DERECHO A L A V I D A
Enviado por MicalAsir • 27 de Marzo de 2013 • Tesis • 3.568 Palabras (15 Páginas) • 285 Visitas
INDICE
INTRODUCCIÓN
1. PRIMERAS P R E C I S I O N E S ACERCA D E L DERECHO A L A V I D A
2. ¿FRENTE A QUÉ I N S TA N C I A S S E I N V O C A E L DERECHO A L A
V I D A?
3. LA T I T U L A R I D A D D E L DERECHO A L A V I D A Y S U CARÁCTER
PROBLEMÁTICO
4. DERECHO A L A V I D A Y D I G N I D A D HUMANA
5. UNA C U E S T I Ó N CONTROVERT I D A: D E R E C H O A L A V I D A Y
PENA D E MUERT E
INTRODUCCIÓN
Entre los bienes jurídicamente
protegidos se destaca
el de la vida, derecho
básico y condición de posibilidad
para el goce de los demás
derechos y libertades. El objetivo
de este ensayo es aclarar el
sentido y alcance de este derecho,
al igual que las razones morales
que hacen de él un derecho prioritario
y fundamental. El texto comienza
explicando lo que significa
transformar la vida en un derecho,
precisa el sentido en que esto
se hace posible y explica sus alcances
identificando tres ámbitos
de aplicación. Una vez asumida la
dignidad humana como el fundamento
del derecho a la vida, se
intenta mostrar que este derecho
es absoluto, inviolable, imprescriptible
y, en principio, inalienable,
pese a que, como se verá, en
algunos casos excepcionales este
principio puede verse afectado. El
ensayo concluye con el análisis de
una cuestión controvertida relacionada
con el derecho a la vida:
la pena de muerte. Sin pretensio-
nes de agotar un tema tan complejo, el ensayo espera aclarar lo que
implica asumir que existe un derecho a la vida.
EL DERECHO
A LA VIDA
GRUPO PRAXIS
Universidad del Valle - Cali
ENSAYO
1. ANTECEDENTES HISTÓRICOS
La historia en sentido estricto de los Derechos Humanos -y del
derecho a la vida- empieza con la modernidad (del siglo XVII en adelante),
una época caracterizada -entre otras cosas- por el despliegue
de la individualidad libre, que reivindica un espacio autónomo frente a
las ataduras propias de épocas anteriores y quiere ser reconocida en
su valor y dignidad. La noción de derechos subjetivos entre ellos el
derecho a la vida, surge precisamente en este contexto político y cultural,
para reconocer y proteger la facultad de obrar y ser de sujetos
individuales y concretos. El derecho subjetivo se transforma en una
especie de privilegio legal o posesión para el individuo al cual se le
atribuye, puesto que en principio los derechos eran considerados como
atributos de determinadas personas, no de todas. Pero de manera paulatina,
gracias también a la noción de ley natural entendida como la ley
moral universal, se llegaron a concebir estos derechos como una prerrogativa
directamente vinculada con la naturaleza humana, y por consiguiente
como un atributo de todo ser humano. La gran revolución
del siglo XVII fue precisamente la utilización del lenguaje de los derechos,
en el sentido de derechos subjetivos, para reivindicar una dignidad
o valor intrínseco inherente a todos los hombres, y para proteger
como "derechos naturales" a bienes básicos como la vida o la libertad.
Pero, ¿fue realmente un cambio significativo el hecho de que se
comenzara a hablar de un derecho natural universal a la vida, como lo
hace, por ejemplo Jhon Locke (1632-1704)? A primera vista no, pues la
concepción del derecho natural -desde sus primeras formulaciones en
los estoicos y cristianos de los primeros siglos, hasta las más acabadas,
propias del Medioevo, como la de Tomás de Aquino (1225-1274)-
ya condenaba la agresión contra la vida de un inocente como un grave
atentado contra la ley natural. Sin embargo, a pesar de que la protección
de la vida desde la óptica de los derechos naturales o desde la
perspectiva de la ley natural que condena el homicidio, parezcan tener
efectos similares, el hecho de que la forma ya no sea la de un sujeto
que está bajo la ley, sino que posee un derecho, cambia el sentido de
todo, porque el sujeto se coloca en un lugar distinto: no es simplemente
el destinatario de una ley a la que tiene que obedecer, sino el
poseedor de un derecho o prerrogativa que impone obligaciones a los
demás. De esta manera el sujeto se convierte en el protagonista, para
establecer y darle fuerza a la protección a la que se refiere el derecho.
Desde el inicio de la modernidad, hablar en términos de Derechos
Humanos universales, liga el respeto de la vida y de la integridad con
la noción de autonomía, para configurar lo que va a ser considerado
como la dignidad del ser humano individual. Se
puede decir que la vida fue lo primero que surgió
como un derecho primordial, desde que comenzó
a hablarse de derecho natural como derecho subjetivo,
precisamente por ser la condición de posibilidad
de los demás derechos.
Pareciera también que, tan pronto como se
hizo indispensable definir los derechos universales,
se hizo igualmente necesario elevar la vida a
la categoría de un título inderogable e imprescriptible
y establecer el compromiso de protegerlo, por
parte del Estado y sus instituciones. Esto, al menos,
podría desprenderse del hecho que la vida
haya merecido un reconocimiento solemne y explícito
en la Declaración de Derechos del buen pueblo
de Virginia del 12 de junio de 1776. Así mismo,
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