estados patológicos generados de forma paulatina como consecuencia del trabajo o la exposición a ambientes laborales inadecuados diariamente. Aunque ambas ocurren en el sitio de trabajo o por causa del mismo se diferencian por el periodo de latencia.
- Definir riesgos y tipos de riesgos.
Podemos definir “riesgo” como la probabilidad de obtener un resultado desfavorable como consecuencia de la exposición a un evento que puede ser casual, fortuito o inseguro².
Los riesgos laborales son el conjunto de peligros existentes en una profesión y tarea profesional concreta, así como en el entorno o lugar de trabajo. Para que tengan esta consideración, estos deben ser susceptibles de originar accidentes o cualquier tipo de siniestros que puedan provocar algún daño o problema de salud tanto físico como psicológico para el individuo³.
Tipos de riesgos laborales:
- Riesgos laborales Físicos: Están relacionados con el ruido, las vibraciones, la iluminación insuficiente de los espacios, las radiaciones, así como, las temperaturas extremas. Es uno de los tipos de riesgos laborales más frecuentes y uno de los que más sufren los trabajadores en el lugar de trabajo especialmente en el sector secundario.
- Riesgos laborales Químicos: Es uno de los tipos de riesgos laborales más peligrosos ya que se produce por la exposición directa de procesos químicos. Podemos verlos en diferentes formatos (líquidos, sólidos, gases…). Para prevenir y evitar que ocasione daños graves en nuestra salud, es recomendable el uso de mascarillas y guantes de alta protección y delimitar las áreas de contaminación.
- Riesgos laborales Biológicos: Son enfermedades relacionadas con virus, bacterias, hongos, que podemos padecer debido al contacto directo con estos organismos. Si queremos prevenirlos, es crucial que la empresa aplique medidas de control estrictas en la materia y dote de los equipos necesarios para garantizar su protección.
- Riesgos laborales Ergonómicos: Posturas inadecuadas, levantamiento de peso o movimientos muy repetitivos, son causa directa de la mayor parte de los riesgos ergonómicos.
- Riesgos laborales Psico-sociales: Los más comunes son el estrés, la ansiedad, la monotonía, la fatiga. Para evitarlos, las organizaciones deben cumplir y respetar los horarios de descanso.
- Riesgos laborales Mecánicos: Normalmente, se ven reflejados en obras y fábricas. En ellas, el trabajador suele realizar sus funciones en altura y en ocasiones, también en superficies inestables. Es uno de los tipos de riesgos laborales que podemos evitar con mayor facilidad. Sólo es necesario llevar un control adecuado de las instalaciones y la maquinaria.
- Riesgos laborales Ambientales: No están bajo nuestro control, pero si podemos ser previsibles. Estamos hablando de fenómenos atmosféricos como las lluvias, las tempestades o las inundaciones, entre otros.
Referencias Bibliográficas:
- Venezuela. Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. Gaceta Oficial N.º 38.236, 26 de julio de 2005, artículo 69 y 70. Disponible en: https://www.medicinalaboraldevenezuela.com.ve/archivo/LOPCYMAT.pdf
- Identificación de los procesos peligrosos y los riesgos laborales. [Internet] Medicina Laboral de Venezuela. [Citado 2021 May 23] Disponible en: https://www.medicinalaboraldevenezuela.com.ve/riesgos_laborales.html
- Estos son los tipos de riesgos laborales que debes conocer. Escuela de Postgrado Industrial [Internet] 2020 [Citado 2021 May 23] Disponible en: https://postgradoindustrial.com/tipos-riesgos-laborales/
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