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La comprensión de la nómina de sueldos


Enviado por   •  28 de Octubre de 2014  •  Trabajo  •  1.156 Palabras (5 Páginas)  •  221 Visitas

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Para liquidar una nómina, es necesario conocer el Código de Trabajo (Ley 1692) y la Ley de Seguridad Social (87-01). Ambas leyes dan las pautas para su elaboración, tales como: salario mínimo, tipos de descuento autorizado, día en que debe efectuarse el pago, porcentajes de Seguro Familiar de Salud (SFS), Aporte para Fondo de Pensiones (AFP), los topes a descontar y los aporte que deben realizar los empleadores. Por otro lado, El Código Tributario de la República Dominicana, establecer los términos, escalas y porcentajes, para la aplicación del impuesto sobre la Renta para asalariados.

En esta ocasión vamos a realizar un ejemplo, donde contemplaremos un empleado en nuestra nómina para simplificar en entendimiento de los calculo.

El primer paso es determinar todos los ingresos percibidos por el empleado durante el mes, y vamos a suponer que el salario fijo del empleado es de 40,000.00.

Horas extras por valor de 5,000.00

Otros ingreso 2,000.00

Total devengado en el mes 47,000.00

Con el total de ingresos devengado determinados, procedemos a realizar los descuento de ley que son SFS y AFP y en caso que el empleado tenga dependientes adicionales el Per cápita. Estos descuento siempre se deben descontar pues la ley 87-01 los estable de esa manera. El SFS permite al empleado recibir atenciones médicas tanto a él, como a sus dependientes directos (Esposa e Hijos)

El AFP, es el aporte que realizar el empleado para su jubilación (Pensión), hay que destacar que el mayor aporte lo realizan los empleadores, tanto para el SFS como el AFP, asi como tambien el Infotep y el Riesgo Laboral (ARL).

Ahora bien, de acuerdo al Código de Trabajo desde el Art. 153 al 158 sobre las horas extras, estas no están sujeta a ningún descuento, por tanto, solo vamos a considerar 42,000.00 para aplicarle los porcentajes de ley.

42,000.00 x 3.04%(SFS) = 1,276.80

42,000.00 x 2.87%(AFP) = 1,205.40

Nos queda entonces 39,517.80 + 5,000.00 = 44,517.80, este monto es el que esta sujeto al Impuesto Sobre la Renta. Para realizar el calculo del ISR podemos entrar en la página de Internet de la DGII en la opción calculadora y luego calculadora de retenciones ponemos el valor de 44,517.80 y nos dará como resultado 1,678.63 (puede revisar nuestro blog en casos práctico para ver como se realizar el calculo manualmente).

Hasta ahora nuestra nómina queda de esta forma: (Clic en la imagen para ver mas grande)

Ya tenemos los ingresos devengados por el empleado y las deducciones de ley, ahora bien, vamos a suponer que nuestro querido Juan Ramos nos a deuda 3,000.00 por concepto de pago factura No. 25643. Los descuento autorizados por el empleado están completando en los Art. 195, 201 del Código de Trabajo de la República Dominicana.

Entonces la nómina general quedara de la siguiente manera: (Clic en la imagen para ver mas grande)

Ahora vamos a verlo de otra manera.

Detalle de ingresos

sueldo 40,000.00

Horas extras 5,000.00

Otros ingresos 2,000.00

Total 47,000.00

Detalle de deduciones

SFS 1,276.80

AFP 1,205.80

ISR 1,678.63

Factura 3,000.00

Total deducciones 7,161.23

Y decimos 47,000.00 - 7,161.23 = 39,838.77 este el total pagarle al empleado en nómina.

Con estos pasos podemos determinar fácilmente el pago liquidado de los empleados en nómina, pero también, debemos calcular los aportes de los empleadores (La Empresa).

Para el Infotep es el 1% del total de la nómina, en nuestro caso 47,000.00 x 1% = 470.00. si tuviéramos el pago de las vacaciones en nuestro ejemplo, este no aplica para el Infotep.

Luego determinamos el aporte al SFS por parte del empleador que es el 7.09% del salario sujeto a retenciones (Salario cotizables) 42,000.00 x 7.09% = 2,977.80.

El AFP 42,000.00 x 7.10% = 2,982.00.

También debemos determinar el aporte al Riesgo Laboral (SRL). el porcentaje de dicho aporte puede variar según el nivel de riesgo, en nuestro caso sera 1.15% en el cual llega al tope de 348.83. El tope del SRL es de 30,333.32.

Entonces los aportes del empleador quedan de la siguiente manera:

SFS = 2,977.80

AFP = 2,982.00

ARL = 348.83

Infotep = 470.00

El

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