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Ensayo Nene


Enviado por   •  5 de Febrero de 2014  •  427 Palabras (2 Páginas)  •  255 Visitas

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s inventarios serán firmados por todos los interesados en el establecimiento de comercio que se

hallen presentes

en su formación.

Se prohibe a los comerciantes:

1. Alterar en los asientos el orden y la fecha de las operaciones descritas.

2. Dejar blancos en el cuerpo de los asientos o a continuación de ellos.

3. Poner asientos al margen y hacer interlineaciones,

raspaduras o enmendaduras.

4. Borrar los asientos o partes de ellos.

5. Arrancar hojas, alterar la encuadernación o foliatura y mutilar alguna parte de los libros.

Artículo 37. Los errores y omisiones que se cometieron al formar un asiento se salvarán e

n otro

distinto, en la fecha en que se notare la falta.

Artículo 38. Los libros llevados con arreglo a los artículos anteriores podrán hacer prueba entre

comerciantes por hechos de comercio. Respecto a otra persona que no fuere comerciante, los

asientos d

e los libros sólo harán fe contra su dueño; pero la otra parte no podrá aceptar lo

favorable sin admitir también lo adverso que ellos contengan.

Artículo 39. Para que los libros auxiliares de contabilidad, llevados por los comerciantes, puedan

ser aprovec

hados en juicio por éstos, han de reunir todos los requisitos que se prescriben con

respecto de los libros necesarios.

Artículo 40. No se podrá hacer pesquisa de oficio por Tribunal ni autoridad alguna, para inquirir

si los comerciantes llevan o no libros

, o si éstos están o no arreglados a las prescripciones de este

Código.

Artículo 41. Tampoco podrá acordarse de oficio ni a instancia de parte, la manifestación y

examen general de los libros de comercio, sino en los casos de sucesión universal, comunidad

de

bienes, liquidación de sociedades legales o convencionales y quiebra o atraso.

Artículo 42. En el curso de una causa podrá el Juez ordenar, aun de oficio, la presentación de los

libros de comercio, sólo para el examen y compulsa de lo que tenga relaci

ón con la cuestión que

se ventila, lo cual deberá designarse previa y determinadamente; pero no podrá obligarse a un

comerciante a trasladar sus libros fuera de su oficina mercantil, pudiendo someterse el examen o

compulsa, a un Juez del lugar donde se lle

varen los libros.

Artículo 43. Si uno de los litigantes ofrece estar y pasar por lo que constare de los libros de su

contender, y éste se niega a exhibirlos sin causa suficiente a juicio del Tribunal de Comercio, el

Tribunal podrá deferir el juramento a l

a otra parte, o decidir la controversia por lo que resulte de

los libros de éste, si fuere comerciante y aquéllos estuvieren llevados en debida forma.

Artículo 44. Los

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