ELABORE UN ESQUEMA ACERCA DEL ALCANCE Y APLICABILIDAD DEL DERECHO EXTRANJERO
Enviado por MARI0714 • 25 de Abril de 2017 • Tarea • 1.505 Palabras (7 Páginas) • 753 Visitas
- ELABORE UN ESQUEMA ACERCA DEL ALCANCE Y APLICABILIDAD DEL DERECHO EXTRANJERO.[pic 1]
Naturaleza del derecho extranjero aplicable.
La naturaleza del derecho extranjero: esto es, saber si el mismo es un derecho o por el contrario tiene naturaleza fáctica, es decir, un hecho. La naturaleza o la calidad del derecho extranjero, esto es, saber si el mismo es un derecho o tiene naturaleza fáctica, es decir, si es un hecho. Las primeras son las denominadas teorías normativas, juristas, y las segundas, realistas, vitalistas.
Considera que el derecho extranjero no pierde su naturaleza normativa por la circunstancia de la extraterritorialidad, por lo tanto se aplica como un derecho y como extranjero. Este derecho no difiere en cuanto a su naturaleza de la ley nacional. La ley extranjera se aplica cuando la ley nacional lo dispone y conservara siempre su carácter de tal y no se incorporara a la ley nacional.
Conciben al derecho extranjero como un hecho, naturaleza que le es atribuida como resultado de la extraterritorialidad, y que tiene la virtualidad de transformar lo que es derecho en hecho al transponerse las fronteras de los Estados.
Excepciones a la aplicación de las normas jurídicas extranjeras.
Se consagra así la excepción de “orden público internacional”, también llamadas “cláusulas de reserva”. Esta “excepción” es precisamente eso: una situación que se aparta de la regla general de que el derecho extranjero es aplicable cuando así lo disponga la norma del conflicto. Esta regla sede cuando la aplicación de este derecho extranjero “produzca resultados manifiestamente incompatibles con los principios esenciales del orden público es adverbio que significa “con claridad y evidencia, descubiertamente”; “incompatibilidad” es repugnancia que tiene una cosa para unirse con otra; solo es sinónimo de únicamente, y esenciales son los principios importantes y característicos. Con estas berreras idiomáticas el legislador ha querido remachar que la excepción de “orden público nacional” no es aplicable en cualquiera circunstancia, a troche y moche, disparatada e considerablemente. No se debe abusar de la “cláusula de reserva”, sus aplicaciones deben ser “restrictivas”, con la mente puesta en la idea de que la regla es la aplicación de la ley extranjera declarada aplicable por la norma de conflicto. [pic 2][pic 3][pic 4]
La norma jurídica extranjera aplicable es la material y corresponde al Derecho Internacional Privado, en un sentido estricto, determinar cuándo, por qué y cómo deben aplicarse las leyes extranjeras.
El derecho extranjero es lo mismo que el derecho externo, es el derecho que se ubica o encuentra fuera de un estado.
El derecho extranjero no difiere en cuanto a su naturaleza de la ley nacional. La ley extranjera que se aplica cuando la ley nacional lo dispone conserva siempre su carácter de tal y no se incorpora a la ley nacional.
La aplicación de la ley extranjera es cuestión de hecho o de derecho.
Por la ley extranjera aplicable hay que entender las reglas jurídicas que en el país de origen tengan, la categoría formal de las leyes y el resto del derecho escrito, el consuetudinario y la jurisprudencia en aquellos casos en que, aun no admitida como fuente formal de derecho, lo es en sentido material.
El objeto de referencia del derecho internacional privado, es el estado real jurídico de un país extranjero, es decir que se refiere a un hecho cuando y en cuanto indica derecho extranjero.
El fundamento de una norma jurídica extranjera debe buscarse en el reconocimiento mismo de la aplicación del derecho extranjero, determinada previamente por las fuentes de esta disciplina, que son de naturaleza nacional e internacional.[pic 5]
2- REALICE UN REPORTE DE LECTURA ACERCA DE LA APLICACIÓN DEL DERECHO EXTRANJERO EN LA LEGISLACIÓN DOMINICANA, PRESENTANDO EJEMPLOS DE CASOS ESPECÍFICOS.
Sentido y alcance de la ley de la regla aplicable.
La ley es una manifestación de una idea, y la reconstrucción consiste en construir el pensamiento del auto de la norma. Tipos de interpretación: legislativa: es la que está a cargo del poder legislativo, se le denomina interpretación auténtica porque es realizada por el mismo órgano que dicta la ley. Judicial: es la que realizan los jueces al aplicar las leyes y ella es obligatoria para las partes del pleito.
Doctrinaria: las que realizan los juristas, esta no tiene fuerza obligatoria, pero tiene gran fuerza en los jueces y legisladores, ella se impone por la fuerza de convicción que impone.
Verificación de la constitución y de la ley extranjera.
La constitución de la ley es el mecanismo jurídico por el cual, para asegurar el cumplimiento de las normas constitucionales se realiza un procedimiento de revisión de las normas ordinarias, y en caso de contradicción con la constitución se procede a la invalidación de la norma de rango inferior que no hayan sido hechas en conformidad con aquellas. El fundamento de este control es el mantenimiento del principio de supremacía constitucional.
...