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Ensayo Sobre Cultura Tributaria


Enviado por   •  22 de Mayo de 2013  •  1.794 Palabras (8 Páginas)  •  3.728 Visitas

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LA DEFINICIÓN DE CONCIENCIA TRIBUTARIA Y LOS MECANISMOS PARA CREARLA

LA DEFINICIÓN DE CONCIENCIA TRIBUTARIA Y LOS MECANISMOS PARA CREARLA (*)

Mario Alva Matteucci

(*) Este artículo fue publicado en la Revista “Análisis Tributario” correspondiente al mes de julio de 1995. Volumen VIII Nº 90. Páginas 37 y 38. Pese a que han pasado casi dieciocho (18) años desde su publicación, el tema continua siendo actual por ello la decisión de publicarlo en el presente Blog.

Es evidente que en los últimos años se ha venido desarrollando una serie de cambios dentro de todo el ordenamiento tributario, en busca de una mayor recaudación fiscal a fin de poder tener un adecuado Sistema Tributario. Asimismo, se ha efectuado una reorganización de la Administración Tributaria (SUNAT) acorde con los cambios implementados en dicho ordenamiento.

Un tema de relevancia dentro de esta coyuntura es sin lugar a dudas el referido a la “Conciencia Tributaria” y sus mecanismos de creación.

El presente ensayo busca dar a conocer la transcendencia de este tema, el cual pocas veces recibe la atención necesaria.

I. ¿QUÉ ES CONCIENCIA TRIBUTARIA?

Tarea difícil resulta siempre tratar de dar una definición acerca de algo que no puede ser descrito sobre la base de características percibidas por nuestros sentidos; pero eso no significa que no podamos darla.

Sin ánimo de pecar de ser parciales o tal vez arbitrarios, pretendemos entregar en este momento una definición que procure identificar con mayor nitidez a la conciencia tributaria; entendiendo a ésta como la “interiorización en los individuos de los deberes tributarios fijados por las leyes, para cumplirlos de una manera voluntaria, conociendo que su cumplimiento acarreará un beneficio común para la sociedad en la cual ellos están insertados”.

Esta definición incluye varios elementos:

El primero, es la interiorización de los deberes tributarios. Este elemento alude necesariamente a que los contribuyentes poco a poco y de manera progresiva, busquen conocer de antemano qué conductas deben realizar y cuáles no, que estén prohibidas respecto del sistema tributario. Aquí es donde normalmente se percibe el factor de riesgo, los contribuyentes observan que es mejor cumplir que faltar a la normatividad tributaria.

El segundo, consiste en cumplir de manera voluntaria, que se refiere a que los contribuyentes deben, sin necesidad de coacción, verificar cada una de las obligaciones tributarias que les impone la Ley. Lo importante es que el contribuyente, en ejercicio de sus facultades, desea hacerlas. La coacción no debe intervenir aquí. Esto es aún extraño en nuestra sociedad.

Tercero, es que el cumplir acarreará un beneficio común para la sociedad.

Siendo el contribuyente un ser humano, debe pertenecer a una comunidad y disfrutar de los beneficios que ésta tiene. Por ello, cuando se paguen los tributos en el monto y tiempo respectivo, todo contribuyente necesariamente percibirá que se podrán solventar los servicios públicos, se mejorará asimismo su funcionamiento. El Estado podrá dar un eficaz cumplimiento a los servicios dirigidos a la sociedad en general.

Es importante hacer notar aquí la opinión de un estudioso del Derecho Tributario, nos referimos a LUCIEN MEHL, nos dice con respecto a este punto que: “… la aceptación del principio del impuesto, la sumisión voluntaria a la obligación fiscal, presuponen un sentimiento de pertenencia a la comunidad, la mismo tiempo que la robustecen. Existe una clara correlación entre el grado de cohesión y estabilidad de una sociedad y la fuerza de adhesión que sus miembros manifiestan con respecto a los principios políticos que constituyen su base, y el nivel de espontaneidad y sinceridad en la ejecución de las obligaciones fiscales por otro”1.

La idea de comunidad está presente en nuestra definición y de igual manera en la explicación que da LUCIEN MEHL. Esto porque el hombre es un ser social por naturaleza, por ello no podría vivir solo. Por la misma razón, el aceptar que no puede vivir solo, sino en comunidad, implícitamente acepta el impuesto que representa un gasto por parte de él para financiar los servicios públicos que la propia sociedad reclama, para poder servir a todos, inclusive al propio contribuyente que pagó sus tributos.

II. MECANISMOS PARA LA CREACIÓN DE UNA CONCIENCIA TRIBUTARIA

Luego de los cambios que han sufrido tanto la normatividad tributaria como la misma Administración Tributaria (SUNAT) en los últimos tiempos, surge la interrogante respecto a si los contribuyentes han asumido realmente una Conciencia Tributaria.

Una respuesta afirmativa a esta pregunta podría parecer aventurada, dado que no existen en el país mecanismos que procuren fomentar una conciencia Tributaria entre toda la población.

Son los propios contribuyentes los que consideran que pagar tributos responde a una obligación impuesta por el Estado y que no los beneficiará. Todos sabemos que el Estado por el solo hecho de serlo brinda servicios a la población, por ello los impuestos constituyen su principal, y no su única fuente de ingresos.

Debido a ello y para elevar hoy en día la recaudación tributaria no se necesita simplemente aumentar las tasas de los impuestos, sino crear en el contribuyente una conciencia tributaria. Por ello creemos necesario que pueden emplearse tres mecanismos que permitirán crearla en el contribuyente.

1º EDUCACIÓN CÍVICA: Esta no debe ser entendida únicamente como la enseñanza de los símbolos patrios, como normalmente se dicta en las escuelas y colegios de nuestro país.

Este tipo de educación debe ir mucho más allá de los temas clásicos, ya que debemos incluir en ella

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