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Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas


Enviado por   •  29 de Abril de 2013  •  Documentos de Investigación  •  2.618 Palabras (11 Páginas)  •  468 Visitas

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Artículo 40.

Este artículo trata acerca de los derechos políticos, que tienen tanto los venezolanos por nacimiento, como por naturalización que hayan ingresado al país antes de cumplir siete años y que hayan residido en este hasta alcanzar la mayoría de edad, se garantiza que estos derechos sean privativos salvos las excepciones que establezca la constitución.

Artículo 41.

Este artículo establece que únicamente los venezolanos por nacimiento tienen derecho a ejercer los cargos de gobierno de La Republica contemplados en la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas. Y en los casos de los cargos de Diputados, Gobernadores y Alcaldes de Estados no fronterizos, venezolanos por naturalización pueden optar a los mismos, siempre y cuando tengan residencia en Venezuela de manera ininterrumpida, no menor a quince años, y que cumplan con los requisitos de aptitud, previstos en la ley.

Artículo 42.

Este artículo hace referencia a la pérdida de ciudadanía, cuando un ciudadano pierda o renuncie a la nacionalidad, y especifica que el ejercicio de la ciudadanía o de algunos de los derechos políticos, sólo deberán ser suspendidos, mediante sentencia judicial firme, en los casos que estén determinados a la Ley.

Capítulo III De los Derechos Civiles

Artículo 43.

Este artículo contempla la inviolabilidad del derecho a la vida, y la imposibilidad de que la ley pueda en forma alguna establecer la pena de muerte, y además, garantiza a todos los ciudadanos que el Estado estará obligado a proteger la vida de las personas que se encuentre en diferentes condiciones tales como; privados de su libertad, prestando servicio militar o civil.

Artículo 44.

Este artículo tiene por finalidad garantizar la libertad personal, la cual deberá ser inviolable; y para ello se otorgan algunas garantías tales como; el hecho de que ninguna persona puede ser arrestada sin previa orden judicial, a no ser que haya sido sorprendida violando la ley, pero, deberá ser llevada en un tiempo no mayor a las cuarenta y ocho horas siguientes a su detención ante una autoridad judicial, También establece que la persona detenida, tiene el derecho de comunicarse con sus familiares, abogados, o personas de confianza. Este artículo también garantiza que la pena que se le confiere al condenado, será justa y responsable.

Artículo 45.

Este artículo, le confiere a todo ciudadano el estar protegido por la ley para no ser víctima de desaparición forzada, y se les prohíbe expresamente todo funcionario o autoridad pública, que practique, permita o tolere tales actos.

Artículo 46.

Este artículo, defiende todos los derechos referidos a la garantía de la integridad física, psíquica y moral de toda persona, anulando toda posibilidad de que las personas puedan ser víctimas de penas, torturas, tratos crueles, etc.

Artículo 47.

Este artículo, garantiza que ninguna persona sea víctima de acciones tales como, ser allanado su recinto privado sin una orden judicial, o que no sea para impedir la ejecución de un delito, garantiza que toda visita sanitaria, sólo podrá hacerse previo aviso de los funcionarios que la ordenen. Y declara como inviolable el hogar doméstico de toda persona.

Artículo 48.

Este artículo, tiene como propósito garantizar la protección de los derechos referidos a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, en todas y cada una de sus formas, y exceptúa, que como única forma, el hecho de que sólo podrá ser interferida será por orden del tribunal competente, preservando el secreto de lo privado, que no guarde relación con el proceso, y en cumplimiento de las disposiciones de la ley.

Artículo 49.

Este artículo garantiza que toda persona sea notificada de los cargos por los cuales es sometida a investigación, garantiza el derecho a acceder a las pruebas, y le garantiza el derecho a disponer del tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa, garantiza además, que sean anuladas las pruebas obtenidas de manera irregular, que violen el proceso. También prevé garantías a las personas declaradas culpables, así como garantiza el derecho a que una persona sea inocente, mientras no existan pruebas que demuestren lo contrario; además de que garantiza de que toda persona pueda ser oída en cualquier proceso, y de no hablar castellano, tiene derecho a gozar de un intérprete.

Articulo 50.

Este articulo establece que toda persona que decida transitar, cambiar de habitación o residencia, movilizar sus bienes o pertenencias o traerlos desde algun otro sitio, puede realizarlo libremente por cualquier medio, siempre y cuando cumpla con lo establecido en la ley.

Articulo 51.

Este articulo garantiza el derecho de toda persona a realizar peticiones ante a toda autoridad gubernamental o ante cualquier funcionario/a publica, y a tener respuesta a dicha petición.

Estipula sanciones y destitucion a quienes violen este derecho.

Articulo 52.

Este articulo otorga derecho a toda persona a realizar sociedades siempre y cuando se encuentren dentro del marco legal. Garantizando que el Estado debe facilitar el ejercicio de este derecho.

Articulo 53.

Este articulo nos hace referencia al derecho que tienen las personas de reunirse, ya sea públicamente o en privado, sin realizar notificación previa alguna; estableciendo que dichas reuniones deben ser licitas y libres de armas.

Articulo 54.

Este articulo garantiza que ninguna persona debera ser explotada como exclavo ni como servidumbre, ni por trafico de mujeres, de niños niñas o adolescentes.

Establece que todas estas acciones se encuentras sujetas a penas previstas en la ley.

Articulo 55.

Queda establecido el derecho a proteccion de todo ciudadano y ciudadana, por parte del Estado, el cual debera tener a la disposición de las personas, los organos de seguridad ciudadana, para actuar ante cualquier situación que contituya amenaza, riesgo a la integridad fisica del ciudadano; tambien limita el uso de armas y/o sustancias toxicas por parte del funcionario para proteger al ciudadano, conforme a la ley.

Articulo 56.

Este articulo garantiza el derecho a la identidad, a tener nombre propio, al reconocimiento del padre y de la madre; garantiza el derecho a ser presentado ante un registro civil y a obtener documentos de dicha identidad.

Articulo 57.

Este articulo establece el derecho de la personas a expresar sus pensamientos y creencias a travez de cualquier medio de una

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