Antecedentes Historicos
Enviado por esme_92 • 6 de Octubre de 2012 • 928 Palabras (4 Páginas) • 473 Visitas
UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO
CAMPUS CELAYA-SALVATIERRA
DIVISIÓN DE CIENCIAS DE LA SALUD E INGENIERÍAS
LICENCIATURA EN ENFERMERÍA Y OBSTETRICIA
ENFERMERÍA INFANTIL
LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS
E.L.E.O. TOLEDO MARTÍNEZ JESSICA
E.L.E.O. GARCÍA GARCÍA EDGAR EMMANUEL
M.C.M. MARÍA DE LOURDES GARCÍA CAMPOS
Celaya, Gto. Octubre de 2012
DERECHOS DE LOS NIÑOS
DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS EL 20 DE NOVIEMBRE DE 1959
La Convención sobre los Derechos del Niño fue adoptada por la Asamblea de las Naciones Unidas en noviembre de 1989. Ha sido ratificada por 191 países, convirtiéndose en el primer tratado internacional de derechos humanos con una aprobación casi universal.
A finales de 1989 la ONU aprobó la convención de los derechos del niño, que tiene por objeto fundamental garantizar la sobrevivencia de las niñas y los niños y responsabilizar a los gobiernos y a la sociedad del respeto a los derechos y dignidad de las niñas y niños del mundo.
Estos derechos giran en torno a la alimentación, la salud, la educación, el vestido, la vivienda, el afecto, el respeto, el recreo, la identidad y la nacionalidad.
PRINCIPIO 1
El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
Los Derechos del Niño son para TODOS los niños.
PRINCIPIO 2
El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.
Es decir: Las leyes deberán garantizar la protección para el desarrollo integral del niño atendiendo fundamentalmente a su interés superior.
PRINCIPIO 3
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
PRINCIPIO 4
El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social.
Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal.
El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
Resumiendo: La sociedad debe brindar al niño los medios necesarios para que goce de buena salud aún antes de su nacimiento.
PRINCIPIO 5
El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
Los niños con cualquier tipo de discapacidad deben ser especialmente atendidos en todas sus necesidades.
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