Lactinica
Enviado por percypaco • 21 de Septiembre de 2013 • 1.712 Palabras (7 Páginas) • 450 Visitas
UNIVERSIDA PRIVADAANTENOR ORREGO
FACULTAD: ADMINISTRACION CARRERA PROFECIONAL: ADMINISTRACION
SEMESTRE ACADEMICO: 2013-I ASIGNATURA: COMUNICACIÓN
Probema Objetivo
General Objetivos
Específicos Hipótesis Hipótesis
Especificas Variables Sub Variables Indicadores Material y Método
ADENDA N° 1 DEL CONTRATO DE COMPRA VENTA DE BIEN INMUEBLE FUTURO
Conste por el presente documento la Adenda al Contrato de Compra Venta de Bien Inmueble Futuro, que suscribió de una parte la empresa BRICK S.A.C. con RUC. Nº 20481505195; con domicilio legal en la Mz. U Lt. 23 Urb. La Merced III Etapa, distrito de Víctor Larco, Provincia de Trujillo, La Libertad, debidamente representado por su Representante Legal el Sr.Lic.Johnattan Erik Sánchez Balarezo, con DNI Nº 41530615, facultado según poderes inscritos en la Partida Electrónica Nº 11055100 del libro de Sociedades Mercantiles del Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de la Libertad a quién en adelante se le denominará LA VENDEDORA y de la otra parte la Srta. Lourdes Guadalupe Gonzales Huincho, Estado Civil Soltera, identificada con DNI Nº 02871543, con domicilio en la Ca. B Mz G Lt. 02 – Urb. Ingeniería, distrito y provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, a quien en adelante se le denominará LA COMPRADORA, por el presente las partes pactan bajo las cláusulas siguientes:
PRIMERA.- ANTECEDENTES
Con fecha 24 de enero del 2013, ambas partes firmaron el Contrato de Compra Venta de Bien Inmueble Futuro, con el objeto de que la empresa BRICK S.A.C. se obliga a transferir a favor de la Srta. Lourdes Guadalupe Gonzales Huincho, identificado con DNI Nº 02871543 la propiedad del Departamento Nº 203-Block “C” del Edificio Multifamiliar “RESIDENCIAL VALLADOLID”, estableciéndose por mutuo acuerdo de las partes la siguientes cláusulas:
PRIMERA.-EL VENDEDOR, declara que sobre el terreno de su propiedad ubicado en la Calle Carrión Nº 485, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, que figura inscrito en la Partida Electrónica Nro. P11008050 del Registro de la propiedad inmueble de la zona registral Nro. V– Oficina Registral de Trujillo, EL VENDEDOR está construyendo el Edificio Multifamiliar “RESIDENCIAL VALLADOLID”.
Dentro de la residencial se encontrará el Dpto. # 304 BLOCK – “C” (materia del presente contrato), cuyos derechos de propiedad, áreas, linderos, fábrica y medidas perimétricas constarán en la partida electrónica cuando se inscriba la fábrica y la independización. EL VENDEDOR deja constancia que el Dpto. # 304 BLOCK – “C” descrito en el párrafo anterior, tiene vista interior y cuenta con área construida techada de 74. 16 m2 aproximadamente.
SEGUNDA.-BIENES OBJETO DEL CONTRATO
Los bienes materia del presente contrato de compraventa de este contrato que se detalla en el numeral N° II del Anexo A que corresponde al inmueble objeto del contrato es el departamento N° 304 BLOCK – “C” Edificio Multifamiliar “RESIDENCIAL VALLADOLID”.
QUINTA.- EL PRECIO Y FORMA DE PAGO
El precio y forma de pago del bien inmueble objeto materia de este contrato que se detalla en el numeral N° IV del Anexo A que corresponde a la fecha de desembolso el 25 de abril del 2013.
SÉTIMA.- ENTREGA DEL INMUEBLE
La entrega del bien inmueble objeto materia del de este contrato que se detalla en el numeral N° V del Anexo A que corresponde a la entrega del inmueble aproximadamente el día 31 de abril del 2014.
ANEXO “A”
I) I) Información del Comprador
Nombre del Comprador
Señorita: Lourdes Guadalupe Gonzales Huincho
DNI Nº 02871543
Dirección: Ca. B Mz G Lt. 02 – Urb. Ingeniería, distrito y provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad
II) Bienes Objeto del Contrato
Departamento: 304 Block “B”
Edificio: Residencial “RESIDENCIAL VALLADOLID”
III) Precio del Inmueble:
Departamento: S/. 164,000.00 (CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL Y 00/00 NUEVOS SOLES)
Precio de Venta Total: S/. 164,000.00 (CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL Y 00/00 NUEVOS SOLES)
Así mismo las partes acuerdan que la suma de S/. 5,000.00 (CINCO MILY 00/00 NUEVOS SOLES) entregan a la firma del presente documento para la separación de la inmueble materia del presente contrato.
La suma del monto antecedente se quedará en calidad de Arras de Retracción, es decir que si EL COMPRADOR desistiera de comprar el inmueble pierde la suma dejada en Arras, que se hará efectivo cuando EL COMPRADOR no tramite o facilite la documentación necesaria para su crédito quedando sin efecto la separación. Por consiguiente las ARRAS DE RETRACCIÒN se harán efectivas quedando nulo el contrato sin opción a reclamo.
IV) Forma de Pago:
S/.5,000.00 (CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) que entregan a la firma del presente documento para la separación de la inmueble.
• S/. 5,700.00 (CINCO MIL SETECIENTOS Y 00/00 NUEVOS SOLES) que abonará a nuestra cuenta hasta el 28 de febrero del 2013.
• S/. 5,700.00 (CINCO MIL SETECIENTOS Y 00/00 NUEVOS SOLES) que abonará a nuestra cuenta hasta el 30 de marzo del 2013
• El cliente gozara de un BONO BIEN FUTURO de S/. 10,000.00 (DIEZ MIL Y 00/00 NUEVOS SOLES) que será descontado al precio venta, siempre y cuando cumpla con abonar el saldo correspondiente a la inicial hasta el 30 de marzo de este año y facilite la documentación necesaria sin demoras para la gestión del desembolso de un crédito hipotecario en el Banco de Crédito del Perú desembolso que deberá producirse máximo hasta el 25 de abril del 2013; de tal forma, que el monto a financiar
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