Control 1
Enviado por Floreria Del Sur Osorno • 4 de Agosto de 2015 • Tarea • 325 Palabras (2 Páginas) • 211 Visitas
Conceptos Básicos de la Administración
Felipe Zúñiga Hernández
Legislación
Instituto IACC
28.06.2015
CASO
El trabajador Sr. Marco del Pino Cuadrado siempre ha desarrollado labores en el área de la construcción como maestro pintor. Casado con la Sra. Ingrid Morales, es padre de 4 hijos, todos ellos menores de edad (cargas familiares del trabajador), además su sueldo imponible mensual alcanza la suma de $ 400.000. El trabajador sufre un accidente laboral incapacitante con un 75% de lesión física, sin dependencia de un tercero.
Responda: ¿Cuál será la prestación económica que el trabajador recibirá?
Fundamente su respuesta en base al cálculo, tomando como referencia las tablas expuestas en el contenido de la semana.
Desarrollo :
Respondiendo al caso presentado para el control número uno, de esta semana donde el Sr Marco del Pino sufre un accidente laboral. Primero me abocare a lo que se interpreta en la ley 16.744 la cual establece " Normas sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales".
En el Titulo II, texto citado en el artículo 5 establece por accidente laboral lo siguiente:
Para los efectos de esta ley se entiende por accidente de trabajo toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.
Marco del Pino sufrió un accidente incapacitante con un 75% de lesión física sin estar involucrado ninguna persona en el suceso. Por lo tanto en la tabla de contenidos visto en la semana uno se definiría como :
INCAPACIDAD | % LESIÓN | PRESTACIÓN ECONOMICA | MONTO | SUPLEMENTO |
Invalides Totales | 75 | Pensión | 70 % del sueldo base imponible | 4 hijos carga familiar 5% por cada uno. |
Para calcular lo que el sr Marco del Pino, debería recibir como pensión realizo el siguiente calculo.
Sueldo Imponible $ 400.000
Pensión Invalides totales 70 %
4 hijos 5% por c/u. igual 20%
Porcentaje total 90 %
400.000 x 90% = $ 360.000 a recibir como pensión producto del accidente laboral incapacitante.
El respectivo pago reevaluación y revisión de las incapacidades permanentes quedan a exclusiva competencia de el COMPIN.
Bibliografía
- Contenidos de la semana 1
- Ley 16.744
...