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Enviado por andres747757 • 20 de Septiembre de 2015 • Biografía • 316 Palabras (2 Páginas) • 175 Visitas
negativo al evaluado, de acuerdo a lo contemplado en la ley 1015 de 2006, en su art.34 numeral 27, FALTA GRAVISIMA “Ausentarse del lugar de facción o sitio donde preste su servicio sin permiso o causa justificada” al ser sorprendido por el señor comandante de estación retirado de su lugar de facción a 100 metros aproximadamente, sin tener distancia de vista, a las vías que ingresan al municipio, teniendo este lugar de facción la funcionalidad de puesto de avanzada para preservar la seguridad de las instalaciones y la población civil, igualmente por estar catalogado el municipio como zona de orden público y con su actuar puso en riesgo su integridad y la de los demás policiales de la estación e incumplió las órdenes y consignas emitidas por el comando de estación y jefe de turno en cuanto a la seguridad operacional, ley 1015 de 2006, en su art.35 numeral 10, “ Incumplir, modificar, desautorizar, eludir, ejecutar con negligencia o tardanza, o introducir cambios, sin causa justificada, a las órdenes o instrucciones relativas al servicio” observando así la irresponsabilidad e indisciplina durante el mismo; De igual manera se le recuerda que si continúa con estos comportamientos puede verse inmerso en investigaciones tanto disciplinarias como las descritas en el código penal militar así: ARTÍCULO 124. ABANDONO DEL PUESTO. El que estando de facción o de servicio abandone el puesto por cualquier tiempo, se duerma, se embriague o se ponga bajo los efectos de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, incurrirá, en arresto de uno (1) a tres (3) años. ARTÍCULO 131. DELITO DEL CENTINELA. El centinela que se duerma, se embriague o se ponga bajo los efectos de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, o falte a las consignas especiales que haya recibido, o se separe de su puesto, o se deje relevar por quien no esté legítimamente autorizado, incurrirá en arresto de uno (1) a tres (3) años.
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