ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Generalidades de la Interpretación Jurídica


Enviado por   •  29 de Enero de 2015  •  Trabajo  •  2.962 Palabras (12 Páginas)  •  985 Visitas

Página 1 de 12

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL

DE LOS LLANOS EZEQUIEL ZAMORA

MINISTERIO DE EDUCACION SUPERIOR

PROGRAMA DE CIENCIAS SOCIALES

SUB-PROGRAMA DE DERECHO

Generalidades de la

Interpretación Jurídica

SUB-PROYECTO LOGICA JURICA

DERECHO I TURNO: NOCTURNO

SECCION “U”

Guanare, Abril 2014

Introducción.

A todo ciudadano, persona, o individuo, se le presenta en algún momento regirse por normas y leyes, que son las encargadas de regular el comportamiento en la sociedad. Sin embargo, cabe destacar, que en estos preceptos algunas veces se presentan vacíos jurídicos, el cual hace que su interpretación sea incierta. Es por ello que se señalaran aspectos importantes relacionados con la interpretación jurídica; la manera en cómo se puede aclarar una norma y quienes pueden interpretarla; siempre y cuando esta interpretación cumpla con lo establecido en nuestra constitución. La interpretación es la manera más creativa, que puede existir en el mundo jurídico, ya que cada individuo puede formar su propio criterio de lo que contiene la norma jurídica y aplicarla para el caso que se suscite en el momento.

Generalidades de la Interpretación Jurídica.

Definición de Interpretación Jurídica.

Etimológicamente hablando, el verbo "Interpretar" proviene de la voz latina interpretare o interpretari. El Diccionario de la Lengua española, define la voz "interpretar" como: explicar o declarar el sentido de algo, y principalmente el de textos poco claros. Explicar, acertadamente o no, acciones, palabras o sucesos que pueden ser entendidos de varias formas.

Desde el punto de vista jurídico, entre los autores encontramos diversas definiciones acerca de lo que es la Interpretación.

Marcial Rubio Correa, define la interpretación Jurídica diciendo:

"La teoría de la interpretación jurídica es la parte de la Teoría General del Derecho destinada a desentrañar el significado último del contenido de las normas jurídicas cuando su sentido normativo no queda claro a partir del análisis lógico-jurídico interno de la norma". (RUBIO CORREA, Marcial "El sistema jurídico" (Introducción al Derecho). Sexta reimpresión 2006. Fondo Editorial de la Pontifica Universidad Católica del Perú. Plaza Francia 1164. Lima –Perú.)

Ariel Álvarez Gardiol da la definición siguiente:

"La interpretación es la técnica que conduce a la comprensión del sentido de la norma jurídica"

En opinión de Kelsen, interpretar "es una operación del espíritu que acompaña al proceso de creación del derecho al pasar de la norma superior a una norma inferior. En el caso normal, el de la interpretación de una ley, se trata de saber cómo, aplicando una norma general a un hecho concreto, el órgano judicial o administrativo obtiene la norma individual que le incumbe establecer".

Dado que las normas positivas y el Derecho vigente en general se pronuncian y difunden mediante el lenguaje, considero que Interpretar no puede ser otra cosa que reconocer, descubrir, captar o asimilar el auténtico significado, sentido y alcance de la norma jurídica.

Por su parte, explica el maestro español Luis Díez Picazo que la locución latina < inter-pres > procede del griego < meta fraxtes > que indica al que se coloca entre dos para hacer conocer a cada uno lo que el otro dice. En este sentido, la palabra se utiliza aun hoy para designar al traductor que permite la comunicación entre dos personas que hablan lenguajes o idiomas diferentes.

Guillermo Cabanellas de Torres afirma que:

"La Interpretación jurídica por excelencia es la que pretende descubrir para sí mismo (comprender) o para los demás (revelar) el verdadero pensamiento del legislador o explicar el sentido de una disposición."

En tanto, el ya clásico tratadista alemán Ludwig Enneccerus define la Interpretación de la norma jurídica escribiendo lo siguiente:

"Interpretar una norma jurídica es esclarecer su sentido y precisamente aquel sentido que es decisivo para la vida jurídica y, por tanto, también para la resolución judicial. Semejante esclarecimiento es también concebible respecto al derecho consuetudinario, deduciéndose su verdadero sentido de los actos de uso, de los testimonios y del < usus fori > reconocido y continuo. Pero el objeto principal de la Interpretación lo forman las leyes".

Al analizar las diversas definiciones la Interpretación Jurídica, no es más que aquel método, que se emplea para esclarecer o explicar el enfoque de una norma, que permite descubrir el verdadero sentido del legislador.

Así como el lenguaje muchas veces puede no ser claro, las normas jurídicas, por tener que valerse del elemento lingüístico para expresarse, no escapan a esta posibilidad, a lo que contribuye la diversidad de los hechos; La doctrina, sin embargo, es casi unánime en considerar que al interpretar no estamos solamente ante una mera posibilidad de falta de claridad en el texto de la norma, puesto que la interpretación de las normas siempre está presente al momento de aplicar el derecho; por más que la norma que va ser objeto de interpretación no revista mayor complicación para desentrañar su significación y sentido.

Naturaleza de la Interpretación:

Objeto, propósito y finalidad de la Interpretación.

El objeto de una ciencia, materia o disciplina es aquello de lo que se ocupa o sobre lo que recae. Así, dado que la Interpretación se ocupa o recae sobre el derecho, resulta obvio que es el derecho el objeto de la Interpretación. El Derecho que es objeto de la interpretación, a su vez, puede provenir bien de una norma jurídica, de la Costumbre o de los Principios Generales del Derecho; en cualquiera de estos casos la labor interpretativa estará presente.

El propósito u objetivo de la Interpretación (fin inmediato) es desentrañar el sentido y significado del Derecho. Ludwig

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (20 Kb)
Leer 11 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com