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Enviado por   •  2 de Agosto de 2014  •  3.121 Palabras (13 Páginas)  •  282 Visitas

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ANTECEDENTES O ORIGEN DE SUDEBAN

la superintendencia de las instituciones del sector bancario (sudeban), fue creada a través de la ley de bancos de 1940. sustituyendo las funciones de vigilancia y revisión de la actividad bancaria que hacia hasta la fecha la fiscalía general del ministerio de fomento. es así, como nace el ente que vino a fiscalizar, inspeccionar y regular a la banca, casas de cambio y demás instituciones de carácter financiero.

entre los años 1949 y 1958 se produjo la mayor apertura de agencias bancarias en la historia financiera venezolana, con la que se incrementó el número de visitas de inspección a sesenta y cuatro por año, detectándose para ese momento como principal inconveniente el incumplimiento fiel del encaje legal mínimo exigido por el banco central de venezuela. al finalizar la dictadura en nuestro país, se produjeron hechos que alteraron el desarrollo del sistema financiero, de allí que la labor de la superintendencia de las instituciones del sector bancario(sudeban) fue determinante para encaminar hacia un buen destino a la banca.

la excesiva bonanza que presentó la economía venezolana puso en una difícil situación al sistema financiero, por lo que las autoridades bancarias decidieron poner en práctica las primeras medidas de emergencia venezolanas. un crítico cuadro de retiros masivos, compra de divisas y una notable disminución de depósitos, hizo temblar el piso financiero. para 1962 el sistema comenzó a dar signos de recuperación, luego del auxilio recibido por el banco central de venezuela. ya para 1965 el crecimiento de la banca venezolana registró un incremento en cuanto a instituciones, debido al desarrollo favorable de la economía presentado en esos años, respaldado por la aparición de nuevos productos de inversión y una mayor demanda crediticia. una nueva etapa inició la sudeban después de esta crisis marcada por la fuga de capitales y grandes desequilibrios macroeconómicos, que luego terminarían en intervenciones bancarias, situación propicia para la creación del fondo de garantías de depósitos y protección bancaria (fogade) el 20 de marzo de 1985.

UNIF

ANTECEDENTES DE LA UNIF:

Las Unidades de Inteligencia Financiera constituyen uno de los elementos fundamentales de las estrategias Estatales en la lucha contra la Legitimación de Capitales, el Financiamiento del Terrorismo y demás delitos económicos. Su importancia se remonta al final de la década de los ochenta cuando la comunidad internacional suscribió la Convención de Viena y se emitió la Declaración de Principios del Comité de Basilea.

Seguidamente, se creó el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), en la Reunión Cumbre del Grupo de los Siete celebrada en París en 1999, a fin de dar una respuesta internacional al problema que suscitaba la Legitimación de Capitales. Entre sus primeras tareas, se le asigna formular las medidas que los Gobiernos Nacionales deberían adoptar para aplicar programas eficaces en la lucha global contra la Legitimación de Capitales. A este Grupo se le atribuye el desarrollo de las “40 Recomendaciones” que proporcionaron el marco básico, con un enfoque universal orientado a la lucha en contra de la Legitimación de Capitales y con el tiempo estas Recomendaciones se han venido actualizando y adecuado a las nuevas tendencias del problema.

Venezuela adoptó las medidas legislativas pertinentes y recogió en la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas las acciones necesarias a ser aplicadas por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario en las Instituciones bajo su supervisión.

En 1993, la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras con fundamento en los principios de la política “Conozca su Cliente” emitió su primera Norma Prudencial sobre el tema, identificada con el N° 204-03, y crea la Oficina de Prevención de Legitimación de Capitales (OPLC) para supervisar su cumplimiento.

Posteriormente, tras revisar su estrategia en contra de la Legitimación de Capitales, reforma la OPLC y crea la Unidad Contra la Legitimación de Capitales (UCLC) a través de la cual desarrolla la Resolución N° 333-97 "Normas sobre Prevención, Control y Fiscalización de las Operaciones de Legitimación de Capitales Aplicables a los Entes Regulados por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario”. Con esta Norma la Sudeban logra adecuar los Procedimientos de Prevención y Control a los estándares internacionales establecidos en las “40 Recomendaciones del GAFI”.

La UCLC cumplió un importante papel como órgano de apoyo en las investigaciones realizadas por las autoridades nacionales e internacionales en la lucha global contra estos delitos y desarrolló una estructura de información que incluía los sistemas de reportes de transacciones financieras y operaciones sospechosas, los cuales estaban adecuados a los requisitos exigidos por el Grupo Egmont (EG) para crear una Unidad de Inteligencia Financiera.

La Sudeban inició los trámites para que esta UCLC se desempeñara como el organismo nacional, central del país (Unidad de Inteligencia Financiera), para satisfacer los estándares internacionales. En junio de 1998 la Unidad asume el rol de “Unidad Nacional de Inteligencia Financiera (UNIF)”. Sus sistemas de información fueron evaluados por misiones del FinCen de los Estados Unidos de América y del SEPBLAC de España, quienes promovieron la candidatura de Venezuela para su ingreso al Grupo Egmont en la Reunión Plenaria de los Grupos de Trabajos celebrada en Bratislava, Eslovaquia, en mayo de 1999.

En octubre de 2001, la UNIF actualiza las normas a través de la Resolución 185-01, "Normas sobre Prevención, Control y Fiscalización de las Operaciones de Legitimación de Capitales Aplicables a los Entes Regulados por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras” y en noviembre de este mismo año, fue creada con rango de Ley, según Decreto 1.526 con Fuerza de Ley de Reforma de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras.

Sin embargo, como consecuencia de la aprobación de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada (LOCDO), publicada en Gaceta Oficial N° 5.789 Extraordinario del 26 de octubre de 2005 y de la 3ra. Evaluación Mutua que llevo a cabo el Grupo de Acción Financiera del Caribe (GAFIC) a la República Bolivariana de Venezuela, se actualizó la Normativa Prudencial mediante la Resolución 119-10 “Normas relativas a la Administración y Fiscalización de los Riesgos relacionados con los Delitos de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo aplicables a las Instituciones reguladas por la Superintendencia de las Instituciones

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