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Actividad 3 Derecho Empresarial 1


Enviado por   •  13 de Marzo de 2015  •  851 Palabras (4 Páginas)  •  1.195 Visitas

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Actividades Capitulo 3. Derecho Constitucional

Actividad 3.2 Instrucciones

Explique de manera General el contenido de la siguiente ley de carácter constitucional.

Ley de Orden Público,

El Orden público se puede definir, en términos comunes, como “Un conjunto de principios e instituciones que se consideran fundamentales en la organización social de un país y que inspiran su ordenamiento jurídico, La Ley de Orden Público fue emitida por el Congreso de la República el 30 de noviembre de 1965 como un instrumento para facilitar al Estado el manejo de situaciones derivadas del conflicto armado, que iniciaba por ese entonces.

La Ley Orden Publico, no afectara el funcionamiento de organismos del Estado y sus miembros gozaran siempre de las inmunidades y prerrogativas que les reconoce la ley; tampoco afectara el funcionamiento de los partidos políticos.

La Ley de Orden Publico establecerá las medidas y facultades que procedan, de acuerdo con la siguiente gradación:

a) Estado de prevención;

b) Estado de Alarma;

c) Estado de calamidad pública;

d) Estado de sitio; y

e) Estado de guerra.

Artículo 1º. Esta ley se aplicará en los casos de invasión del territorio nacional, de

Perturbación grave de la paz, de calamidad pública o de actividades contra la

Seguridad del Estado.

CAPITULO II

DEL ESTADO DE PREVENCIÓN

Tal como lo dispone el Artículo 151 de la Constitución de la República,

El Decreto de Estado de Prevención, no necesita de la aprobación del Congreso; su

Vigencia no excederá de quince días y durante ella podrá el Ejecutivo, tomar las

Medidas siguientes: Militarizar los servicios públicos, Limitar la celebración de reuniones al aire libre, Prohibir la circulación o estacionamiento de vehículos en lugares, zonas u

Horas determinadas,

CAPITULO III

DEL ESTADO DE ALARMA

Cuando el Ejecutivo decida decretar el estado de alarma, señalará el

Todo o parte del territorio nacional afectado por él, pudiendo restringir algunas o

Todas las garantías señaladas en el artículo 151 de la Constitución y durante su

Vigencia, el Ejecutivo podrá adoptar, además de las aplicables al estado de

Prevención, las medidas siguientes:

Intervenir el funcionamiento de los servicios públicos y de las empresas

privadas que los presten, para asegurar el mantenimiento de los mismos y

podrá, asimismo, exigir la cooperación de los empresarios y de sus

trabajadores para que no se interrumpa, Obligar a cualquier persona a que resida en determinado lugar; a que

permanezca en su residencia, Prohibir el cambio de domicilio o de residencia a las personas que prestaren

servicios de carácter público.

CAPITULO IV

DEL ESTADO DE CALAMIDAD PÚBLICA

Artículo 14. El Estado de calamidad pública podrá ser decretado por el Ejecutivo para

evitar en lo posible los daños de cualquier calamidad que azote al país o a

determinada región, así como para evitar o reducir sus efectos.

Artículo 15. El Presidente de la República podrá, en estos casos, tomar las medidas

siguientes:

Ordenar la evacuación

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