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Cuestionario De Procesal Penal Venezolano


Enviado por   •  2 de Marzo de 2014  •  18.817 Palabras (76 Páginas)  •  649 Visitas

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TEMAS PARA EL REPARATORIO FINAL DEL TRIMESTRE. De procesal penal.

Cuestionario procesal penal.

1.) ¿Qué sistema procesal penal acoge Venezuela?. Y explíquelo.

2.) ¿Que es el debido proceso, y nombre cada uno de ellos. Y su articulado.

3) ¿Explique la teoría general de la protección constitucional, y cuáles son los artículos que protegen. los derechos humanos (DDHH) en la CRBV.?

4) ¿Cómo se inicia un proceso penal.?

5) ¿Cuáles son los delitos de un acto?.

6) ¿. Diga el concepto de antijuridicidad?.

Es lo contrario a Derecho, radica en la violación del valor o bien protegido a que se contre el tipo penal respectivo.

7) ¿Mencione las clases de antijuricidad?

Antijuricidad material: es propiamente lo contrario a derecho, por cuanto hace a la afectación genérica hacia la colectividad.

8) ¿Antijuricidad formal: es la violación de una norma emanada del estado?.

Diga el concepto de la culpabilidad.

En el más amplio sentido, es el conjunto de presupuestos que fundamentan la irreprochabilidad personal de la conducta antijurídica.

Es la relación directa que existe entre la voluntad y el consentimiento del hecho de la conducta realizada. Para Vela Treviño, la culpabilidad es el elemento subjetivo del delito y el eslabón que asocia lo material del acontecimiento típico y antijurídico con la subjetividad del autor de la conducta.

¿Cuáles son las causas de justificación o de licitud, que excluyen la imputación de la conducta?

9) ¿Legítima defensa: consiste en repeler una agresión real actual o eminente y sin derecho, sobre bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista esa necesidad?.

Estado de necesidad: Que resulta en obrar por la necesidad de salvaguardar un bien jurídico propio o ajeno, respecto a un peligro real, actual o inminente.

Cumplimiento de un deber: Consiste en causar un daño en forma legitima en cumplimento de un deber jurídico, siempre que exista necesidad racional del medio empleado

Ejercicio de un derecho: Es causar un daño cuando se obra de forma legitima, siempre que exista necesidad racional del medio empleado, en esta eximente el daño se causa en virtud de ejercer un derecho derivado de una norma jurídica o de otra situación como el ejercicio de una profesión, de una relación familiar, etc.

Consentimiento del titular del bien jurídico afectado: se actué con el consentimiento del titular del bien jurídico afectado, siempre que se llenen los siguientes requisitos: a) que el bien jurídico sea disponible, B) que el titular del bien tenga la capacidad jurídica para disponer libremente del mismo y C) Que el consentimiento sea expreso o tácito y sin que medie algún vicio o bien, que el hecho se realice en circunstancias tales que permitan fundamenten presumir que, debe hacerse consultando al titular, este hubiese otorgado el mismo.

10) ¿Cuándo se presume la legitima defensa?

Se presumirá que concurren los requisitos de la Legítima defensa, salvo prueba en contrario, respecto de aquel que cause un daño a quien a través de la violencia, del escalamiento o por cualquier otro medio trate de penetrar, sin derecho, a su hogar, al de su familia, a sus dependencias o a los de cualquier persona que tenga el mismo deber de defender o al sitio donde se encuentren bienes propios o ajenos, respecto de los que tenga la misma obligación. O bien lo encuentre en alguno de aquellos lugares en circunstancias tales que revelen la posibilidad de una agresión.

11) ¿Hasta dónde se extiende la legitima defensa?

En un principio de la Legitima Defensa sólo contempla la defensa de la vida o de la integridad física. Pero posteriormente se tomó en cuenta la defensa de todos los derechos establecidos en los códigos, en el Código Penal Federal vigente se encuentra la Institución de la Legítima Defensa dentro de su fracción IV. Como podemos observar los legisladores actuales han extendido el derecho de defensa a todos los bienes jurídicos ya sean propios o de terceros. Es evidente que se puede defender a toda persona humana. El problema comienza a complicarse si se entiende que la capacidad de defensa debe coincidir con la capacidad jurídico penal de la imputabilidad, o es independiente de modo que el enajenado o el menor pueda validamente defenderse.

12) ¿Cuáles son los elementos esenciales de la legitima defensa?

Siendo así podemos determinar que los elementos esenciales de la Legítima Defensa son: Una agresión injusta, Un peligro de daño derivado de ella, y Una defensa o acción de repeler dicha agresión.

13) ¿Qué es el delincuente para el derecho penal?

Es considerado por el Derecho Penal como una persona cuya responsabilidad jurídica está compuesta por la lesividad del acto cometido y por la actitud interna que lo condujo a obrar de tal modo.

14)¿Cuáles son las formas de culpabilidad?

La culpabilidad reviste dos formas; dolo y culpa, según el agente dirija su voluntad consciente a la ejecución del hecho tipificado en la ley como delito, o cause igual resultado por medio de su negligencia o imprudencia. Se puede delinquir mediante una determinada intención delictuosa (dolo), o por descuidar las precauciones indispensables exigidas por el estado para la vida gregaria (culpa).

15) ¿Qué es la culpa?

Existe culpa cuando se obra sin intención y sin la diligencia debida, causando un resultado dañoso, previsible y penado por la ley, actúa culposamente quien infringe un deber de cuidado que personalmente le incumbe y cuyo resultado puede prever. Consideremos que existe culpa cuando se realiza la conducta sin encaminar la voluntad a la producción de un resultado típico, pero éste surge a pensar de ser previsible y evitable, por no ponerse en juego, por negligencia o imprudencia, las cautelas o precauciones legalmente exigidas. Por ser necesaria la conducta humana para la existencia del delito, ella constituirá el primer elemento; es decir, un actuar voluntario, positivo o negativo, en segundo término, que esa conducta voluntaria se realice sin las cautelas o precauciones exigidas por la ley; tercero, los resultados del acto han de ser previsibles y evitables y tipificados penalmente; por último, precisa una relación de causalidad entre el hacer o no hacer iniciales y el resultado no querido.

16) ¿Cuáles son los elementos de la culpa?

Los elementos de la culpa son los siguientes:

a) Una conducta positiva o negativa;

b) Ausencia de cuidados o precauciones exigidas por la norma jurídico-penal;

c) Resultado típico, previsible, evitable, no deseado; y,

d) Una relación causal entre la conducta y el resultado.

16) ¿Mencione la clasificación de la

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