Gestión Ambiental.Conferencia de Estocolmo
Enviado por Evelyn Gissella Espinoza Zambrano • 14 de Julio de 2021 • Ensayo • 1.261 Palabras (6 Páginas) • 96 Visitas
INTRODUCCIÓN
La Organización de las Naciones Unidas convocó en el año de 1972 a una conferencia celebrada en la ciudad de Estocolmo para debatir sobre los nuevos problemas que enfrenta el mundo, entre ellos se reconoció el derecho que tiene el ser humano a vivir en un ambiente sano.
A raíz de Estocolmo nace una nueva rama dentro del ordenamiento jurídico, el Derecho Ambiental, encargado de regular la conducta del ser humano frente al medio ambiente y que tiene como fundamento varios principios, entre ellos el principio de prevención y precaución. En el año de 1992 se lleva a cabo la Declaración de Río en donde se acentúa aún más la importancia que deben dar los estados a la protección del medio ambiente, en donde se obliga a los gobiernos nacionales a crear normas jurídicas dentro de su territorio para hacer efectiva la protección y cuidado del ambiente.
El Ecuador acogiéndose a la Declaración de Río incorporó en el año de 1996 a través de reformas a la Constitución de 1978 disposiciones de protección ambiental y otorgando derechos a la población frente al medio ambiente, tal es el caso como el derecho colectivo a vivir en un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
Sin embargo para llegar a esta nueva concepción de los derechos de la naturaleza, plasmados en nuestra Constitución tuvieron que pasar muchas circunstancias como desastres, controversias, convenciones, tratados, protocolos, etc. Especialmente a nivel internacional que han sido la base para la creación de principios internacionales a nivel ambiental y que sin su concurrencia no se estaría actualmente hablando de un derecho ambiental. Desde tiempos remotos el hombre ha sido considerado centro y destinatario de la norma coercitiva, este concepto en el tema ambiental se ha ido ampliando, especialmente con la Constitución del 2008, la cual otorga derechos a la Naturaleza, cambiando en cierta medida, la visión generalizada del cuidado del ambiente, de los ecosistemas y sobre todo sobre el daño ambiental y su responsabilidad que en nuestra Constitución es objetiva.
DESARROLLO
El legislador ecuatoriano consciente de la importancia que tienen las normas de protección al medio ambiente, ha incorporado desde la Constitución de 1998, hasta la Constitución en vigencia desde el 20 de octubre del 2008, al ordenamiento jurídico, aquellas normas y principios que consagran el derecho de los ciudadanos a disfrutar de un medio ambiente sano, es decir recién en el año de 1998 que trajo la promulgación de la vigésimo primera Constitución que se incorporan a una Constitución preceptos ambientales en donde el Estado se compromete a velar por los mismos en busca de un equilibrio entre las relaciones de los ciudadanos con el ambiente.
Aunque sus primeros ensayos se remontan a la reformas constitucionales de 1983 realizadas a la Constitución de 1978 en la cual se estableció en el título II De los Derechos, Deberes y Garantías, la Sección I de los derechos de la persona, donde se mencionaba que para el pleno desenvolvimiento moral y material que se deriva de la naturaleza de la persona, el Estado le garantizará: El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Además se decía que era deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza. Así como, que la ley establecería las restricciones al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente. Es así que las reformas incorporadas a la Constitución de 1978 tienen como base y principal envión las disposiciones pactadas en el Convenio de Estocolmo, y se ve reflejado el compromiso adquirido por el Ecuador en cumplir lo señalado en este instrumento internacional específicamente en el ámbito en donde “corresponderá a las administraciones locales y nacionales, dentro de sus respectivas jurisdicciones, la mayor parte de la carga en cuanto al establecimiento de normas y la aplicación de medidas en gran escala sobre el medio ambiente.
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