La Biotecnologia Al Desnudo
Enviado por misaeljesusz • 3 de Julio de 2014 • 4.649 Palabras (19 Páginas) • 308 Visitas
Introducción
No son pocos los problemas éticos que plantean actualmente las diferentes
técnicas de reproducción asistida (TRA) existentes y este abanico de dilemas éticos
parece ampliarse cuando se recibe información sobre los caminos que, con diferentes
intereses, se intentan abrir con posibles futuras vías de experimentación embrionaria.
Desde 1978, año en que se produjo el nacimiento de Louise Brown, la primera
"bebé probeta" como resultado de una fecundación obtenida in vitro, son ya más de
100.000 los nacidos, sólo en EEUU, mediante las diferentes técnicas de reproducción
que han ido surgiendo (FIV, GIFT, DIRGAT, PZD, SUZI, ICSI, etc) siempre en un
intento progresivo de obtener un embarazo al filo de lo imposible en casos de
infertilidad o subfertilidad no solucionables con las técnicas preexistentes. Esta
situación ha propiciado también la aceptación social de métodos de reproducción
artificial ya conocidos, como la inseminación artificial, intraconyugal o mediante
donación de gametos, que anteriormente no gozaban de la misma consideración.
Sin embargo, este balance de lo que cabría considerar como uno más de los
grandes avances tecnológicos de la medicina del siglo XX, se ha visto rodeado de
polémica desde su inicio, debido, entre otras objeciones, a las connotaciones que rodean
el lograr la concepción de nuevas vidas humanas a expensas de provocar la pérdida de
otras en el camino.
En contrapartida, es evidente que el desarrollo de las TRA responde a
motivaciones loables. Estas técnicas ofrecen a muchas parejas la posibilidad de procrear
unos hijos que alteraciones genéticas, congénitas o secundarias a diversas patologías
adquiridas, parecen imposibilitar. Los deseos de paternidad y de maternidad resultan no
sólo comprensibles sino merecedores del más digno reconocimiento, sobre todo si se
pretende ofrecer a ese futuro hijo el contexto afectivo adecuado a su armónico
desarrollo, como es lo habitual. Sin embargo, la reivindicación de ese deseo de procrear
no puede ser considerado como un derecho absoluto desvinculado del respeto a la
dignidad del nuevo ser que se quiere engendrar. El hijo no deberá, en ningún caso, ser
considerado como un posible objeto de mera autoafirmación de los padres. No existen
derechos de los padres sobre los hijos, al igual que no existen derechos de unas
personas sobre otras personas para beneficio propio. Lo que sí existen son deberes de
los padres hacia los hijos, considerados éstos en las legislaciones de los países
desarrollados como individuos desvalidos, fácilmente vulnerables, a los que la sociedad
tiene la obligación de proteger. Este cambio de concepto, considerar el bien potencial
del futuro ser engendrado y no sólo el de los padres, como parte del bien que se quiere
lograr al trabajar en reproducción asistida, es fundamental para entender aspectos
importantes de la valoración ética que conlleva el recurso a estas nuevas tecnologías.
Nuevos desafíos
Mientras que en la época de inicio de las TRA este trabajo parecía involucrar
preferentemente a biólogos y ginecólogos, dejando para el urólogo únicamente el papel
de buscar un posible diagnóstico de infertilidad masculina susceptible de tratamiento
quirúrgico, actualmente la posibilidad de obtención de espermatozoides a nivel
deferencial, epididimario o testicular para ser empleados en técnicas de ICSI posibilita
una mayor implicación de urólogos con dedicación preferencial a la infertilidad en las
nuevas unidades de reproducción asistida. Por otra parte, la biopsia testicular, que antes
únicamente cumplía un papel diagnóstico, ahora permite también la extracción de
espermatozoides incluso en determinados casos de azoospermia secretora, ya que se ha
demostrado que es posible hallar algún área del testículo con una mínima producción
espermática, independientemente de que se trate de un síndrome de sólo células de
Sertoli, un Klinefleter o una detención de la maduración de la espermatogénesis. La
obtención espermática en estos casos se realiza bajo anestesia local, extrayendo uno o
varios fragmentos de pulpa testicular que son depositados en un recipiente conteniendo
el medio de cultivo apropiado. Entre los espermatozoides recuperados se seleccionan
los que poseen una cierta motilidad y forma adecuada para ser inyectados en el óvulo.
Las parejas en las que fracasa este primer ciclo de transferencia pueden conseguir la
gestación en otro ciclo mediante la transferencia de embriones criopreservados o
mediante una nueva ICSI con espermatozoides criopreservados (1).
Esta colaboración por parte de la urología en el proceso de la reproducción
asistida podría ser considerada como una colaboración meramente instrumental,
desvinculada de la intencionalidad y de los resultados del resto del proceso, lo que es
difícil de defender, o ser entendida como parte integrante y constitutiva del proceso en
sí mismo. En el primer caso se hablaría de cooperación material en términos de ética
clásica y en el segundo, de cooperación formal, siendo diferente la responsabilidad que
se le supone al sujeto de la acción según el término desde el que se juzgue.
Esta consideración es claramente relevante ya que no todas las TRA tienen la
misma finalidad, -conseguir proporcionar un hijo a una pareja infértil-, ni utilizan los
mismos medios en su desarrollo técnico, por lo que el juicio ético correspondiente
puede ser absolutamente diferente. Así, no parece lo mismo obtener espermatozoides
para inducir una fecundación en una mujer viuda en edad menopáusica que para lograr
dicha gestación en una pareja infértil. ¿Puede defenderse que sí es lo mismo?, ¿es lícito
cerrar los ojos al destino de los embriones que van a ser implantados?, ¿debe recibir el
mismo juicio ético nuestra cooperación si la finalidad de la fecundación conseguida
resulta ser su implantación en el útero de una mujer que previamente ha acordado donar
el hijo a la madre genética del mismo, con la que está emparentada y la cual, por un
problema uterino, no puede llevar a cabo la gestación?. En este último caso planteado
se podría hablar incluso de responsabilidad legal ya que dicho supuesto, al igual que el
de la maternidad subrogada o “de alquiler”,
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