MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Enviado por Ferr_nanda • 25 de Mayo de 2017 • Síntesis • 2.015 Palabras (9 Páginas) • 565 Visitas
MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Los medios alternos de solución de conflictos (MASC) son procedimientos diferentes a los jurisdiccionales, estos tienen como objetivo primordial; resolver contradicción de intereses entre las personas, dentro de estos medios encontramos la mediación, la conciliación y el arbitraje. De este último medio se tratará esta monografía.
El conflicto data desde la existencia humana, es muy antiguo y esencial en las personas, siendo una cotidianeidad el desacuerdo entre seres humanos. al surgir conflictos entre las personas tenían que resolverlos entre ellos de tal manera que no se vieran afectados sus intereses personales, una manera muy antigua de solucionar los conflictos era por la frase contenida en el Código Amuraby de la Ley del Talión, “ojo por ojo y diente por diente”.
Con el paso del tiempo, cuando el hombre vivía en tribus, la forma que utilizaban para hacer justicia por la intrusión de otros pueblos o para beneficiarse, era a través de la guerra, en donde el más fuerte doblegaba a su contrincante; para la época novohispana la figura del arbitraje dentro del fuero juzgo, el fuero real, las siete partidas, la nueva y la novísima recopilación tenían prácticas referentes a designar “avenidores”, quienes se distinguían en dos: los “árbitros” (quienes eran personas letradas) y los “arbitradores” (personas no letradas), quienes también regulaba el compromiso arbitral y otras cuestiones relativas al laudo y su ejecución.
A tal punto, que el propio ser humano ha intentado crear distintas formas y maneras de poder resolverlo, por lo que al pasar de los años y al ir seccionándose el territorio surgiendo los “estados”, se da pauta a la figura de un sólo gobernante, llamado amo, rey, emperador, soberano, etc., quien funge como la autoridad encargada de administrar la justicia a sus gobernados.
Por lo tanto, podemos decir que el arbitraje es “el sistema alternativo al judicial, fundamentado en la autonomía de voluntad de las partes legitimadas que deciden a través de un convenio entre ellas, someter sus diferencias a un derecho de su libre disposición actual o de futuro determinable al juicio de una persona, física o jurídica, imparcial y especializada, quien conforme a un procedimiento apegado a derecho o bien actuando con base en equidad decidirá el conflicto. Tal decisión (laudo) produce los mismos efectos que una sentencia judicial”. Moran en Marques Algara.
Este proceso intenta resolver extrajudicialmente las diferencias que se dan entre dos o más partes, quienes de común acuerdo piden la intervención de un tercero (arbitro) para que les resuelva el conflicto, antes de llegar al juez competente, establecido por la ley.
El arbitraje es el más aproximado al modelo inverso del litigio común, ya que es un mecanismo contrario, cuya estructura es básicamente la de un litigio, la diferencia existente con el sistema judicial es que la decisión que da fin al conflicto no emana de los jueces del Estado, sino de particulares elegidos por las partes sin imposición alguna.
A diferencia de la conciliación y mediación, el tercero neutral no ayuda ni colabora con las partes a efecto de resolver el conflicto más bien, impone una solución a la controversia por medio de un Laudo Arbitral el cual tiene efectos de Sentencia o Cosa Juzgada.
El arbitraje se caracteriza por ser flexible e informal, el cual no impone patrones rígidos a los árbitros por lo cual se pueden manejar con libertad dentro del proceso, evitando la rigidez de un proceso judicial, manteniendo la igualdad entre las partes, dándoles la pauta para ser escuchados y el derecho a una solución verdaderamente justa.
Este tipo de solución comúnmente llega en forma voluntaria a través de cláusulas por las cuales las partes involucradas deciden someter su controversia a un tercero imparcial (arbitro) para que les sea resuelta por esta figura en lugar de acudir a la justicia ordinaria para no tener un desgaste, físico, emocional y monetario.
Los asuntos que pueden cobijarse bajo la figura del arbitraje serán aquellos que provienen únicamente de relaciones jurídicas determinadas como desacuerdos resultado de transacciones entre las partes vinculadas por relaciones comerciales duraderas, en las que además de resolver el conflicto, es necesario que se siga manteniendo la relación en ciertos términos los cuales les permitan seguir estableciendo vinculo en el futuro, como lo son las contractuales; compraventa de mercancía, o extracontractuales; relaciones que nacen de hechos jurídicos (un choque automovilístico). Así mismo las que se originen en el área del comercio internacional, esta se elige mayormente por las facilidades que el arbitraje ofrece en relación a elegir a la persona de los árbitros, el lugar donde se llevara a cabo el juicio, el idioma, el procedimiento, etc..
A través del arbitraje las partes habrán sustituido el juicio de conocimiento y todo el trámite que se requiere en la justicia para llegar a una sentencia, en menos tiempo, con un gasto reducido y ahorro de tiempo, obteniendo un resultado factible para ambas partes. La eficacia del proceso del arbitraje, se establece en la validez de la decisión que emana del árbitro, el laudo está respaldado por la cosa juzgada y es factible de ejecución igualándose a una sentencia judicial.
Existen dos tipos de arbitraje:
- Institucional: Es el que se lleva a cabo en una institución con sus propias normas y con sus árbitros.
- Independiente: Es aquel en el que las partes seleccionan al árbitro y acuerdan las reglas que regirán el arbitraje.
El árbitro es la persona que resolverá una controversia suscitada entre las partes, es por ello pieza esencial del arbitraje, todo el sistema arbitral gira en torno a ella, ya que en su integridad moral y buen criterio descansa la confiabilidad y la eficacia del arbitraje como mecanismo de resolución de conflictos, la cual decidirá a través de un laudo la solución dada al conflicto, emitiéndolo de acuerdo a las normas que las partes establecieron. De igual manera, las personas involucradas en la Litis pueden acordar acudir al Centro de Arbitraje de México (CAM) y que sea esta institución la que lleve a cabo la solución de su conflicto.
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