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Constituyendo el Consejo de Vigilancia, el órgano de control interno de las actividades económicas


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2015  •  Biografía  •  869 Palabras (4 Páginas)  •  136 Visitas

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Introducción

Constituyendo el Consejo de Vigilancia, el órgano de control interno de las actividades económicas de la institución que, sin injerencia e independiente de la administración, ejecuta sus funciones, durante el presente periodo ha enfocado su accionar de conformidad a lo que establece el numeral 7 del artículo 38 del Reglamento a la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y presenta a la Asamblea General el informe de actividades correspondiente al año 2014.

Actividades realizadas

Las actividades que se han realizado durante este periodo se encuentran basadas en las funciones y atribuciones que se detallan en la ley, el Consejo de Vigilancia ha sesionado dos veces al mes en reuniones ordinarias y extraordinarias, para revisar y controlar las actividades económicas de la institución, para lo cual exponemos a continuación el trabajo realizado:

  • El Consejo de Vigilancia ha priorizado en sus funciones el análisis a los estados financieros e informes económicos mensuales, mediante lo cual se ha analizado y verificado que la contabilidad de la institución se maneja en base a la aplicación de las leyes y reglamentos, emitidos por los organismos de control y que los estados financieros presentan razonabilidad en los mismos.

Adicionalmente se ha determinado que la institución se manejó en un rango de prudencia de crecimiento, precautelando la liquidez y solvencia financiera.

  • En razón de contratar la firma de auditoría externa para el examen a los estados financieros 2014, se puso en consideración de la Asamblea General de socios, la terna donde se eligió a la firma de auditoría Marcelo Morillo, además se ratifico en funciones al Auditor Interno para el periodo 2014.
  • Hemos conocido mensualmente las resoluciones tomadas por el Consejo de Administración las mismas que guardan concordancia con las actividades realizadas por la institución.
  • Se ha verificado el adecuado cumplimiento de las recomendaciones emitidas por la Auditoria Interna, Externa y de los Entes de Control, trimestralmente en base a los informes presentados por la Unidad de Auditoría Interna.
  •  Permanentemente, se ha analizado los informes emitidos por el Comité de Administración Integral de Riesgos, para determinar si la institución podría verse afectada en algún riesgo interno o externo.
  • De igual manera el conocimiento mensual de los informes emitidos por el Comité de Cumplimiento ha permitido conocer y analizar las actividades que se realizan en observancia a la ley para la prevención de lavado de activos y terrorismo.
  • Por otro lado como un aporte a las labores diarias  que se realizan en la cooperativa,  conjuntamente con los señores miembros del Consejo de Administración se realizaron reuniones de trabajo en cada una de las oficinas que mantiene la institución en las provincias de Chimborazo, Pichincha y Azuay, con la finalidad de recoger el sentir de cada oficina y mejorar procedimientos u operaciones que pueden beneficiar el servicio a cada uno de los socios, base fundamental de la institución.
  • Finalmente hemos participado activamente en diferentes actos institucionales, en beneficio de los socios y la colectividad, así mismo sabiendo que la capacitación es una política preponderante para el cumplimiento de las funciones en la Cooperativa, la presidencia del Consejo de Vigilancia participo en los cursos de capacitación

Conclusiones:

En conclusión podemos manifestar que la Cooperativa de Ahorro y Crédito Riobamba Ltda. mantiene un adecuado sistema de control interno lo cual se evidencia en los informes de Auditoría Interna y Externa;  los Estados Financieros se presentan de manera razonable, cumpliendo con las normas, políticas y procedimientos legales vigentes.

Podemos afirmar que no se ha determinado ningún riesgo que pueda afectar a la Institución considerando que se encuentran debidamente administrados, de igual manera la pericia con la cual se maneja la normativa en relación a lavado de activos,  nos permite ratificar que la institución no ha incurrido en operaciones que tengan relación con actividades ilícitas provenientes del lavado de dinero.

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