Derecho subjetivo y derecho objetivo.
Enviado por lizzaquintal • 31 de Enero de 2015 • Informe • 429 Palabras (2 Páginas) • 290 Visitas
Derecho subjetivo y derecho objetivo.
Se puede definir el derecho objetivo como un conjunto de normas o de reglas de conductas, que tienen un carácter imperativo. Sin embargo haremos mención de definiciones de diferentes autores, para tener como referencia varios puntos de vista sobre tal concepto.
El derecho objetivo, según la definición que nos proporciona Rafael pina “es el conjunto de normas que forman el sistema jurídico positivo”. 1
En cuanto a Manuel Bejarano Sánchez, “el derecho objetivo no tiene otra connotación precisa que alude a las normas jurídicas, cuya especie más importante, las leyes, son reglas de conducta que deben ser respetadas y se imponen a todos los seres humanos por decisión ajena y de ser necesario mediante el uso de la fuerza.”2 Estas normas tendrán el carácter de generales y coercibles.
Por último pero no menos importante, en cuanto a la definición de derecho subjetivo, haremos mención de la definición que nos proporciona el jurista mexicano Óscar Morineau que concibe al derecho objetivo como “la norma bilateral que regula la conducta” 3
Ahora pasaremos a definir el derecho subjetivo, este se pude entender como la autorización de la conducta hecha por la norma, a un sujeto. Es decir es la facultad que la norma o el ordenamiento jurídico le brinda a las personas para que en su contexto, esta actúe de manera más conveniente a la hora de satisfacer sus necesidades e intereses pero siempre teniendo en cuenta los límites que esta señala.
Manuel Bejarano Sánchez define el derecho subjetivo como “la facultad de alcanzar algo, o como poder obrar y conseguir un resultado”.4
En el derecho subjetivo podemos encontrar dos elementos: A) la posibilidad de querer y de obrar y B) la posibilidad de exigir el respeto de los demás.
En conclusión podemos decir que el derecho subjetivo no es más que el derecho para poder cumplir un deber.
Ahora que ya tenemos la definición tanto de derecho subjetivo y derecho objetivo, podemos hacer una distinción que se podría simplificar en estos dos puntos:
• En primer lugar el derecho norma es el lado objetivo, y el derecho de potestad es el lado subjetivo.
• El derecho subjetivo es la facultad de los individuos y entidades para poder actuar de acuerdo con la norma y el derecho objetivo es el actuar de forma autónoma de acuerdo con la norma.
Y como último punto plantearemos la relación existente entre el derecho subjetivo y del derecho objetivo, la cual recae en que los derechos subjetivos tienen por causa el derecho objetivo. De este provienen todos aquellos: las normas nos conceden facultades.
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