EXPOSICIONES DIA 1: 19 / 06 / 2008
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EXPOSICIONES DIA 1: 19 / 06 / 2008
1. “PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LA SEGURIDAD DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS OSINERG N° 084-2005-OS/CD”
PREGUNTAS:
1.-¿Qué es el EIT?
Extracto del Informe Técnico (EIT): Documento numerado, expedido/entregado por el órgano componente del Sistema Nacional de Defensa Civil, contiene el extracto del informe de inspección técnica de seguridad, respecto a la evaluación de las condiciones de seguridad de las instalaciones eléctricas del establecimiento público.
2.-¿Cómo se realiza la notificación a los responsables de los establecimientos públicos por parte de las concesionarias?
OSINERG comunica a concesionarias de electricidad la relación de establecimientos que están obligados a presentar el EIT, las concesionarias notifican con un recibo a los establecimientos.
2. LEY ORGÁNICA DE HIDROCARBUROS - LEY Nº 26221
1)¿Según el artículo 10 de la Ley 26221 (Ley Orgánica de hidrocarburos), cuáles son las formas contractuales de
CONTRATACION?
Formas contractuales (Art. 10 ) :
CONTRATO DE LICENCIA
Autorización de explorar y/o explotar Hidrocarburos en el área de Contrato, el contratista paga regalías al Estado
CONTRATO DE SERVICIOS
Derecho de llevar a cabo actividades de exploración y explotación o explotación de Hidrocarburos en el área del Contrato, el contratista recibe una retribución en función a la Producción Fiscalizada de Hidrocarburos.
2 )¿Según el artículo 21 de la Ley 26221 (Ley Orgánica de hidrocarburos), cuáles son los PERIODOS MINIMOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACION de las actividades de hidrocarburos?
PLAZOS (Art. 22)
Dependiendo de la Fase (explotación u exploración)
EXPLORACIÓN - 7 Años
EXPLOTACIÓN
Petróleo crudo 30 años
Gas natural 40 años
3. LEY DE FISCALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES MINERAS
LEY Nº 27474
PREGUNTAS:
1). ¿Quien designa a los fiscalizadores externos?
Rpta: Dirección General de Minería.
2) Mencione los derechos del trabajador en la actividad Minera.
• Solicitar al Comité de SHM efectúe inspecciones e investigaciones, cuando las condiciones de seguridad lo ameriten.
• Conocer los riesgos existentes en el lugar de trabajo que puedan afectar su salud seguridad, y estar informados al respecto
• Retirarse de cualquier sector de las operaciones mineras cuando haya un PELIGRO GRAVE para su seguridad o salud, dando aviso inmediato a sus supervisores.
• Derecho a primeros auxilios, atención médica y quirúrgica, farmacia, rehabilitación e reeducación ocupacional.
• Elegir colectivamente a los representantes de los trabajadores, ante el Comité de SHM.
4. REGLAMENTO DE LOS COMITÉS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL DE EMPRESAS INDUSTRIALES - RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1472-72-IC-DGI
PREGUNTAS:
Respuestas en negrita
1 ) ¿En una empresa de 40 trabajadores, cuántas personas constituyen el Comité de Seguridad e Higiene Industrial ?
a) Entre 4 y 12 personas, todas operarios.
b) Entre 4 y 15 personas, igual cantidad de operarios y administrativos.
c) Entre 4 y 12 personas, igual cantidad de operarios y administrativos.
d) Sólo una, designada por la dirección de la empresa (Supervisor de Seguridad e Higiene Industrial).
e) Sólo una, designada por la Oficina de Evaluación y Control Industrial.
2) ¿ Cuál de las siguientes no es una función del Comité de Seguridad e Higiene Industrial?
a) Velar porque los nuevos trabajadores conozcan la normativa vigente respecto a Seguridad.
b) Reportar accidentes, medidas correctivas, actividades, sanciones a la dirección de la empresa.
c) Evaluar las pérdidas económicas debidas a accidentes ocurridas en la planta durante horas de trabajo.
d) Colaborar con los servicios médicos y de Primeros Auxilios.
e) Fomentar la participación de los trabajadores en temas de Seguridad e Higiene Laboral.
5. REGLAMENTO PARA APERTURA Y CONTROL SANITARIO DE PLANTAS INDUSTRIALES Y ESTABLECE “TARIFA DE DERECHOS”
DECRETO SUPREMO Nº88/67-DGS
(16 de junio de 1967)
PREGUNTAS:
1) ¿Cada cuánto tiempo se renueva el Pase Sanitario y cuánto es el monto?
Artículo 2º.- El monto de los derechos se regulará en la siguiente forma:
a) Para capitales declarados hasta S/.10,000.00 S/. 30.00
b) De 10,001 a 50,000.00 S/. 70.00
c) De 50.001 a 250,000.00 S/. 150.00
d) De 250.001 a 500,000.00 S/. 400.00
e) De 500.001 a 1000,000.00 S/. 600.00; y
t) Demás de S/. 1000,000.00 S/. 800.00
Artículo 3º.- Todos los establecimientos industriales en actual operación en el país estarán obligados a inscribirse en el Registro de Saneamiento Ambiental Industrial y a renovar el Pase Sanitario cada cuatro años para lo cual deberán presentar una solicitud al Área o Unidad de Salud correspondiente a donde previa visita de inspección al local de la industria, se emitirá un informe en el que se indicará las condiciones sanitarias de la fábrica y si está cumpliendo con todo lo que ordena el Reglamento pertinente. La solicitud presentada y el informe anterior, serán elevados a la Asesoría de Saneamiento Ambiental para su aprobación y a la Dirección General de Salud para su tramitación final.
¿En qué será invertido los ingresos obtenidos del Pase Sanitario?
Artículo 11º.- No menos del 30% de los ingresos obtenidos serán dedicados de investigación mediante convenios con la Universidad Nacional de Ingeniería u otras Universidades y Centros de Investigación.
6. SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO (SCTR)
PREGUNTAS:
1) Que sectores estan sujetos a contar obligatoriamente con el seguro complementario de trabajo
Todas las empresas que desarrollan alguna de las actividades indicadas a continuación están obligadas a contar con este seguro:
• Pesca
• Producción de Petróleo Crudo y Gas Natural
• Extracción de Minerales Metálicos
• Extracción de Otros Minerales (No metálicos)
• Elaboración de Productos del Tabaco
• Fabricación de Textiles
• Industrias del Cuero y Afines
• Industrias de Madera, Productos de
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