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FISCALIA DISTRITAL METROPOLITANA, AGENCIA DOS, UNIDAD DE DECISION TEMPRANA, MINISTERIO PÚBLICO.


Enviado por   •  23 de Agosto de 2018  •  Monografía  •  752 Palabras (4 Páginas)  •  201 Visitas

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MP001-2017-71213

FISCALIA DISTRITAL METROPOLITANA, AGENCIA DOS, UNIDAD DE DECISION TEMPRANA, MINISTERIO PÚBLICO.

MARIA TERESA MORALES MORALES, de 55 años de edad, casada, Guatemalteca, comerciante, de este domicilio, me identifico con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número dos mil quinientos setenta y ocho, treinta y siete mil setecientos cincuenta y dos, cero ciento uno, actúo bajo la dirección, procuración y auxilio del Licenciado RUBEN ALFONSO TREJO MARTINEZ, a quien designo como mi Abogado defensor y para tal efecto señalo como lugar para recibir notificaciones y/o citaciones la 25 calle 13-55 casa 15, clúster D; Residenciales La Ensenada de San Isidro Zona 16 de esta ciudad capital, ante usted respetuosamente comparezco y al efecto,

EXPONGO:

Recién he adquirido conocimiento de la denuncia que tiene a su cargo interpuesta en mi contra la cual ha sido individualizada anteriormente, por lo cual me constituyo por este medio dentro de la investigación, poniéndome a disposición de la Fiscalía para la realización de cualquier diligencia de investigación, asimismo solicito que se me permita acceder al expediente en mi nombre en resguardo de mi derecho constitucional de defensa y en ejercicio del principio constitucional de publicidad del proceso solicito una copia simple de todo el expediente de mérito, incluyendo todas las actuaciones y medios de investigación.

Asimismo con el objeto de clarificar los hechos suscitados relativos a la denuncia presentada en contra las entidades:  Multicanales, S.A y Cobertura Total, S.A., solicito se tengan por recibidos los medios de investigación adjuntos a la presente y enumerados en el apartado respectivo,  ya que con los mismos se puede evidenciar que para el momento en que se suscitan los hechos denunciados yo ya no ejercía el cargo de representante legal de las entidades antes mencionadas por haber sido aceptada mi renuncia a dicho cargo desde el 17 de febrero del año 2017, por lo que al no tener ninguna participación en los hechos denunciados solicito que este expediente sea desestimado y archivado en relación a mi persona.

MEDIOS DE INVESTIGACION

  • Fotocopia de acta notarial de nombramiento de presidente del consejo de administración y representante legal de la entidad Cobertura Total, Sociedad Anónima a nombre de Carlos Enrique Samayoa Estrada, autorizada en esta ciudad el 17 de febrero de 2017 por el notario Oscar Gerardo Álvarez Higueros.
  • Fotocopia de acta notarial de nombramiento de presidente del consejo de administración y representante legal de la entidad Multicanales, Sociedad Anónima a nombre de Carlos Enrique Samayoa Estrada, autorizada en esta ciudad el 17 de febrero de 2017 por el notario Oscar Gerardo Álvarez Higueros.
  • Fotocopia de Razón de inscripción del señor Carlos Enrique Samayoa Estrada como presidente del consejo de administración y representante legal de la entidad Multicanales, Sociedad Anónima registrada al número 501640, Folio 141 del libro 434 de Auxiliares de Comercio, por el plazo de 3 años con fecha 11 de abril de 2017 extendida por el Secretario General del Registro Mercantil General de la República de Guatemala.
  • Fotocopia de Razón de inscripción del señor Carlos Enrique Samayoa Estrada como presidente del consejo de administración y representante legal de la entidad Cobertura Total, Sociedad Anónima registrada al número 501644, Folio 145 del libro 434 de Auxiliares de Comercio, por el plazo de 3 años con fecha 11 de abril de 2017 extendida por el Secretario General del Registro Mercantil General de la República de Guatemala.

FUNDAMENTO DE DERECHO:

El artículo 71 de la Constitución Política de la República de Guatemala, señala que: “Derechos. Los derechos que la Constitución y este Código otorgan al imputado puede hacerlos valer por sí o por medio de su defensor desde el primer acto del procedimiento dirigido en su contra hasta su finalización. …”

El artículo 28 de la Constitución Política de la República de Guatemala, señala que: “Derecho de petición. Los habitantes de la República de Guatemala tienen derecho a dirigir, individual o colectivamente, peticiones a la autoridad, la que está obligada a tramitarlas y deberá resolverlas conforme a la ley…”.

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