Caracteristica Del Arbitaje
Enviado por • 27 de Abril de 2014 • 425 Palabras (2 Páginas) • 263 Visitas
ROCEDIMIENTO ARBITRAL
Si bien es cierto que el arbitraje es producto del consentimiento de las partes que optan por recurrir al arbitraje en lugar de ir al poder judicial, sin embargo pueden pactar las normas por las que trascurrirá el proceso, ya sea en forma directa mediante reglas a las que deben ceñirse los árbitros, o en forma indirecta en que las reglas del procedimiento las emite la institución arbitral a las que las partes se someten, tan bien las partes pueden encomendar a los propios arbitras elaborar las reglas el procedimiento.
La caracteriza su mayor flexibilidad e informalidad, sin imponerse pautas rígidas a los árbitros en que estos deben actuar con cierta libertad, sin la rigidez de un proceso judicial, manteniendo la igualdad entre las partes, posibilidad de ser escuchados y derecho a una solución verdaderamente justa.
BRICEÑO SERRA, comenta: que la situación del local elegido como sede del arbitraje propicia la instantánea percepción de intenciones y el rápido conocimiento de la voluntad de las parte, facilitando los interrogatorios, aclaraciones, resúmenes de cosas y documentos, como mayor marco para que las partes presenten conclusiones y los árbitros valoren elementos y razonamientos que les sean expuestos.
Nuestra ley prescribe como norma de principio que las partes pueden pactar el lugar y las reglas a las que se sujete el proceso correspondiente que tenga establecida la institución arbitral a quien recomienda su organización.
A falta de acuerdo, dentro de los diez días siguientes a la aceptación del árbitro único o del último de los árbitros, estos deciden el lugar y las reglas del proceso del modo que consideren mas apropiado, atendiendo a la conveniencia de las partes.
La decisión será notificada a las partes; durante el proceso arbitral deberá tratarse a las partes con igualdad y darle a cada uno de ellos plena oportunidad de hacer valer sus derechos (Art. 33, ley 26572).
La ley prevé un procedimiento supletorio (Art. 34, ley 26572), por lo cual se establece el siguiente tramite:
* La parte que formula su pretensión ante los árbitros lo hará dentro de 8 días de notificado la instalación del Tribunal Arbitral debiendo ofrecer pruebas.
* Citar al demandado para que dentro de 8 días, manifieste que convenga a su derecho y ofrezca la prueba correspondiente.
* Los árbitros citaran a las partes a audiencia de conciliación a fin de proporcionar un arreglo entre ellas o aclarar la existencia de hechos controvertidos.
* Los medios probatorios se actúan en una o más audiencias en un plazo que no excederá de 15 días.
* Producida la prueba los árbitros pueden solicitar a las partes un alegato escrito.
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