Enrique Aftalión
Enviado por maugefonte • 11 de Mayo de 2015 • Informe • 731 Palabras (3 Páginas) • 284 Visitas
4-a).Enrique Aftalión sostiene que dentro del mundo de lo cultural, lo jurídico es un ejemplo para abordar la teoría de que un sentido solo existe, en la realidad, por la vivencia psicológica de alguien. El sentido resulta de una relación entre un objeto (derecho) y un sujeto que no sólo aprehende un dato sino también adopta una posición y esto explica el cambio de interpretación que, sancionada con la ley, sobreviene respecto de las conductas que contempla. No existe en el mundo de los objetos reales ninguna cosa que pueda llamarse Derecho, sino a lo sumo pensamientos o conceptos acerca del mismo. La concepción de Aftalion es de un Derecho con sustrato empírico, con su sentido espiritual especifico.
Para Cesar Julio Cueto Rua el Derecho se adapta a la situación social y se desenvuelve sin tener que soportar los inconvenientes que resultan de la rigidez conceptual de un código. La norma no puede separarse, en su pretendido significado autónomo de la actividad judicial. Existe una filosofía de lo que es el Derecho y sus finalidades y es que "se debe hacer lo que las circunstancias requieran como el medio de satisfacer el mayor número posible de anhelos e intereses individuales, con el menor número posible de rechazos".Cueto Rúa considera al Derecho más que una técnica social para dirimir conflictos.
b).El Derecho como factor condicionante de la Realidad Social. El mundo actual vive una época de profundos cambios que han puesto en crisis campos de la vida humana como los valores morales y el conocimiento en todas sus áreas. Estos cambios tienen un doble carácter; el estructural, porque trascienden determinadas coyunturas, y el
global, porque afectan favorable o desfavorablemente a todas las áreas de la vida humana, economía, política, derecho, cultura, valores morales y religión. Derecho y la coacción, para que un fenómeno pueda ser llamado "social", desde el punto de vista sociológico debe ejercer una influencia sobre los demás miembros del grupo. Se trata entonces de modos de actuar, de pensar, de sentir, tal y como lo explicaba Durkheim; los hechos o fenómenos sociales, que exhiben la notable propiedad de que existen fuera de las conciencias individuales. Todo fenómeno social se caracteriza por ser transpersonal, es decir que causa influjo sobre otra persona, a eso Durkheim le llama poder imperativo o coercitivo. Derecho y cambio social (Derecho- Sociedad): La sociedad, es un cuerpo de individuos que están en continuo movimiento, es esencialmente dinámico, siempre se ajustan a las necesidades del ambiente, exigencias exógenas pero también a modificaciones que surgen de la propia interrelación de los individuos. Contexto: Estado en principio liberal que va a crecer en su capacidad técnica, administrativa para controlar, gestionar la sociedad, sus recursos tanto materiales como simbólicos. Cambio social: modificación de las estructuras (conjuntos de reglas)
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