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Características del Derecho mercantil


Enviado por   •  24 de Enero de 2013  •  Informe  •  538 Palabras (3 Páginas)  •  407 Visitas

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Características del Derecho mercantil

Hay cinco características definitorias básicas:

* Es un Derecho profesional, creado y desarrollado para resolver los conflictos y la actividad propia de los empresarios.

* Es un Derecho individualista; al ser una parte del Derecho privado que regula las relaciones entre particulares y por lo tanto deja de lado aquellas relaciones jurídicas en las cuales intervienen los poderes públicos.

* Es un Derecho consuetudinario ya que, a pesar de estar codificado, se basa en la tradición, en la costumbre de los comerciantes.

* Es un Derecho progresivo. Al mismo tiempo que evolucionan las condiciones sociales y económicas el Derecho mercantil ha de ir actualizándose.

* Es un Derecho global o internacionalizado; las relaciones económicas cada vez son más internacionales por lo que este Derecho ha tenido que hacerlo también, para lo cual diversos organismos trabajan en su normativización internacional. Así, tenemos a UNCITRAL, de las Naciones Unidas; UNIDROIT y la Cámara de Comercio Internacional de París que desarrolla los Incoterm (cláusulas que con carácter internacional se aplican a las transacciones internacionales), la Asociación Legal Internacional y el Comité Marítimo Internacional.

* En España presenta una gran dispersión normativa, una notoria obsolescencia en muchos aspectos (especialmente en materia de regulación societaria, en materia de contratación mercantil y en materia de navegación comercial) y una patológica deficiencia de técnica legislativa[cita requerida]. Actualmente se intenta reformar esta rama del Derecho: el Derecho Concursal ya fue actualizado y optimizado en 2003 (de forma eficiente, siendo una excepción) y el Derecho societario se encuentra en proceso (la nueva Ley de Sociedades de Capital, teóricamente de "carácter transitorio", según su Exposición de Motivos, tiende a adaptarse a la realidad de las relaciones societarias, especialmente respecto a los pactos parasociales).

[editar] Fuentes

Llamamos fuentes del Derecho mercantil a todo aquello que se origina en su aspecto objetivo de norma o regla obligatoria de conducta y constituye, por lo tanto, el modo o forma especial como se desarrolla y desenvuelve esa rama del Derecho. Pueden ser fuentes del Derecho Mercantil:

* La ley: el Derecho Mercantil es Derecho Positivo, ergo se regula con disposiciones de carácter normativo (leyes, reales decretos, reales decreto legislativos, etc.). Es una rama del Derecho Privado Común, por lo que en el caso de ausencia de una norma específica y siendo imposible aplicar analógicamente una disposición del propio Derecho Mercantil para completar una laguna, regirá el Derecho común, que en este caso es el civil.

* La costumbre: es la repetición

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