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Administración Privada de Fondo y Pensiones.


Enviado por   •  2 de Junio de 2016  •  Apuntes  •  2.339 Palabras (10 Páginas)  •  358 Visitas

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CAPITULO 1 – GENERALIDADES DEL SPP

LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL PERÚ:

Art 10° El estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona  a la seguridad social, para su protección frente a las contingencias y  para la elevación de su calidad de vida.

Art11° El estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y  a pensiones; asimismo el estado supervisa su eficaz funcionamiento.

Art12°  Los fondos y las reservas de la seguridad social son intangibles.

1. EL SPP

 - MARCO LEGAL D.Ley. N25897 vigente desde el 6 de diciembre 1992 y se refiere a la creación objeto y funcionamiento del sistema privado de administración de fondos y pensiones – SPP.

- OBJETO. Contribuir al desarrollo y fortalecimiento del sistema de  previsión social en el área de pensiones y debe ser desarrollado por el sector privado.

- FUNCIONAMIENTO. Los trabajadores se afilia a PROFUTURO (u otra AFP) y pagan sus aportes que ingresan al Fondo de Pensiones administrado por PROFUTURO, que invierte dichos fondos y las ganancias obtenidas se acreditan en la cuenta personal del trabajador, que es la base para otorgar los beneficios.

-CARACTERISTICAS.

  • Funciona bajo las modalidades de cuentas individuales de capitalización (CIC)
  • Es un sistema de ahorro previsional
  • El derecho a la propiedad sobre ese ahorro previsional.
  • El derecho a la libre elección para afiliarse.
  • Trasladar CIC a  otra AFP y a cambiarla de un fondo tipo a otro.
  • Derecho a constituir ahorros voluntarios, con o sin fin previsional.
  • La información permanente al afiliado, a la SBS, y al público en general.
  • El control permanente de las afp por parte de la SBS

2. LA SUPERINTENDENCIA:

El organismo rector del SPP es la Superintendencia de banca, seguros y administradoras privadas  de fondo de pensiones /  Superintendencia de banca, seguros y AFP (SBS)

Características.

  • Es una institución  constitucionalmente autónoma y con personería de derecho público.
  • Su objeto es proteger los intereses del público en el ámbito de los sistema financiero, se seguros y privado de pensiones (SPP.)
  • Utiliza un logotipo institucional
  • Tiene autonomía funcional económica y administrativa.
  • Domicilio legal en lima y puede establecer oficinas en cualquier otro lugar de la república.

ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES

  • Controlar  y supervisar la gestión de la AFP
  • Controlar las inversiones de los Fondos.
  • Velar por la seguridad y adecuada rentabilidad de las inversiones
  • Realizar auditorías  internas a la AFP
  • Evaluar el riesgo de los instrumentos financieros y determina límites de inversión.
  • Inspeccionar y sancionar a empleadores por incumplir normas del SPP.

REGLAMENTO DE SANCIONES.

La SBS impone las sanciones previstas en las normas legales

Personas naturales y jurídicas supervisadas por la SBS.

Accionistas, directores, gerentes trabajadores y demás representantes de las personas antes señaladas.

AGRAVANTES:

Ocultamiento de la infracción

Cometer la infracción para ejecutar u ocultar otra infracción

Beneficio de la infracción genera a favor del infractor o terceros.

LAS AFP

  • Administrar los Fondos bajo la modalidad de CIC, para los aportes voluntarios y obligatorios, y para otorgar las prestaciones de la ley.
  • Administrar los Fondos y su cartera administrada
  • Administras los fondos voluntarios para personas jurídicas
  • Administrar los riesgos de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio.

Las funciones básicas de una AFP son:

  • Afiliar trabajadores
  • Recaudar los aportes
  • Administrar el Fondo de pensiones (inversiones)
  • Informar la afiliado y a la SBS y al público en general
  • Registro contable por separado de los recursos de cada fondo que administra y de la AFP.

PROMOTORES DE VENTAS.

INFORMACIÓN AL AFILIADO Y AL PUBLICO EN GENERAL

El material informativo no puede contener elementos que :

  • Distorsionen el proceso de afiliación
  • La naturaleza de los fondos.
  • La naturaleza de los servicios que prestan.
  • Proporcionar información falsa.

Información que difunde la SBS

  • Información estadística oficial puede ser impreso o virtual en su página WEB
  • Boletín informativo semanal, mensual.
  • Boletín estadístico de la AFP y evolución del SPP
  • Comunicados mensuales de las principales variables del SPP
  • Memoria anual.

DOCUMENTOS PARA TRÁMITES EN EL SPP.

Todo tipo de trámites al interior del SPP, las AFP solo aceptan el DNI de afiliados y de sus beneficiarios.

 

CAPITULO 2 AFILIACIÓN Y TRASPASOS

AFILIACIÓN: Es la relación jurídica que se produce entre un trabajador y una AFP a través de la cual:

  • Se incorpora al SPP
  • Se reeincorpora al SPP o ejerce su derecho al traspaso de una AFP a otra.

La afiliación es:

  • Única        
  • Voluntaria
  • Personal
  • Indefinida otorga el derecho a cambio de  AFP

MODALIDADES DE AFILIACIÓN

incorporación la primera afiliación a una afp por parte de su trabajador

traspaso un trabajador manteniéndose en el spp, transfiere su cic y la administración de la misma de una a otra afp

reafiliación

TRABAJADORES QUE PUEDEN AFILIARSE

  • Puede afiliarse a la AFP los trabajadores dependientes (5ta categoría) e independientes (4ta categoría), que laboren en el Perú, cualquiera sea la naturaleza del trabajo que desempeñan, en el sector privado público.
  • Peruanos que laboren definitiva o temporalmente en el extranjero (independientes)
  • Extranjeros que laboren en el Perú

INICIO DE UNA RELACIÓN LABORAL

  1.  Obligación inicial del empleador.(el empleador dentro del plazo de 10 días, le solicitará por escrito al trabajador sus antecedentes previsionales, que elija una AFP o permanecer o incorporarse al SNP )
  2. Una persona que empieza a laborar por primera vez (podrá optar entre el SNP o SPP)
  3. Obligación del trabajador no afiliado (SE pueden quedar en el SNP o incorporarse al SPP)
  4. Cambio de un empleo de un trabajador afiliado (debe informar a su nuevo empleador, en un plazo no mayor a 10 días de iniciado la relación laboral, sobre sus antecedentes previsionales AFP y CUSPP )

CONTRATO DE AFILIACIÓN

CARACTERÍSTICAS (Contrato por adhesión): Es el acuerdo de voluntades entre el trabajador y la AFP, mediante el cuál aquél encarga a esta la administración  de su Fondo de Pensiones teniendo en consecuencia  derecho a las prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio.

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