El estudio de las actividades de derecho laboral
Enviado por ajaulilisss • 15 de Agosto de 2014 • Tesina • 3.539 Palabras (15 Páginas) • 499 Visitas
UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES CHIMBOTE
CENTRO ULADECH CHIMBOTE:
Asignatura: DERECHO INDIVIDUAL DEL TRABAJO
Tema: Actividad de aprendizaje 1
Docente titular: RIGOBERTO DEL ROSARIO C.
Docente tutor: WUILBE GONZALES SANTOS
Alumno: JORGE LUIS LATORRE RUBIO
Ciclo: Tercer ciclo 2013.
Lugar y fecha: Chimbote 01/06/2013
Año: Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria”
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL
ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE Nº 1.-
1.- DEFINA EL DERECHO DEL TRABAJO, ESTABLECIENDO EL TIPO DE TRABAJO QUE REGULA, SUS, FUNDAMENTOS, FUNCION, FINES Y CARACTERISTICAS:-
DEFINICION
El derecho laboral o derecho del trabajo es una rama del derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen como finalidad la tutela de los trabajadores regulando las relaciones entre los sujetos de la relación laboral: trabajadores, empleadores, sindicatos, Estado.
Se encarga por tanto de normar la actividad humana lícita, prestada por un trabajador en relación de dependencia a un empleador (persona física o jurídica) a cambio de una contra prestación dineraria.
El derecho del trabajo puede dividirse en cuatro partes bien diferenciadas; dos de ellas constituyen la esencia de su contenido: el derecho individual del trabajo y el derecho colectivo del trabajo; a estas dos partes se suman el derecho internacional del trabajo y el derecho administrativo y procesal del trabajo:
El Derecho individual del trabajo: se ocupa de las relaciones de los sujetos individualmente considerados, por un lado trabajador y por otro empleador. En cuanto a este derecho la ley de contrato de trabajo (20.744 modificada por 21.297) constituye el cuerpo normativo principal.
La L.C.T establece las condiciones mínimas de trabajo, desarrollando en su articulado los caracteres del contrato de trabajo.
Están excluidos de su ámbito de aplicación los dependientes de la administración pública nacional, provincial o municipal, los trabajadores del servicio doméstico y los trabajadores agrarios.
Se han dictado distintas leyes que son aplicables a todos los trabajadores, como la ley de jornada de trabajo, riesgo del trabajo, y la ley nacional de empleo.
Integran su contenido los denominados estatutos profesionales, que son leyes que rigen determinada actividad, por ejemplo: ley de obreros de la construcción, de viajantes de comercio, etc.
# Derecho colectivo del trabajo: se ocupa de las relaciones de los sujetos colectivos: por un lado los sindicatos y por otro las cámaras empresariales (representante de los empleadores). Las dos leyes fundamentales son la de convenios colectivos de trabajo y la de asociaciones profesionales.
# Derecho internacional de trabajo; constituido por los tratados internacionales celebrados entre distintos países y esencialmente por los convenios y recomendaciones de la organización Internacional del trabajo (O.I.T)
# Derecho administrativo y procesal del trabajo: se ocupa del procedimiento administrativo ante el Ministerio de Trabajo.
FUNDAMENTOS:- El Derecho laboral es una rama del derecho que se encarga de regular las relaciones que surgen a través del trabajo humano; esto quiere decir, que el conjunto de normas jurídicas que lo conforman garantizan el cumplimiento de las obligaciones de las partes involucradas en una relación de trabajo. (Patrón-empleado).
Así mismo, el derecho laboral entiende como trabajo la actividad que una persona realiza, y mediante la cual obtiene los medios materiales o bienes económicos para su supervivencia.
Algunos de los elementos que existen dentro de una relación laboral son: Coalición, sindicato, empresa, patrón y trabajador, siendo estos últimos dos los más importantes dentro de la relación de trabajo que está regida bajo la Ley Federal de Trabajo.
Es importante entender el concepto de patrón; persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores; y el trabajador es una persona física que presta a otra persona física o moral un trabajo personal subordinado mediante el pago de un salario.
Dentro del elemento denominado trabajador, tenemos dos categorías:
a) Trabajador base: Aquella persona que presta sus servicios por tiempo indefinido.
b) Trabajador de confianza: Se considera de confianza trabajadores de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, así como trabajos personales del patrón dentro del centro de trabajo
FUNCION:- Le corresponde al Derecho del Trabajo la regulación del precio de la fuerza de trabajo, la que se cumple a través del ejercicio de las tres funciones básicas siguientes que explican y justifican la existencia de esta rama del derecho:
1) Servir como marco normativo dela utilización del trabajo ajeno,particularmente del trabajador dependiente.
2) Proteger al trabajador en su relación con quien lo emplea; y, como una consecuencia de esta función.
3) Señalar los límites del costo de adquisición y utilización de la capacidad laboral ajena .Cuales quiera que sean su contenido y finalidad, las normas laborales no deja de realizar estas funciones.
Todas ellas se manifiestan en la operación económica del cambio de la capacidad de trabajo por remuneración y otros pagos entre el trabajador y el empleador. Por las dos primeras, este negocio debe situarse dentro de los parámetros de la norma laboral para ser aceptado como válido o lícito,incluso si el campo de negociación es muy amplio, como sería el caso en una economía de mercado largamente libre; y, por ello, la connotación de ambas es esencialmente jurídica. Por la tercera función, cada parte de la relación laboral, al tratar sobre las condiciones de utilización de la fuerza de trabajo, entregará un valor
FINES:- Los fines del Derecho del Trabajo son los objetivos del ordenamiento laboral. Obviamente, determinar cuáles son dichos fines requiere una tarea de interpretación importante, en la que habrá que tener en cuenta la viabilidad, la eficacia y la efectividad de las soluciones adoptadas.
Los fines del Derecho del Trabajo son:
• Finalidad tuitiva, es decir, protectora de la persona del trabajador. Esta finalidad es la primera que se protege en la primera etapa de legislación laboral, y la única en un primer momento. Su fundamento está en que el Derecho del Trabajo regula los intercambios de trabajo humano y, puesto que este bien económico no es separable de la persona que lo presta, el ordenamiento debe garantizar ciertos derechos a la persona que lo presta. Algunos de los intereses personales que tradicionalmente se han protegido son la protección
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