CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANO
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5: Legislación sobre seguridad e higiene.
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANO.
ARTICULO 123
Fracción XIV: Los empresarios serán responsables de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridos con motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten; por lo tanto, los patrones deberán pagar la indemnización correspondiente, según que haya traído como consecuencia la muerte o simplemente incapacidad temporal o permanente para trabajar, de acuerdo con lo que las leyes determinen. Esta responsabilidad subsistirá aún en el caso de que el patrón contrate el trabajo por un intermediario.
Fracción XV: El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de la negociación, los preceptos legales sobre Higiene y Seguridad en las instalaciones de su establecimiento y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las maquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como de organizar de tal manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores, y del producto de la concepción, cuando se trate de mujeres embarazadas. Las leyes contendrán al efecto, las sanciones procedentes en cada caso.
Fracción XXXI: También será competencia exclusiva de las autoridades federales, la aplicación de las disposiciones de trabajo en los asuntos relativos obligatorios de los patrones en, materia de seguridad e higiene en los centros de trabajo, por lo cual las autoridades Federales contaran con el auxilio de las estatales, cuando se trate de ramas o actividades de jurisdicción local, en los términos de la ley reglamentaria correspondiente.
Ley federal del trabajo:
La ley federal del trabajo son disposiciones legales que regulan las relaciones obrero patronal, es decir, donde se especifica lo que tienes que hacer como trabajador y a que tienes derecho, y lo mismo respecto a lo que tu jefe le toca hacer. En esta ley se protegen las garantías individuales del hombre y se dejan muy claro que no se pueden establecer distinciones en los trabajadores por motivo de raza, sexo, edad, religión, condición social. El trabajador esta consagrado en la ley como un derecho y un deber social, en este se exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguran la vida, la salud y un nivel económico para el trabajador y la familia.se entiende por trabajo a toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio. En términos sencillos, para el trabajador en esta ley se habla de las cosas alas que tiene derecho al establecer una relación laboral, como un salario bien remunerado, seguridad social, prestaciones, así como de sus obligaciones con el patrón cumplir con sus horarios y días de trabajo establecidos. La presente ley es de observancia general en toda la república y rige las relaciones de trabajo comprendidas en el artículo 123 de la constitución.
Articulo 473- Riesgos de Trabajo: son los accidentes y enfermedades
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